Caso Florencia: baja y juicio exprés para la policía que desoyó una denuncia al 911

La semana que viene, se firmará la resolución que dejará fuera de la fuerza a la auxiliar que cortó una llamado que advertía de violencia de género. En los próximos meses será juzgada.

Juicio femicidio Florencia Romano
En Tribunales Provinciales se realizó ayer el juicio abreviado a Pablo Arancibia por el femicidio de Florencia Romano
Cristina Mopardo, mamá de Florencia, junto a su hijo y hermano de Florencia saliendo de Tribunales
Juicio femicidio Florencia Romano En Tribunales Provinciales se realizó ayer el juicio abreviado a Pablo Arancibia por el femicidio de Florencia Romano Cristina Mopardo, mamá de Florencia, junto a su hijo y hermano de Florencia saliendo de Tribunales

Luego de que el jueves se sentenciara a prisión perpetua al asesino de Florencia Romano (14) en un juicio abreviado, la policía que cortó una llamada al 911 en la que un vecino de Pablo Arancibia avisaba de un hecho de violencia de género y pedía ayuda, también será sometida a un juicio exprés. Por otra parte, esta semana la auxiliar Soledad Herrera recibirá la baja definitiva de la fuerza.

Arancibia (33) fue condenado a la pena máxima, por el femicidio de la adolescente el 12 de diciembre del año pasado, en un juicio abreviado cuya metodología es la siguiente: el imputado se declara culpable, y el fiscal y el abogado defensor llegan a un arreglo en el cual se fija el tipo de delito y la pena a cumplir; luego, las partes llevan el acuerdo ante el juez que se encarga de prestar conformidad y dictar la sentencia.

Este tipo de juicios exprés se pueden celebrar en cualquier momento de la instrucción y tiene para ambas partes sus ventajas: el juez logra celeridad en la investigación y los abogados defensores una baja en la pena, ya que en un juicio normal el imputado podría recibir una condena más alta.

En el caso de Arancibia, la decisión de evitar un juicio por jurado tal vez haya sido para no tener que someterse a la obvia exposición pública que hubiera tenido, algo que a los imputados narcisistas suele molestarles.

Ahora, según trascendió, también se someterá a un juicio abreviado la auxiliar Herrera, que estaba de turno en el Centro Estratégico de Operaciones (CEO) cuando entró una llamada al 911 denunciando “violencia de género” y, sin razón alguna, cortó la comunicación. Era un vecino del homicida que escuchaba que algo pasaba en la casa del pasaje Berra de Maipú a la que Florencia había sido llevada engañada e intentaba aportar los datos del lugar.

Herrera está imputada desde el 23 de diciembre pasado por dos delitos: abandono de persona e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Ambos tienen la misma pena: de 2 a 6 años de prisión. Habrá que ver qué condena se acordará, pero todo hace pensar que no superará la mitad de la real, es decir tres años.

Solo falta establecer la fecha del juicio. En junio pasado la investigación se terminó y la causa fue elevada a juicio. Ahora, se espera la fecha en la que se las partes presentarán pruebas y será ese el momento de cerrar el abreviado que tendría el consentimiento de los abogados de la familia de Florencia, Cristian Vaira Leyton, Agustín Magdalena y Federico Schlegel.

Agustín Magdalena, la familia Romano y Cristian Vaira Leyton, ayer en tribunales.
Agustín Magdalena, la familia Romano y Cristian Vaira Leyton, ayer en tribunales.

Los delitos no son tan graves, de acuerdo a la escala penal, pero en este caso en concreto la consecuencia fue tremenda: si se hubiera dado curso a la llamada, aunque tal vez no se habría salvado la vida de la chica, sí se hubiera resuelto el caso de inmediato.

La inacción de esa policía es una de las razones por la cuales el femicidio de la adolescente de Guaymallén provocó el repudio de organizaciones feministas y la población en general, que protagonizaron movilizaciones multitudinarias, incluso con desmanes en la Casa de Gobierno y la Legislatura.

Es por eso que la mujer está a punto de perder el trabajo. A fines de abril, la Inspección General de Seguridad (IGS) había cerrado el sumario interno contra la uniformada, con la solicitud de que quedara desvinculada definitivamente en su trabajo.

En ese momento ya estaba suspendida y, según informaron a Los Andes desde el Ministerio de Seguridad, la semana próxima el ministro Raúl Levrino firmará la resolución de baja definitiva.

En principio, se evaluó aplicar a Herrera la figura del agravante de “abandono de persona”, pero esta figura fue desechada por la Fiscalía de Delitos No Especializados -el fiscal Jorge Calle y su jefa, la fiscal Laura Rousselle- que lleva adelante la investigación.

La prueba principal del caso es la grabación de la llamada que nunca fue tomada en cuenta por la policía. En la misma, el vecino que denuncia advierte que se trata de una situación de “violencia de género”, sin especificar -porque obviamente no podía saberlo- si sólo eran gritos o se trataba de una pelea, por ejemplo.

Frente a esto, se desprende que la policía no pudo representarse, no pudo plantearse directamente que se estaba denunciando una situación que terminaría en un asesinato. La ley determina que esta “representación” deber ser comprobada necesariamente. No se produjo en este caso y por lo tanto no aplicó el agravante de seguido de muerte.

Para incluir la figura de incumplimiento de los deberes de funcionario público, los fiscales analizaron el protocolo de actuación que tienen que acatar todos los policías que atienden las llamadas al 911, según explicó el comisario Roberto Lucena, uno de los responsables del CEO que fue llamado a declarar.

El audio es elocuente: Herrera cortó la llamada sin razón alguna. Y aun en el caso de que el denunciante la hubiera insultado -algo que no ocurrió- la policía estaba obligada a no cortar porque, según la Ley de Policías, todos los uniformados tienen “un deber de tolerancia” que están obligados a cumplir.

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