Todos los que empleen personal doméstico deberán inscribir la relación laboral y cualquier modificación futura en un Registro Especial en la AFIP. El trámite se realiza por internet con clave fiscal.
Todos los que empleen personal doméstico deberán inscribir la relación laboral y cualquier modificación futura en un Registro Especial en la AFIP. El trámite se realiza por internet con clave fiscal.
En tanto, la AFIP presumirá que una persona tiene empleada doméstica si percibe ingresos anuales por más de $ 500.000 ($ 41.000 por mes), o tiene un patrimonio de $ 305.000.
En caso de que estas personas no registren una empleada declarada, la AFIP determinará de oficio una deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social. Este sistema, que se aplica en numerosas actividades, se denomina IMT - Indicadores Mínimos de Trabajadores.
Si el contribuyente no tiene servicio doméstico y recibe una notificación de la AFIP, deberá impugnar y demostrar que no le corresponde la deuda. Del mismo modo, los empleadores de choferes de remises tendrán que registrar al personal.
Se estima que hay un millón de empleadas domésticas, de las cuales unas 300.000 están "en blanco", con aportes. Desde este mes, con el pago en los primeros días de junio, el aporte es de $ 135los cuales se dividen en 35 pesos para jubilación y cien correspondientes a la obra social.
Cómo se implementará
Según la Resolución 3491 de la AFIP, habrá un Registro Especial de Seguridad Social que comenzará a funcionar en junio. Para el personal de casas particulares, habrá plazo hasta el 30 de junio para informar las relaciones laborales existentes al 31 de mayo y las que se inicien después de esa fecha. Para los choferes de remises el plazo se extiende hasta el 31 de julio.
Luego, habrá que registrar también todas las altas, bajas o modificaciones de datos. Esto incluye los cambios salariales así como de la cantidad de horas trabajadas. En el caso de las altas, la comunicación a la AFIP deberá efectuarse hasta el día inmediato anterior al inicio de las tareas del personal contratado. Para las bajas, dentro de los 5 días corridos de producido el cese laboral.
Las modificaciones de datos sobre remuneración y domicilio de trabajo, deberán registrarse dentro de los 2 días posteriores a que ocurran esas situaciones.
La información suministrada por el empleador será validada por la AFIP con la base de datos del organismo. Si algo no coincide, "no se permitirá el ingreso al sistema, informándose el motivo que impide su incorporación", dice la Resolución.
Por su parte, la Resolución 3492 estima que hay "un trabajador desarrollando tareas de asistencia personal y/o a su núcleo familiar", en el caso de las "personas físicas cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a pesos quinientos mil ($ 500.000) y/o les corresponda tributar el impuesto sobre los bienes personales o cuando la totalidad de sus bienes -gravados y no gravados por el mencionado tributo- valuados conforme las normas del citado impuesto" ($ 305.000 o más).
El parámetro de $ 305.000 de patrimonio es el mismo que se utiliza para calcular el impuesto a los Bienes Personales, llamado informalmente en su origen "impuesto a la riqueza". Pero como el Gobierno no actualiza ese monto desde 2007, pese a que desde entonces se acumula una inflación de más del 150%, el parámetro fue alcanzando cada vez más a trabajadores de clase media.
Hoy, con un departamento chico ya se puede llegar a ese monto y quedar alcanzado por la AFIP. Con la nueva resolución, entonces, ya no sólo habrá que pagar por Bienes Personales sino que la AFIP también buscará cobrar por una empleada doméstica, se la haya contratado o no.
La semana pasada, el Gobierno había incrementado de 60 a 100 pesos el aporte para la cobertura de obra social de las empleadas domésticas, monto que comenzará a regir este mes y que no se actualizaba desde 2010.
En tanto, en marzo, se aprobó un nuevo régimen para el personal doméstico. Con la nueva norma, la jornada de trabajo no puede pasar las 8 horas diarias o 48 semanales así como habrá que pagar las horas extra.
La última actualización del sueldo mínimo del personal doméstico se hizo en noviembre de 2012. En esa oportunidad se fijó un aumento del 25%, lo que elevó el piso a a $ 2.589,85.