Anabel Fernández Sagasti busca penalizar el uso de Inteligencia Artificial para la creación de pornografía

La senadora por Mendoza prevé en su proyecto penas de hasta 6 años de prisión para quien cree pornografía con Inteligencia artificial sin consentimiento.

La iniciativa busca actualizar el Código Penal frente al avance de las "deepfakes". En este sentido, propone penas de hasta 6 años de prisión para quienes generen o distribuyan contenido sexual sintético y endurece los castigos por "sextorsión".

La iniciativa responde a un crecimiento exponencial de casos en los que se utilizan rostros de mujeres y menores para "montarlos" sobre cuerpos desnudos mediante aplicaciones de IA. Al no requerirse una "víctima real" para configurar el delito en casos de apariencia infantil, la ley busca desarticular la industria de pornografía sintética que simula minoridad.

La propuesta legislativa busca incorporar el artículo 128 bis al Código Penal, estableciendo penas de 3 a 6 años de prisión para quienes creen, generen o modifiquen imágenes, audios o videos de contenido sexual explícito de personas reales mediante tecnologías de generación sintética sin su consentimiento.

Según el texto, la pena se elevará si las representaciones aparentan ser de menores de 18 años, incluso si la imagen es totalmente creada por computadora y no existe una víctima física identificable.

"La tecnología no puede ser un vacío legal para vulnerar la intimidad de las personas. Hoy, una IA puede destruir la vida de una mujer o de un menor en segundos; el Estado debe castigar con firmeza la creación y distribución de estos contenidos", señala la fundamentación del proyecto.

Claves del proyecto de Anabel Fernández Sagasti

-Contenidos sintéticos: se penaliza la creación y difusión de "deepfakes" sexuales con prisión de 3 a 6 años.

-Tenencia para consumo: se establece prisión de un mes a un año para quien posea este material a sabiendas de su origen ilícito.

-Protección de la intimidad: se reforma el artículo 155 para castigar con hasta 3 años de cárcel la difusión de imágenes obtenidas en ámbitos de privacidad (cámaras ocultas o hackeos), aun si fueron grabadas originalmente con consentimiento.

-Combate a la sextorsión: se modifica el artículo169 para incluir explícitamente la amenaza de difusión de documentos íntimos como una modalidad de extorsión, elevando las herramientas judiciales para combatir este delito.

LAS MAS LEIDAS