24 de septiembre de 2025 - 18:55

Iba en moto y casi muere decapitada por un cable que atravesaba la calle: recibirá una millonaria indemnizacion

El cinematográfico hecho ocurrió en 2019 en Las Heras y ahora la municipalidad de Las Heras deberá indemnizar a la motociclista accidentada.

Una mujer que iba en moto por Las Heras sufrió un accidente que ha sido ficcionalizado en muchas películas policiales y de acción: un cable tensado que atraviesa el camino a la altura del cuello del motociclista.

El particular y cinematográfico siniestro vial llevó a que la motociclista demandara a la Municipalidad y lograra que la Justicia le concediera una millonaria indemnización por daños y perjuicios.

En la noche del 31 de octubre de 2.019, G. V., iba conduciendo una moto Honda Storm SDH por la calle José María Godoy de Las Heras en dirección Este-Oeste dirigiéndose a su casa, donde la esperaba su familia.

Al girar por Galagurri hacia el sur, se encontró con un cable que cruzaba de vereda a vereda a un metro de altura, sujetado por dos postes.

El cable impactó sobre el casco de la mujer y, de inmediato, por la velocidad de la moto, se tensó luego de descender levemente y quedar a la altura del cuello de la motociclista.

Asfixiada, la mujer logró bajar la velocidad y por la fuerza de la marcha el cable milagrosamente se cortó. La conductora logró detener la moto casi desvanecida, cuando ya la había ganado una sensación de angustia, dolor cervical y una quemazón en el cuello.

En ese estado logró comunicarse con su marido, quien llamó al 911, por lo que minutos más tarde llegó al lugar la policía y desde la Fiscalía de Las Heras ordenaron realizar una inspección ocular del lugar del particular “accidente”.

Al día siguiente, con dolores y mareos fue a un centro de salud municipal, donde la atendieron unos médicos.

“La colocación de un cable (aparentemente de telefonía) a tan baja altura y sin control municipal constituyó un elemento de altísimo riesgo”, sostiene la demanda entablada por la accidentada.

Y luego agrega que “según la inspección ocular, la escasa iluminación de la calle transformaba ese cable en una verdadera “trampa” de extrema peligrosidad para la integridad de quienes circulaban por el lugar.

Los abogados de la municipalidad contestaron la demanda afirmando que el cable en cuestión pertenecía a la red telefónica, lo cual fue corroborado por un vecino de la zona, quien informó que personal de Telefónica había trabajado en el lugar.

Además, indicó que los postes y cables de telefonía son de propiedad de Telefónica de Argentina, correspondiendo a la empresa el mantenimiento y reemplazo. Por lo tanto, es la Provincia y no el municipio quien tiene competencia y poder de policía respecto de ese tipo de instalaciones.

El fallo judicial

Con estas posiciones, la jueza Graciela Simón del Tribunal de Gestión Asociada 1, le dio la razón a la motociclista por esta la demanda civil, ya que la circunstancia de que el cable sea de propiedad de un tercero, no releva al Municipio de su deber de garantizar que calles, veredas y calzadas se encuentren en condiciones de seguridad, sobre todo cuando se trata de bienes afectados al uso común que deben permanecer libres de obstáculos y riesgos para la circulación.

Además, la Ley Orgánica de Municipalidades establece expresamente que los municipios ejercen jurisdicción sobre todos los bienes de uso público, tales como plazas, calles, caminos, puentes, calzadas y paseos públicos.

“El cable obstruía la circulación y provocó el accidente; y la falta de servicio se configura por la omisión de controlar y mantener en condiciones de seguridad la vía pública”, sostuvo la magistrada.

Un vecino que declaró en el caso, indicó que el cable colgaba desde hacía tiempo sin que el Municipio hiciera nada y al día siguiente del accidente lo retiraron.

En tanto que el acta de inspección ocular también confirmó la escasa visibilidad del lugar, producto de la baja iluminación y la frondosa arboleda, lo que agravaba el riesgo.

En cuanto al daño sufrido, quedó comprobado a través de la denuncia penal y la pericia; un médico que examinó a la paciente constató limitación funcional de la movilidad cervical, con movimientos restringidos y dolorosos, diagnosticando un traumatismo cervical indirecto de tipo latigazo con un 8% de incapacidad.

Tras analizar toda la prueba, la jueza estableció una indemnización de $ 4.169.490; en tanto que por daño moral fijó una suma de $ 1.000.000 y por gastos médicos $ 20.000), haciendo un total de $ 5.189.490.

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