19 de abril de 2026 - 10:02

Ya entró en vigor: la nueva Ley de Bienestar Animal prohíbe trasladar mascotas sin ventilación adecuada

El transporte de animales ahora exige sistemas de ventilación específicos en autos particulares y prohíbe el envío por correo para evitar el sufrimiento innecesario.

La Ley de Bienestar Animal ya rige con pautas estrictas para quienes se desplazan con sus mascotas. La norma obliga a garantizar que el medio de transporte, sea profesional o particular, cuente con sistemas de climatización y ventilación adecuados que mantengan al animal dentro de su rango de confort térmico y seguridad.

Aunque la ley lleva tiempo vigente, todavía persisten dudas sobre su aplicación práctica entre los propietarios. La responsabilidad recae íntegramente en el tutor, quien debe asegurar que el animal esté en condiciones óptimas para afrontar el trayecto sin padecer estrés o lesiones físicas. No cumplir con estos estándares básicos puede comprometer la seguridad del animal.

Climatización y espacio: las exigencias del artículo 59

El vehículo debe contar obligatoriamente con sistemas que regulen la temperatura interna para el bienestar del animal. La normativa busca evitar situaciones de hacinamiento, exigiendo un espacio suficiente adaptado al tamaño y especie de cada mascota para prevenir el sufrimiento innecesario durante todo el viaje.

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Las obligaciones principales para el responsable durante el trayecto incluyen:

  • Garantizar ventilación y climatización constantes en el habitáculo del vehículo.
  • Proveer agua fresca, alimento y periodos de descanso a intervalos adecuados.
  • Asegurar que el espacio sea suficiente para evitar el hacinamiento según la especie.
  • Proteger al animal de condiciones meteorológicas adversas que afecten su salud.

Riesgos en vehículos estacionados y traslados postales

La ley presta especial atención a los animales que permanecen en autos parados. En estas situaciones, es obligatorio adoptar medidas que aseguren una temperatura interior segura, eliminando cualquier riesgo de golpe de calor o falta de aire por falta de circulación. El abandono momentáneo sin ventilación adecuada es una infracción bajo el artículo 60.

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Asimismo, se establece una prohibición contundente respecto al envío de animales vivos por servicios de mensajería o correo ordinario. Solo se permiten excepciones muy específicas bajo controles de seguridad extremos y transporte especializado. Para quienes traen mascotas del exterior, la ley exige acreditar documentación sanitaria y registrar al animal en un plazo máximo de 72 horas desde su llegada. El cumplimiento de las vacunaciones, especialmente la antirrábica, sigue siendo un requisito innegociable para la circulación legal.

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