18 de marzo de 2026 - 11:40

Muerte de Magalí Morales en una comisaría de San Luis: cárcel para los dos policías de mayor rango

A casi 6 años de la muerte de la mendocina, Reinaldo Clavero y Marcos Ontiveros fueron imputados por torturas seguidas de muerte y privación de la libertad. En tanto que dos exmujeres policías fueron acusadas de omisión de denunciar torturas y omisión o retardo de actos de oficio.

La medida fue dispuesta el lunes durante una extensa audiencia ordenada por el juez de Garantía N°1, Nicolás Coppola, quien imputó al excomisario Reinaldo Clavero y el exsubcomisario Marcos Ontiveros, por los delitos de privación ilegítima de la libertad cometida por funcionario público, torturas seguidas de muerte e incumplimiento de los deberes de funcionario público, todos en concurso real.

También dictó prisión preventiva para ambos por un plazo de 90 días, por lo que fueron trasladados desde la sala de los tribunales hasta una dependencia del Servicio Penitenciario Provincial.

La murte de la mendocina Magalí Morales aún sigue sin resolverse\u002E
La murte de la mendocina Magalí Morales ocurrió en 2020

La murte de la mendocina Magalí Morales ocurrió en 2020

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Imputaron a los cuatro expolicías de San Luis implicados en la muerte de la mendocina Magalí Morales. Gentileza Poder Judical de San Luis. 

Imputaron a los cuatro expolicías de San Luis implicados en la muerte de la mendocina Magalí Morales. Gentileza Poder Judical de San Luis.

En tanto que el magistrado imputó a la exsuboficial Eugenia Arguello y la exagente Victoria Torres por los delitos de omisión de denunciar torturas y omisión o retardo de actos de oficio, sumándole a la primera incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Las exuniformadas no podrán salir de la provincia ni del país durante los próximos 120 días, ni podrán tener contactos con los familiares de Magalí. Además deberán presentarse periódicamente en la Justicia.

Según información del Poder Judicial de San Luis, la audiencia, que se desarrolló entre las 9.43 y las 17.28 del lunes pasado, fue presidida por el juez Nicolás Damián Coppola y contó con la participación de la fiscal de Instrucción Especializada en Género Adriana Cangelosi, junto a los fiscales Hugo Salazar Molina y Lucila Giampieri.

También intervinieron las querellas que representan a la familia de la víctima, el abogado Federico Putelli, y Gerardo Battistón, en representación de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación.

Durante la audiencia, las defensas plantearon diversas nulidades y excepciones -entre ellas, la falta de acción, atipicidad y la supuesta violación del principio de non bis in idem-, pero todas fueron rechazadas por el juez.

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Magalí Morales

Magalí Morales

Finalmente, los abogados defensores solicitaron la revisión de la prisión preventiva, por lo que las actuaciones serán remitidas al Tribunal de Impugnaciones para su análisis. El magistrado, además, fijó un plazo de 120 días para el desarrollo de la investigación penal preparatoria. Las personas imputadas se abstuvieron de declarar. En la sala de audiencia estuvo presente Celeste Morales, hermana de Florencia.

La acusación del Ministerio Público Fiscal

La teoría del caso presentada por el Ministerio Público Fiscal sostiene que la muerte de Florencia Magalí Morales no fue un hecho aislado ni espontáneo, sino la consecuencia directa de una serie de decisiones ilegales, abusivas y omisivas adoptadas por personal policial de la Comisaría Nº 25 de Santa Rosa del Conlara el 5 de abril de 2020, en el contexto de las restricciones sanitarias vigentes por la pandemia de Covid-19.

Según la narración fiscal, los hechos ocurridos ese día configuraron un proceso de privación ilegal de la libertad, violencia institucional y tortura psicológica que culminó con el suicidio de la víctima dentro de una celda policial.

De acuerdo con la reconstrucción fiscal, el domingo 5 de abril de 2020, entre las 9 y las 19.30 aproximadamente, Morales, de 39 años, salió de su domicilio en la localidad de Santa Rosa del Conlara y se dirigió en bicicleta hacia la comisaría local. Vivía con dos de sus hijos menores y una nieta.

A las 9 fue registrada por cámaras de seguridad en contramano por calle Santa Rosa de Lima, en dirección a la comisaría. Su intención era encontrarse con un conocido, un cabo de ese destacamento. En ese momento, frente a la dependencia policial se desarrollaba un operativo de control y prevención debido a las restricciones de circulación establecidas por el Decreto Provincial 1823/2020, que regulaba la salida de personas según la terminación del número de DNI.

