Entre las medidas económicas escritas en la conocida como Ley Ómnibus, que este viernes recibió la aprobación en general por parte de la Cámara de Diputados de la Nación y que el próximo martes empezará a ser analizada artículo por artículo, el título sexto se explaya sobre Capital Humano. Esa nueva área de la gestión de Javier Milei que incluye la Educación (capítulo II) además de Niñez y familia (capítulo I de la ley) y Cultura (capítulo III).
Los aspectos que hacen al sistema educativo de la Argentina establecidos en el proyecto aprobado son los menos modificados en el marco de los acuerdos y debates.
En las disposiciones generales de este capítulo de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos se define a la educación como “un derecho humano fundamental, de carácter personal y social”.
Por lo que se reafirma que el “Estado Nacional tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer los medios para garantizar una educación integral, permanente, gratuita y de calidad, que profundice el ejercicio pleno de ese derecho y la igualdad real de oportunidades a todos los habitantes de la Nación”.
Sobre esta base, establece que: