26 de abril de 2014 - 21:16

Irrigación, mercado que fluye

Mucha agua ha pasado bajo el puente desde el efímero y olvidable paso del ingeniero Frigerio por el Departamento General de Irrigación (DGI).

La nueva gestión que asumió el mando del DGI había llegado a traer legalidad y orden al caos dejado por una administración cuestionada por toda clase de irregularidades, inclusive de las que quizá no hicieron.

Si hay algo que debería reconocerse de la actual gestión es la honestidad y desde luego no es poco en estos tiempos. La impronta del flamante superintendente fue la transparencia por sobre todo.

Pero resulta que estamos tan desacostumbrados a la honradez política que nos olvidamos que ello importa sólo un prerrequisito para ocupar un cargo público, si bien fundamental no el único.

El camino al infierno está lleno de buenas intenciones

La repartición hace poco más de dos años sufrió la peor crisis institucional desde su creación a partir -entre otras causas- del otorgamiento de permisos de perforación en palmaria violación a la normativa vigente, que desembocó en las acciones judiciales que todos conocemos y de remate: la promulgación de la poco razonable y menos fundada Resolución Nº 722/11 que declaró área de restricción para la construcción de nuevas perforaciones en la cuenca del río Tunuyán Superior con una demarcación antojadizamente quirúrgica.

En este escenario, se produjo la paralización de una centena de expedientes de solicitud de permisos de perforación y ante la necesidad de reactivar la producción y el uso del agua subterránea, el organismo dictó las Resoluciones Nº 548/12 del Honorable Tribunal Administrativo y Nº 164/13 de Superintendencia, que crearon sin miedo a exagerar el más desatinado y discriminatorio sistema de mercado de derechos de agua conocido hasta el momento en la historia del país.

Aclaro, los mercados de derechos de agua pueden funcionar muy bien si son correcta y criteriosamente diseñados política y jurídicamente como herramientas para el uso eficiente, integral y beneficioso del recurso hídrico. Son una armonización de altísima complejidad del derecho público con matices de derecho privado. Desde las cátedras que dirijo e instituciones de investigación a las cuales pertenezco sobran las publicaciones sobre el tema.

El nuevo sistema denominado "de reemplazo" no posee nada de eso, pero además, en una provincia estancada donde el agua es el insumo estratégico para la producción y el crecimiento, lamento que no haya sido al menos debidamente implementado.

No se sabe cómo y de qué forma debe el interesado en perforar "traer" un pozo para reemplazo ni de dónde debe sacarlo, pues no existe un registro ni un catastro de perforaciones disponibles para reemplazo, no existe un parámetro oficial de costos de transacción (recordemos que el agua es pública), etc.

Sin pretender hacer aquí un análisis jurídico pormenorizado debe entenderse que el nuevo sistema, así como tal, es absolutamente inseguro, ignora el principio de inherencia establecido en la Constitución de Mendoza y como mínimo cinco artículos de la ley 4.035 de Aguas Subterráneas, que establece el único y legítimo modo de acceder al uso del agua subterránea en la provincia.

Cuando el remedio es peor que la enfermedad

Sin temor a equívoco, lo que inicialmente pudo ser una salida elegante del desastroso brete dejado por sus predecesores, el DGI creó a partir de aquellas Resoluciones una abusiva área de restricción generalizada para todo el territorio de la provincia y la desmesurada exigencia del ofrecimiento de una perforación en reemplazo para acceder al uso del agua pública subterránea, sin discriminar acuíferos y promoviendo el mercado negro de derechos.

En definitiva, no dieron solución a aquellos trámites congelados ni seguridad jurídica a quienes se acogieron o pretendieron acogerse al nuevo sistema.

Las implicancias jurídicas, económicas, políticas y sociales del sistema instaurado son exponenciales y profundas a medida que se avanza en el análisis de cada concepto, tanto así que este espacio resulta insuficiente para tan siquiera su breve explicación.

De la ciudadanía del agua al agua para todos

La trama escandalosa que provocó la huida del anterior superintendente fue una Resolución (Nº 232/10 de Superintendencia), para otorgarle el acceso al agua a unos pocos pudientes en Alto Agrelo, violando el sistema de preferencias legal.

El nuevo escenario ya no es una sino dos resoluciones que echan por tierra el sistema constitucional y legal de la administración del agua mendocina en materia de concesiones, prioridades y régimen tributario del uso del agua pública.

Solamente puede obtenerse un permiso de perforación ofreciendo un "pozo" en reemplazo, que no es otra cosa que obligar a los interesados a adquirir el derecho a usar el agua de otro concesionario que renuncia a ese derecho. En Mendoza, el no uso del agua pública solo puede derivar en caducidad o en renuncia a favor del Estado, nunca de un particular, la legislación no prevé este último supuesto.

Que el agua tiene valor todo mendocino lo sabe desde siempre; que el agua tiene precio, lo está aprendiendo pero de la peor forma: los pocos o muchos pozos para reemplazo (nadie lo sabe, ni siquiera la propia repartición) se cotizan a más de cien mil dólares.

En la provincia de Mendoza la venta de un Derecho de Agua Pública, sea superficial o subterránea, es un negocio jurídico insalvablemente nulo. Y los convenios que al respecto pudieran existir no son más que una forma de hacer que las palabras no se las lleve el viento en un intento de adaptarse al desatino creado.

A la falta de seguridad jurídica de la Resoluciones que crearon aquella tómbola totalmente desregulada, el DGI le sumó sobre la marcha e informalmente el "estrangulamiento" de áreas en las cuales el interesado debe comprar el pozo provocando confusión y desinformación.

Caminar en círculos, la mejor manera de llegar siempre al punto de partida

Pasaron dos años y medio y "la gran creación" hizo que -sin quererlo- el DGI regresara al punto de partida: solo obtendrán permisos de perforación los que tengan millones de pesos para esta operación.

La política y administración hídricas y su ulterior gestión exigen conocimiento y decisión y no sólo una cara buena, de lo contrario sólo fluye un mal mercado y nada más.

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