Mientras circulaba por la esquina del banco cercano, Clavero, que realizaba tareas de control, le ordenó detenerse por la infracción de tránsito. Según la fiscalía, Morales no acató la orden, respondió de manera desafiante y continuó su camino hasta ingresar a la comisaría, dejando la bicicleta afuera.

Aproximadamente quince segundos después, Clavero ingresó también al edificio policial y ordenó que se tomaran los datos de Morales y que quedara demorada, argumentando que lo había insultado en público. Una vez dentro de la comisaría, se verificó que el DNI de Morales terminaba en número impar, lo que —según la normativa vigente durante la cuarentena— implicaba que ese día no debía circular.

En base a ello, el jefe policial decidió iniciar una causa penal por presunta infracción al artículo 205 del Código Penal, que sanciona el incumplimiento de medidas sanitarias. Para avanzar con ese procedimiento, dispuso que el oficial Quiroga se trasladara hasta el juzgado local para buscar a la agente policial Victoria Johana Paola Torres, quien debía cumplir funciones de guardia allí. Las cámaras del Casino Flamingo registraron la salida del móvil policial a las 9.12 y su regreso a las 9.32.

Para la fiscalía, este episodio demuestra la intención deliberada del comisario de retener a Morales en la comisaría pese a que no existía una razón legal suficiente para hacerlo. Como ejemplo de la arbitrariedad del procedimiento, el Ministerio Público señala que un ciudadano que se encontraba en el mismo lugar, con DNI también terminado en número impar, no fue detenido ni demorado.

Detención arbitraria

A las 9.35, una vez presente la agente Torres, el comisario ordenó trasladar a Morales al hospital local para realizar la revisión médica de rutina previa al alojamiento en celda. La mujer se resistió al traslado, lo que generó un forcejeo en el que intervinieron varios policías, entre ellos Ontiveros y Mansilla. Durante ese episodio, uno de los agentes recibió un rasguño en la mano. A partir de ese incidente, a la imputación inicial se sumaron los delitos de resistencia a la autoridad y lesiones leves.

La fiscalía sostiene que esa reacción de Morales fue consecuencia directa de una detención arbitraria y que el nuevo cargo fue utilizado como argumento para justificar el accionar policial previamente decidido. A las 9.39 fue trasladada al hospital, donde fue examinada por la médica Daniela Fogel a las 9.45. El informe médico indicó que Morales estaba molesta por la situación, pero no presentaba signos de violencia ni alteraciones que justificaran sedación. Solo se constató un hematoma antiguo en el cuello.

A cuatro años de la muerte de la mendocina Magalí Morales en una comisaría de San Luis, los familiares siguen esperando el juicio.
Reclamo por la muerte de Magalí Morales en una comisaría de San Luis

Reclamo por la muerte de Magalí Morales en una comisaría de San Luis

Tras regresar a la comisaría a las 9.56, Morales fue alojada inicialmente en la oficina de guardia. Poco después, por orden del comisario, las agentes Torres y María Eugenia Arguello la trasladaron a una celda donde se le realizó una requisa y se le retiraron objetos personales, entre ellos los cordones de sus zapatillas y las llaves de su casa.

La fiscalía describe las condiciones de la celda como extremadamente precarias: un espacio de aproximadamente dos por tres metros, sin iluminación artificial, con un pequeño ventiluz en altura, sin mobiliario y con el piso sucio, que había sido previamente orinado por otro detenido.

Desde ese momento, según múltiples testimonios, Morales comenzó a gritar y reclamar que la dejaran salir. Manifestaba preocupación porque sus hijos menores habían quedado solos en su casa.

Testigos presenciales y detenidos que se encontraban en la dependencia declararon que durante toda la jornada la mujer lloró, gritó y pidió asistencia médica. Varias personas señalaron haberla escuchado decir que le faltaba el aire y que le dolía la espalda o el cuello.

Incluso un ciudadano que fue llevado momentáneamente a la comisaría para presenciar actuaciones administrativas relató haber escuchado esos pedidos de auxilio. La imputación sostiene que, pese a esos reclamos reiterados, Morales no fue trasladada nuevamente al hospital ni recibió atención médica.

Durante la tarde, una amiga de Morales, acudió en dos oportunidades a la comisaría. Primero le llevó comida y agua, y luego una mochila con ropa y elementos de higiene, ya que la detenida había manifestado que estaba menstruando. En ese contexto, la agente Torres la trasladó a un baño para que pudiera higienizarse.

Para la fiscalía fue un suicidio

Según el relato fiscal, cerca de las 18.30 Morales continuaba gritando y pedía asistencia médica. La agente Torres informó la situación a Arguello, quien a su vez lo comunicó al comisario Clavero. La respuesta del jefe policial fue que ya la trasladarían más tarde.

