La Corte revocó la condena del conductor que mató a peatón

Se trata de Pablo Yáñez que en octubre de 2010 atropelló a Tomás Trossero. Ahora la pena a 3 años es por homicidio culposo y no irá a prisión.

La Corte revocó la condena del conductor que mató a peatón
La Corte revocó la condena del conductor que mató a peatón

En un fallo que podría sentar precedentes, la Corte Suprema de Justicia modificó ayer la sentencia por el caso de Tomás Trossero (19), el joven que en 2010 murió atropellado en Luján de Cuyo.

De esta manera el acusado, Pablo Yáñez (28), resultó condenado por  homicidio culposo, revocando así la imputación por homicidio simple con dolo eventual que había recibido hace dos años y ahora quedó en libertad.

Trossero fue atropellado a las 6.45 del 30 de octubre de 2010 por un Chevrolet Astra de color negro conducido por Yáñez sobre calle Sáenz Peña -entre Evans y Guiñazú- de Luján. El hecho le produjo muerte cerebral y falleció horas después en el hospital Central.

Las pericias establecieron que el conductor había bebido alcohol, que se cruzó hacia el carril contrario, ignorando una doble línea amarilla y que iba a alta velocidad. Además, se escapó tras el siniestro y fue detenido varias horas después.

El 17 de diciembre de 2012 Yáñez fue condenado por la Tercera Cámara del Crimen por el delito de homicidio simple con dolo eventual.

Recibió ocho años y seis meses de prisión y 10 años de inhibición para conducir. Al debate había llegado con prisión domiciliaria y bajo ese régimen se mantuvo hasta ayer, cuando la Corte cambió su condena tras un recurso interpuesto por su defensor Pablo Cazabán.


Nueva condena
El máximo tribunal entendió que durante la etapa de instrucción no se acreditó la existencia de dolo, es decir, de la voluntad de Yáñez de atropellar a Trossero.

Ante este panorama, el condenado recibió una nueva sentencia: fue acusado por la Corte de homicidio culposo y recibió tres años de prisión en suspenso.

Esto quiere decir que recuperará la libertad; ya no deberá cumplir la prisión domiciliaria que se le había impuesto -bajo ese régimen estuvo 3 años y un mes- ni, mucho menos, deberá ir a prisión.

La nueva sentencia también rebajó la inhibición que tenía para conducir, que ahora es de 7 años. Pero además, la Corte le fijó condiciones, algunas de rigor como fijar domicilio, y otras como realizar un curso de manejo.

Algo que sí fue acreditado por la Corte Suprema es que existió una conducción antirreglamentaria por parte de Yáñez. Es decir, conducía alcoholizado y, cuando atropelló a Trossero, cruzó la doble línea amarilla.

Lo decidido por la Corte podría sentar precedentes en casos similares al de Trossero. Sobre todo cuando son dudosos de acreditar algunas de los dos elementos del dolo; el cognitivo, es decir la capacidad de conocer lo que puede pasar ante una conducta determina, y la voluntad (volitivo).

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA