Un verdadero cambio de paradigma en relaciones de consumo

Impulsamos un proyecto de ley que piensa en la protección integral de los usuarios y consumidores. El objetivo es lograr la sanción de un “código” que piense en el bienestar y en condiciones de vida digna para todas las personas.

Un verdadero cambio de paradigma en relaciones de consumo
Presentación del proyecto de ley de Código de Protección a Consumidores y Usuarios de José Luis Ramón y Anabel Fernández Sagasti junto al secretario de Comercio, Matías Tombolini. Foto: Prensa Fernández Sagasti

Entre 2015 y 2019, la gestión del por entonces presidente Mauricio Macri pretendía que los servicios públicos, básicos y esenciales fueran considerados un bien de mercado. Fue entonces que me puse la frazada al hombro para defender los derechos de los usuarios y consumidores en el Congreso de la Nación.

Hoy, parado sobre los mismos principios de aquel momento, pero como diputado provincial, junto con el director nacional de Defensa de los Consumidores -y mi amigo personal- Alejandro Pérez Hazaña, el ministro de Economía, Sergio Massa, y la senadora Anabel Fernández Sagasti impulsamos un proyecto de ley que piensa en la protección integral de los usuarios y consumidores. El objetivo que nos hemos propuesto no es poca cosa: lograr la sanción de un “código” que - sin sorpresas ni retrocesos - piense en el bienestar y en condiciones de vida digna para todas las personas.

Presentación del proyecto de ley de Código de Protección a Consumidores y Usuarios de José Luis Ramón y Anabel Fernández Sagasti junto al secretario de Comercio, Matías Tombolini. Foto: Prensa Fernández Sagasti
Presentación del proyecto de ley de Código de Protección a Consumidores y Usuarios de José Luis Ramón y Anabel Fernández Sagasti junto al secretario de Comercio, Matías Tombolini. Foto: Prensa Fernández Sagasti

Me gustaría empezar por hacer un repaso en nuestra legislación al respecto. Allá, por el año 1993 se sancionó la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor; acto seguido en la reforma de la Constitución del año 1994 se incluyó expresamente los derechos de las y los consumidores en el artículo 42 y su faceta colectiva en el artículo 43. Esto significó un gran avance en la protección legal de las y los consumidores en Argentina. Como también lo fue la incorporación al ordenamiento nacional de los instrumentos de derechos humanos y su vinculación con los derechos de consumidores y usuarios, al tomarse en consideración el “costado humano” de las relaciones de consumo y los bienes esenciales en ellas involucrados.

Sin embargo, las leyes vigentes hoy en nuestro país y los proyectos legislativos en la materia conocidos hasta ahora, tienen una mirada parcial de los problemas que enfrentamos como consumidores y consumidoras en la actualidad. Sólo se ocupan de los problemas que se dan en el mercado y que afectan a personas que acceden a éste, sin prestar atención al reclamo insatisfecho de efectiva justicia social y acceso a derechos de todas las personas, incluso de los que no tienen acceso a esos bienes, muchos esenciales. Acá es donde quiero detenerme: todo trabajador es un consumidor en sí mismo en lo que respecta a servicios básicos e indispensables de los cuales son usuarios, como lo es el agua, la luz, el gas, cloacas, etc. Es necesario que todos y todas, y sobre todo el Estado, hagamos propia la siguiente concepción: los servicios públicos no son un bien de mercado.

La presentación y la puesta en debate de este proyecto, es un hito importante porque de una vez por todas los usuarios y consumidores vamos a tener una herramienta que va a permitir el ejercicio del derecho con la protección del orden público, sin ningún tipo de interpretación por parte de funcionarios o por parte de aquellos que nos proveen los productos y los servicios a cada una de las familias argentinas.

No podemos naturalizar que no existan condenas penales para los directivos de empresas que lucran con estafas y fraudes masivos; que circulen en el mercado productos peligrosos para la salud; que muchos organismos públicos de defensa del consumidor carezcan de autonomía y recursos. Tampoco podemos tolerar que grandes sectores de la población no puedan acceder a los servicios públicos o a otros bienes esenciales; que un juicio sumarísimo demore varios años; que una acción colectiva no tenga un trámite claro y rápido o que se fomente el endeudamiento de las familias sin darles educación financiera. Todas estas cuestiones, y muchas otras, deben cuestionarse y repensarse. Es urgente proponer soluciones a todas esas situaciones que hasta ahora son moneda corriente.

El proyecto presenta un verdadero cambio de paradigma para superar aquella realidad producto del modelo mercantilista y liberal que predomina en nuestra legislación. Se proyecta una norma con identidad propia cuyos contenidos persiguen una tutela a la altura de los enormes desafíos a los que nos enfrenta la sociedad de consumo actual, además de que sea acorde a nuestra idiosincrasia y realidades, sin fórmulas importadas alejadas de las necesidades y carencias de las y los consumidores argentinos.

Necesitamos normas y políticas públicas que no se agoten en la coyuntura. Y necesitamos, por sobre todo, una legislación integral, que no sólo mire la actividad económica de las personas en el mercado, sino que piense soluciones transversales que aseguren para el futuro y para toda la población, el acceso y disfrute de los servicios públicos y a otros bienes y servicios esenciales.

*El autor es diputado provincial

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