Un detenido que se encontraba en el patio interno declaró que en determinado momento los gritos cesaron repentinamente. Cuando se lo comentó a Clavero, el comisario respondió con un gesto que —según el testigo— evidenciaba alivio porque la mujer ya no gritaba.

San Luis Magalí Morales PROTESTA
Marcha a 5 años del asesinato de Florencia Magalí Morales en San Luis.

Marcha a 5 años del asesinato de Florencia Magalí Morales en San Luis.

Entre las 19 y las 19.30, la agente Arguello se dirigió a la celda para verificar la situación. Al intentar abrir la puerta encontró resistencia y, tras lograr entreabrirla, observó parte del cuerpo de Morales.

Se convocó a Clavero y a otros efectivos, quienes ingresaron a la celda y encontraron a la mujer en el suelo. Ontiveros comenzó maniobras de reanimación cardiopulmonar. Personal del hospital llegó poco después y constató que la víctima ya no tenía signos vitales. Posteriormente se realizaron varias autopsias y una exhumación del cuerpo. Los especialistas en criminalística concluyeron que el surco en el cuello era compatible con una asfixia mecánica por ahorcamiento sin intervención directa de terceros.

“Florencia Magali Morales se suicidó, pero está muerte es imputable a Clavero y Ontiveros, toda vez que ese suicidio fue la consecuencia directa de las torturas psicológicas a las cuales la misma fue sometida”, sostuvo Cangelosi.

Según el Ministerio Público, el suicidio fue la consecuencia directa de un proceso de tortura psicológica y trato degradante al que la víctima fue sometida durante aproximadamente diez horas: detención ilegal, encierro en condiciones indignas, falta de asistencia médica pese a reiterados pedidos y una situación de absoluta vulnerabilidad.

La imputación también remarcó que los policías conocían la situación personal de Morales: una mujer en situación de vulnerabilidad social, atravesada por antecedentes de violencia de género y por el reciente impacto emocional de la muerte de una nieta. En ese contexto, la fiscalía entiende que el accionar y las omisiones del personal policial quebraron psicológicamente a la víctima y la llevaron a quitarse la vida dentro de la celda.

Rechazaron planteo de nulidad presentado por las defensas

Durante la audiencia, las defensas de los policías imputados plantearon la nulidad del Auto N° 38, dictado el 4 de mayo de 2022 por el Tribunal de Impugnaciones, y solicitaron que se anulen también todos los actos procesales que derivaron de esa resolución.

El planteo fue formulado por el Defensor Oficial Penal Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, Francisco Pérez, defensa de Torres, quien sostuvo que el Tribunal de Impugnaciones no era el órgano competente para resolver la apelación presentada en la causa, ya que —según afirmó— ninguno de los imputados había hecho uso de la opción prevista en el artículo 343 del Código Procesal Penal de San Luis.

Este artículo establece que las causas penales que ya estaban en trámite cuando comenzó a regir el nuevo sistema procesal pueden continuar bajo el régimen anterior o pasar al nuevo, pero esa elección corresponde a las personas imputadas. La norma busca garantizar el principio del juez natural y el debido proceso, es decir, que las reglas del juicio no cambien de manera inesperada durante el desarrollo de una causa.

Según la defensa, cuando esa opción no se ejerce, determinadas decisiones judiciales —como la intervención de ciertos tribunales— podrían ser cuestionadas. En ese sentido, Pérez argumentó que se habría vulnerado el principio del juez natural. Además, dejó planteado un recurso de apelación per saltum ante el Superior Tribunal de Justicia y realizó reserva de acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a organismos internacionales.

Los abogados Pascual Celdrán y Juan Orlando Villegas, representantes de Clavero, y Enrique Miranda, defensa técnica de Ontiveros y Argüello, adhirieron al planteo. Villegas agregó que los magistrados que integraban el Tribunal de Impugnaciones al momento de dictar el auto cuestionado se desempeñaban de manera provisoria. También anticipó que solicitará juicio político contra esos jueces.

La fiscal Adriana Cangelosi sostuvo que el planteo ya había sido analizado y rechazado por el Superior Tribunal de Justicia, por lo que solicitó desestimar la nulidad y continuar con la audiencia al considerar agotada la vía recursiva. En la misma línea, el fiscal Hugo Salazar señaló que la formulación de cargos busca garantizar el derecho de defensa de los imputados durante la etapa de investigación.

Las querellas también pidieron el rechazo del planteo. El abogado Putelli sostuvo que la oportunidad para cuestionar la integración del tribunal ya había precluido, mientras que Battistón, en representación de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación, coincidió con la fiscalía en que la cuestión ya había sido resuelta.

Tras escuchar a todas las partes, el juez resolvió rechazar la nulidad planteada por las defensas, dejando a salvo las reservas formuladas para eventuales recursos.

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