10 de marzo de 2026 - 06:00

Con muchos años de demora, la Corte emitió el fallo sobre los pozos de agua de Agrelo

La Corte respaldó el cierre de los pozos de agua pero ofreció a las empresas la posibilidad de acceder a un permiso precario de acceso a aguas superficiales.

Horas después de la finalización de la Fiesta de la Vendimia y a 13 años del inicio de la demanda, la Suprema Corte de Justicia emitió un fallo plenario de alto impacto. Se trata de la causa de los famosos pozos o permisos de explotación de agua subterránea en la margen derecha del río Mendoza, en la zona de Agrelo, los cuales generaron un terremoto político durante el gobierno de Celso Jaque.

En la parte medular del fallo sobre el expediente titulado "Santa María de los Andes SA contra el Departamento General de Irrigación", seis de los siete ministros coincidieron en ratificar las resoluciones del Honorable Tribunal Administrativo de Irrigación, emitidas en 2013, que negaron a los privados la concesión definitiva de uso de agua subterránea y ordenaron el cegado de los pozos 6/1814 y 6/1816 en Luján de Cuyo.

La postura que se impuso fue impulsada por Dalmiro Garay, presidente de la Corte y miembro preopinante, a cuyo voto adhirieron María Teresa Day, Julio Gómez, Norma Llatser, José Valerio y Omar Palermo.

Pero debido a que se trata de una causa muy vieja y a que avanzaron las inversiones privadas montadas en la zona mientras no se resolvía el pleito judicial, cuatro ministros ofrecieron también un "remedio jurídico" para que se puedan mantener los emprendimientos en cuestión.

Esta medida consistió en ofrecerle a los privados el acceso a la figura del permiso precario de aguas superficiales, a la cual accederían por medio del pago de un "valor llave". El remedio jurídico fue ofrecida por los ministros Garay, Day, Gómez y Llatser y su concreción dependerá de que las empresas demandantes lo acepten.

Finalmente, un ministro de la Corte, Mario Adaro, se inclinó por votar en soledad a favor de la demanda de las firmas que iniciaron el juicio.

Historia del juicio

Santa María de los Andes S.A. y Vitivinícola Bulnes S.A. (cuyo planteó se acumuló al de la empresa anterior) iniciaron acciones procesales administrativas contra Irrigación para anular resoluciones administrativas que les negaron la concesión definitiva de uso de agua subterránea y que ordenaron el cegado de los pozos 6/1814 y 6/1816 en Luján.

Las empresas argumentaban que tenían derechos adquiridos basados en permisos de perforación otorgados en 2010. Por su parte, Irrigación sostuvo que dichos permisos fueron otorgados de forma irregular, sin respetar el orden de prioridades legales y bajo una interpretación errónea de la normativa vigente para zonas de restricción hídrica.

La definición

Pasaron muchos años entre el inicio de la demanda y el fallo. En la extensa sentencia que se publicó este martes, la mayoría de los integrantes de la Corte se inclinó por ratificar lo resuelto por Irrigación hace 13 años. Dispuso el alto tribunal que Irrigación no había actuado en forma ilegítima al denegar las concesiones pretendidas.

En consecuencia, la pretensión de las firmas de titularizar las concesiones sobre los respectivos permisos de perforación involucrados, para lograr de esta manera el uso especial del recurso hídrico subterráneo, quedó desestimada, en virtud del régimen legal establecido en las leyes provinciales 4.035 y 4.036.

A pesar de haber rechazado la acción procesal administrativa de las firmas accionantes, cuatro ministros propusieron un remedio jurídico para que las empresas puedan hacer uso de permisos de aguas superficiales, si cumplen ciertos requisitos establecidos en la Resolución 944 de Irrigación.

Garay, Day, Gómez y Llatser acudieron a la figura del permiso precario de aguas superficiales, que aparece dentro de la regulación específica del capítulo VII de la Resolución 944, relativa al otorgamiento de permisos precarios en la Cuenca del Río Mendoza.

Para la mayoría de los ministros, este remedio resulta apropiado y conveniente. Se trata de un instrumento específico que fija una carga financiera, llamada "valor llave", que deberían pagar los privados y que iría al fondo destinado a obras para la eficiencia de la red hídrica.

Los ministros que votaron de esta manera señalan que el remedio jurídico evitaría perjuicios económicos y sociales en relación al desarrollo y funcionamiento de los emprendimientos y proyectos asentados en las zonas afectadas.

Pero en este punto específico, los ministros José Valerio y Omar Palermo decidieron no suscribir al remedio judicial.

Para estos dos ministros, se resolvía la cuestión planteada postulando el rechazo de la acción procesal administrativa, sin el aporte específico de una solución alternativa y opcional para las firmas. Valerio y Palermo afirmaron que “ni las diversas normativas vigentes durante el lapso involucrado en autos, que regularon con determinado alcance aspectos relativos a las aguas subterráneas, ni tampoco la figura de los permisos precarios para uso del recurso hídrico, habilitan ni determinan la adopción de un remedio judicial”.

Por otro lado, el ministro Mario Adaro presentó su voto propio, en el cual planteaba admitir la demanda de los privados.

Aquel terremoto político por los pozos de agua

La entrega de permisos de agua subterránea en Agrelo fue un escándalo que perturbó buena parte de la gestión del exgobernador Celso Jaque. Habían sido concedidos por Eduardo Frigerio en su calidad de superintendente general de Irrigación, quien renunció en diciembre de 2011 al cargo, en el propio inicio de la gestión de Francisco Pérez.

Por entonces. Frigerio y su asesor Jorge Villalón eran objeto de fuertes denuncias. La más pesada consistía en el otorgamiento de permisos de agua para emprendimientos inmobiliarios, en plena crisis hídrica. Avanzaba un Jury de Enjuiciamiento en su contra cuando Frigerio optó por dejar el puesto.

El sucesor de Frigerio en Irrigación, José Luis Álvarez, ordenó por instrucción de Paco Pérez el cegado de los pozos de Agrelo, medida que el Honorable Tribunal Administrativo de Irrigación dejó en firme en 2013. Fue entonces que se inició la causa judicial.

El año pasado renació la polémica por los permisos de explotación de agua subterránea en áreas restringidas, debido a que un sector del PJ denunció ante el Jury al actual superintendente general de Irrigación, Sergio Marinelli. Sin embargo, en este caso, las denuncias de La Cámpora fueron rechazadas por la gran mayoría de los integrantes del organismo.

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