9 de diciembre de 2025 - 12:54

¿Por qué el femicidio de Julieta González divide a la Corte Nacional?, una decisión que podría sentar jurisprudencia

El máximo tribunal deberá confirmar o desechar la interpretación de la figura del femicidio que hizo la Corte de Mendoza. La sentencia podría sentar jurisprudencia para casos de muertes en contexto de violencia de género.

El asesinato de la mendocina Julieta González (21), la joven ultimada en setiembre de 2016 en Cacheuta, será tratado por la Corte Suprema de Justicia que ha dispuesto para la ocasión la participación de dos conjueces, ante la expectativa de que el máximo tribunal de la Nación pudiera emitir un fallo dividido.

Es por ello que los integrantes de la Corte Nacional -Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti- han convocado, por sorteo, a Rocío Alcalá, jueza federal de Resistencia, y Gustavo Castiñeira, juez federal de Mendoza para resolver el polémico caso por el cual, Andrés Di Césare (29), hijo de un conocido empresario del transporte, cumple una condena de prisión perpetua por el delito de femicidio.

Caso Julieta González: Carolina Jacky opinó sobre los fundamentos del fallo
Andrés Di Césare cumple condena por el femicidio de Julieta González. Archivo Los Andes.

Andrés Di Césare cumple condena por el femicidio de Julieta González. Archivo Los Andes.

Es justamente la interpretación que hizo la Corte de Mendoza de la figura penal de femicidio para este caso, lo que deberá discutir el máximo tribunal del país, sobre todo en relación a si hubo una relación previa al crimen y al concepto de “asimetría de poder”. Y el resultado del fallo podría sentar jurisprudencia a nivel nacional sobre los alcances de la figura de femicidio y violencia de género.

¿Homicidio simple o femicidio?

El femicidio de Julieta González tiene una larga historia Judicial: El 1 de septiembre de 2019 los jueces Jorge Coussirat, Mauricio Juan y María Alejandra Ratto condenaron a Di Césare a 18 años de prisión por el delito de homicidio simple, desestimando la calificación por la cual fue instruido el expediente por la Fiscalía de Homicidios: homicidio agravado por ser en contexto de violencia de género y por el vínculo.

Para el Tribunal de primera instancia no se probó la relación de pareja ni la existencia de violencia de género. En la sentencia redactada por el juez Jorge Coussirat -un magistrado de reconocido prestigio, hoy jubilado- se puso en duda la relación de pareja a pesar de que ambos se conocían, pero no habilitaba a una relación de noviazgo o de pareja.

La Fiscalía de Homicidios y la querella casaron la sentencia y llevaron el caso a la Corte provincial que, en enero de 2021 dio vuelta la sentencia, condenando a Di Césare a prisión perpetua. Para Omar Palermo - José Valerio y Mario Adaro –integrantes de la Sala Penal 2- se trató de un femicidio y por eso impusieron la mayor pena que admite la justicia argentina.

Los defensores de Di Césare Fernando Lúquez y Pablo Cazabán volvieron a ir a casación a la Corte y obtuvieron la misma respuesta de la misma sala penal, pero con otra conformación: Teresa Day, Pedro Llorente y Dalmiro Garay.

Se trató de un fallo de “casación horizontal”, poco frecuente: en Mendoza fue la segunda vez que se utilizó; la primera fue en el caso de medico Gustavo Arzuza, condenado a por la muerte de una paciente.

“Casación horizontal” es un término que utilizó la Corte Suprema de Justicia de la Nación para sostener que el dictado de una sentencia condenatoria en sede casatoria debe tener la garantía de la doble instancia que asiste al imputado.

Ahora, el caso llegó a la Corte Nacional, donde se discutirá si el caso Julieta González es un homicidio simple o un femicidio.

Esto, en relación a la interpretación que hizo la Corte de Mendoza de la figura del femicidio, considerando que “no debe tenerse por acreditada, necesariamente, la existencia de una relación de violencia de género anterior a los hechos”.

Por otra parte, estableció que “en el marco de una discusión concreta el varón se vale de la asimetría de poder que se deriva de las relaciones históricamente desiguales entre varones y mujeres y ejerce violencia en perjuicio de una de ellas, esta conducta debe considerarse normativamente violencia de género a los efectos de la aplicación de la agravante”

Y el fallo agrega que “este es el caso del femicidio de Julieta González. Su muerte encuentra razón en el vínculo de poder asimétrico existente entre ella y Andrés Di Césare, más allá de la ausencia del historial de violencias, tanto a la brutalidad de la específica forma de ejecución del homicidio, así como en la discusión que los enfrentara dentro del automóvil momentos previos al hecho, la cual, como permiten deducir las búsquedas del autor posteriores al hecho en diversos portales de internet, posiblemente se debería a un supuesto embarazo”.

Finalizando el argumento diciendo que “Di Césare mató a Julieta González por ser mujer, lo que configura un homicidio agravado por mediar violencia de género”.

La muerte de Julieta

El 21 de setiembre de 2016 a las 20 aproximadamente, Andrés Salvador Di Cesare Meli llegó en su automóvil Ford Fiesta de color negro hasta calle Matienzo, casi esquina Pedro Vázquez de Maipú y allí se subió al vehículo a Julieta González.

#NiUnaMenos se convocó para repudiar la sentencia por el crimen de Julieta González
#NiUnaMenos se convocó para repudiar la primera sentencia por el crimen de Julieta González. Archivo Los Andes.

#NiUnaMenos se convocó para repudiar la primera sentencia por el crimen de Julieta González. Archivo Los Andes.

Ese día, en el interior del rodado Andrés Di Césare atacó a golpes a la víctima y a partir de ese momento, ninguna otra persona volvió a tener contacto alguno con Julieta González, hasta que el día 27 de setiembre se produjo el hallazgo de su cadáver. De modo tal que, cuarenta y ocho horas antes del hallazgo del cadáver, aproximadamente, Andrés Di Césare trasladó a Julieta González hasta una zona inhóspita situada en Ruta 7, a la altura del kilómetro 1074, Luján de Cuyo, y allí mediante estrangulamiento y la utilización de piedras, la golpeó en reiteradas ocasiones en el cráneo provocándole la muerte.

Los forenses encontraron ADN de Di Cesare en las uñas de la víctima -signos de defensa-; en su celular había búsquedas en Internet de cómo deshacerse de un cuerpo y consultas sobre si un feto perduraba para un cotejo genético. Es que la joven le habría dicho que estaba embarazada de él. Además, sangre de la chica se encontró en el auto del detenido.

LAS MAS LEIDAS