Cuando todo hacía presumir que luego de 8 años de investigación se iba a realizar el juicio por uno de los siniestros viales más graves de los últimos años – el caso conocido como “tragedia de la Cuesta de los Terneros”, en San Rafael-, un juez sureño decidió que los acusados no cometieron ningún delito.
Ayer, durante una audiencia de preliminar de lo que iba a ser un juicio por jurados, el juez técnico Rodolfo Luque decidió “sobreseer total y definitivamente” a los dos acusados por el accidente ocurrido el 25 de junio de 2017 en el que murieron 15 pasajeros de un colectivo, y otros 38 viajeros resultaron heridos, entre ellos, niñas, niños y adolescentes que llegaron al sur provincial desde Buenos Aires para una competencia de danza.
De esta forma, Marcia Gabriela Villagra y Jorge Pinelli no deberán enfrentar a un jurado popular que iba a decidir si eran culpables o inocentes del caso que está caratulado con una doble acusación para ambos: homicidio simple con dolo eventual (15 casos), lesiones gravísimas (14 casos) y lesiones leves (25 casos) y, alternativamente, homicidio culposo.
Tragedia de Cuesta de los Terneros: familiares rechazan el sobreseimiento del chofer
Tragedia de Cuesta de los Terneros: familiares en el lugar del siniestro.
Villagra es dueña de la empresa de transporte que realizó el fatídico viaje y, además, era esposa de Damián Pinelli, el chofer que produjo la tragedia y que falleció en la misma. En tanto que Jorge Pinelli, era el padre de Damián y está imputado por ser el segundo conductor de colectivo.
La sentencia del juez Luque -realizada de oficio, sin el pedido de las partes- resolvió el sobreseimiento de los acusados porque el hecho que se les atribuye “no encuadra en una figura penal”.
Amparándose en el artículo 373 de Código Procesal Penal, que se refiere a la posibilidad de sobreseimiento para no acceder a un juicio oral -en supuestos de inimputabilidad, prescripción, extinción de la acción penal y excusas absolutorias- decidió el sobreseimiento.
Para el magistrado existió delito, pero fue cometido por el chofer, Damián Pinelli, quien murió en el accidente y no por su padre, que no conducía; ni menos por su mujer, que estaba a miles de kilómetros al momento del siniestro.
“Si la tragedia se debió según surge de las pruebas invocadas por el propio Ministerio Público, “preponderantemente” a una mala conducción del chofer fallecido, como es posible exigir a Marcia Villagra que nunca viajó en el colectivo y a Jorge Pinelli Franco que no formaba parte de la empresa de turismo, atribuirles estas lamentables muertes de 14 personas y 38 lesiones”, se pregunta y juez.
Y luego sostiene que “este tipo de imputaciones no hace otra cosa que generar falsas expectativas no sólo a las víctimas de esta tremenda tragedia ocurrida ya hace más de ocho años, sino también a la sociedad”.
Fiscalía y querellante llevarán el caso a la Corte provincial
Desde la Fiscalía que comanda el fiscal Pablo Peñasco y desde la querella a cargo del abogado Rufino Troyano, adelantaron a Los Andes que casarán la sentencia de Luque ante la Corte de Mendoza.
La posición del Ministerio Público fiscal es la siguiente: el sobreseimiento fue concedido inicialmente y luego, en 2019, un tribunal colegiado revocó la medida. La defensora de los imputados llevó el caso a la Suprema Corte y, el 8 de julio de 2020, rechazó el pedido y quedó firme la imputación.
El colectivo estaba dado de baja por la Comisión Reguladora del Transporte y por lo tanto no podía hacer viajes interjurisdiccionales. El accidente se produjo causado por el pésimo mantenimiento mecánico del colectivo, sobre todo por los frenos. Y es por eso que el fiscal los acusa: la propietaria sabía que el vehículo estaba dado de baja y sin embargo permitió el viaje, cuando tenía la obligación de mantener el colectivo en regla.
En cuanto al chofer acompañante que condujo el colectivo en varios tramos del viaje, también es responsable, según la Ley de Tránsito. Por lo tanto, deben responder penalmente por no haber impedido la circulación de ese colectivo sin frenos.
Desde la querella, el abogado Troyano indicó que no está de acuerdo con dos argumentos: primero, el juez sostiene que hubo un ataque a las garantías la defensa en juicio, con lo cual viene a cubrir las deficiencias de la defensa.
Luego, vuelve a la teoría del autor que ya fue resuelta; admite que la Corte nos dio la razón y no puede volver sobre lo mismo.
“Vamos a ir en casación; la Corte provincial ya lo resolvió y favorablemente”, indicó el abogado que representa a los familiares de las víctimas.
La tragedia de la Cuesta de los Terneros: 15 muertos
La recordada “tragedia de la Cuesta de los Terneros” se produjo el 25 de junio de 2017 y dejó como saldo 15 víctimas fatales, muchos de ellos niños y adolescentes de 5 y 15 años que pertenecían a la escuela de danzas Soul Dance Studio, del partido bonaerense Malvinas Argentinas.
Días antes habían llegado al sur mendocino para participar de una competencia de danza que se realizó en el ex teatro Roma.
El día del accidente dejaron un hotel ubicado frente a la catedral de San Rafael, para ir a conocer el complejo invernal Las Leñas y disfrutar de la nieve.
Al regresar, alrededor de las 15.40 y a unos 30 kilómetros del centro sanrafaelino, el conductor del colectivo perdió el dominio del vehículo que terminó impactando contra un cerro y volcó sobre el lateral izquierdo del transporte.