También la del lunes 2/6, de vuestro corresponsal en Buenos Aires, "La pelea Galuccio - Pérez...", incurre en supuestos políticos que ubican explícitamente al Gobernador y al equipo energético provincial, Emesa, y al suscripto incluidos, en un anticipado fracaso, relacionando nuestra licitación para crudos y gas convencional con la anunciada reunión del 9 de junio Ofephi-CFK que, ahora se sabe, convocan para acordar legislar un modelo homogéneo y federal respecto del petróleo y gas no convencional que, reitero, no es el objeto de nuestro CPNI Nº 1 .
Hoy mismo, según el Decreto nacional 929/2013, única norma hasta ahora al respecto, un hallazgo no convencional a partir de un permiso o contrato convencional, requiere de una concesión especial cuyas pautas finales no están aún establecidas. Nada se promete respecto del "shale" a los próximos adjudicatarios socios de Emesa, salvo su derecho a pedir una concesión especial, si lo hallaran.
La participación de Emesa en la UTE adjudicataria no es el punto más importante de la oferta, relegando la inversión, como se ha afirmado una y otra vez. Se evalúan antecedentes empresarios e inversión propuesta, cuyos puntajes se combinan y definen el ranking final.
En particular, la oferta económica tiene tres componentes, pesando la inversión exploratoria en cualquier caso no menos del 80%, mínimo de peso de ese ítem si a la vez se ofrecen los máximos admitidos en el pliego de participación a Emesa (15%) y canon por única vez (5% de la inversión).
La finalidad de la forma evaluatoria adoptada es lograr el máximo de inversión y mayor seguridad para el concedente, limitar el negocio inmobiliario tan conocido por estos pagos, con el poder de veto de Emesa en los contratos a celebrar cuando se pretenda transferir participaciones a empresas "petroleras" de fantasía.
Los requisitos de antecedentes, condiciones técnicas y patrimoniales se han exacerbado en este pliego más que nunca antes en la historia provincial. Que Emesa vaya como carrier, (dícese: no corre riesgo exploratorio) no es gratuito para ella.
A partir del primer metro cúbico de petróleo o gas que se obtenga, Emesa deberá pagar con su participación la parte correspondiente a la inversión realizada por sus socios en la UTE, incluidos todos los costos ocasionados desde la propia escritura de constitución de la UTE, hasta los financieros por el atraso en su aporte.
Consecuentemente, si cualquier actor petrolero está dispuesto a invertir sin Emesa como socia, corre el riesgo de un posible fracaso exploratorio, al igual que quien lleve a Emesa integrada a la UTE. Por esto resulta indiferente que la empresa provincial esté o no, desde ese punto de vista de un resultado negativo.
Si hay hallazgos y producción, encuentra un socio sumamente estratégico que asume su parte de la inversión. Ésta ha sido la lectura de las 15 empresas, de chicas a grandes, nacionales y extranjeras que, en siete consorcios, ofertaron y que nunca cuestionaron (por medio formal o informal) a Emesa como carrier.
Demuestra que otorgan valor a la ayuda que una entidad empresaria de capital estatal puede darles. Como hizo como carrier de Chevron en Vaca Muerta de Neuquén, YPF cede una importante participación de sus derechos a cambio de la cuantiosa y necesaria inversión de la norteamericana. O como hicieron empresas tan importantes como Esso y Shell, para asociarse acarreando a la estatal GyP de Neuquén, incluso en este caso, sin participar las privadas de la titularidad de los permisos exploratorios o eventual concesión.
Por su parte, no olvidemos que la participación de Emesa no es un invento actual. La Ley 7.526, sancionada unánimemente por nuestra Legislatura en 2006, cuando la senadora Montero integraba el gobierno de Julio Cobos como ministra de Economía, donde orbitaba el área de Energía y Minería, prevé expresamente en el artículo 4: ......."captar y mejorar la renta petrolera, transferir a favor de la empresa que con participación estatal en el futuro se constituya, la jurisdicción sobre las áreas petroleras que disponga como así también los derechos que esta Ley confiere al titular de los permisos de exploración y de las concesiones de explotación.
