Cambio fiscal: los mayores de 65 años que donen su casa a sus hijos no pagarán este impuesto
España. La Dirección General de Tributos equipara la donación a la venta, permitiendo que el donante se ahorre el impuesto por la revalorización del inmueble en el IRPF.
Así funcionará el cambio fiscal que permitira a los padres donar su casa a sus hijos.
Hacienda ha despejado una de las dudas fiscales más recurrentes para las familias que buscan planificar su patrimonio. Gracias a un reciente cambio fiscal, los contribuyentes mayores de 65 años que decidan donar su vivienda habitual a sus hijos no tendrán que pagar impuestos por la ganancia patrimonial en el IRPF, según confirmó recientemente la Dirección General de Tributos.
Esta decisión se basa en una consulta vinculante que iguala el tratamiento de las donaciones al de las ventas. Hasta ahora, existía una creencia generalizada de que solo la venta de la casa estaba exenta de tributar para los mayores de 65 años. Sin embargo, este nuevo criterio administrativo ofrece seguridad jurídica a quienes prefieren transmitir sus bienes en vida para evitar futuros conflictos sucesorios.
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Requisitos clave para acceder al beneficio fiscal
El mecanismo detrás de esta exención responde a la protección del patrimonio principal para las personas en edad de jubilación. Cuando una persona transmite un inmueble, se genera técnicamente una alteración en su patrimonio que el fisco suele gravar como una ganancia. Sin embargo, el sistema busca facilitar que los mayores dispongan de su activo principal sin una carga que penalice su ahorro histórico. Por eso, si el titular supera los 65 años, la diferencia de valor entre que compró la casa y el momento en que la entrega no genera deuda tributaria para el donante.
Para que la operación sea exitosa ante el fisco, la propiedad debe haber sido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años. En el caso de que el propietario ya no viva allí, todavía puede acogerse al beneficio si la donación se formaliza dentro de los dos años siguientes a haber abandonado el inmueble. Esta interpretación es fundamental para quienes se mudaron a una residencia o con otros familiares antes de realizar el trámite.
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Hijos herederos: deberán pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Es importante diferenciar las obligaciones del que da y del que recibe. Si bien el padre o madre queda liberado de pagar el IRPF por el aumento de valor del piso, el hijo que recibe la vivienda sí deberá abonar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El monto de este tributo dependerá exclusivamente de la normativa vigente en la comunidad autónoma donde se encuentre la propiedad, ya que las bonificaciones varían drásticamente según la región.
Esta medida llega en un momento donde las familias buscan proteger sus rentas y facilitar el acceso a la vivienda para las nuevas generaciones. Al eliminar el costo fiscal para el donante, Hacienda quita un freno importante para la transmisión del patrimonio inmobiliario, permitiendo que el pleno dominio o la nuda propiedad pase a los herederos con una planificación mucho más sencilla y previsible.