La empresa citada podrá desarrollar sus actividades de exploración directamente o mediante contratos de locación, de obras y de servicios, integración o formación de sociedades y demás modalidades de vinculación con personas físicas o jurídicas que autoricen sus respectivos estatutos. La Provincia participará de la renta generada por la actividad de explotación con arreglo a lo previsto en esta Ley".
La misma YPF propuso a Emesa, a mediados del año pasado, un esquema sujeto a negociación y perfeccionamiento, que incluía el 10% como carrier, a cambio de concesión directa, lo que no era posible dado que la Ley 8.423, por la cual se creó Emesa, obliga a mecanismos de competencia cuando se trata de transferir titularidad de derechos sobre recursos naturales.
La asociación directa estaría permitida sólo si se la contrata como inversor y operador, sin transferir derechos de titularidad de Emesa, modelo último que sí han aceptado con GyP petroleras importantes como las mencionadas Esso y Shell, entre otras. Todavía no sabemos por qué podríamos ser carrier con concesión directa y no si vamos por un camino acorde a las leyes locales.
No puedo no informar que siempre YPF supo de esa restricción legal para transferir titularidad de derechos: conoció el pliego publicado previamente a adquirirlo, como todas las otras empresas. Luego lo compró, recibió las 11 circulares emitidas y estuvo en este proceso hasta minutos antes de la recepción sin nunca formalizar objeción.
La Emesa que Montero denosta injustificadamente -el sábado pasado en este diario- utilizando con oportunismo un tema muy delicado y de especial interés para todos los mendocinos, ha sido capaz de trabajar codo a codo con la autoridad de aplicación desarrollando, en sólo 4 meses, un proceso de concurso suficientemente concurrido, cuyas ofertas hoy están siendo evaluadas en cuanto a su capacidad integral para poder abrir su sobre económico y que, sujeto a la aprobación final del accionista Estado provincial, estará en condiciones de poner en vigencia contratos de exploración de las ofertas que resulten convenientes el próximo 1 de agosto.
El proceso impide la posibilidad de aceptar ofertas con promesas imposibles de cumplir y que faciliten el negocio inmobiliario. No queremos que vuelva a ocurrir lo que pasó entre 2003 y 2007, durante el gobierno de Cobos y la gestión de Montero en Energía y Minería, cuando se aceptaron ofertas con regalías de colores, superiores al 21%, muy por encima del 12% que establece la ley; se preadjudicaron contratos a consorcios sin antecedentes y sin operador reconocido, provocando que las petroleras que terminaron comprando esas áreas en participación mayoritaria a los denominados "inmobiliarios" afirmen que ese nivel de regalías sean hoy imposibles de pagar y no puedan además, por problemas societarios, avanzar en la inversión, como ocurre hoy a YPF en la riquísima área Chachahuén.
Respecto de la pretensión de Montero de que los pliegos de Emesa tengan previa vista del fiscal de Estado, nuevamente hay que informarle, y es cierto que en su caso tengo que esforzarme en reiterarlo (porque ya lo sabe y maliciosamente lo oculta) que la Ley 8.517 que aprobó el Estatuto de la empresa, y que es posterior a la Ley 8.423 que la creó, establece explícitamente (Art. 36): "... el control externo corresponderá a la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza y, en su caso, a la Comisión Nacional de Valores en el ámbito de su competencia. Los controles de Derecho Público a los que se vean sometidas la o las entidades públicas socias (significa Estado provincial o Estados municipales, la aclaración es mía) operarán en la órbita administrativa propia de dichas entidades, sin que en ningún caso puedan concretarse en el seno de esta sociedad anónima, ni de ninguna manera obstaculizar o perturbar el normal funcionamiento de la misma como sujeto de derecho privado y operador económico".
Fiscalía intervino debidamente, sin formular observación alguna, en el trámite del Dec. 2205/2013, que transfirió las áreas a Emesa y determinó el qué y el cómo del concurso. Sobra dar más explicaciones al respecto. Es lamentable ver a una senadora nacional mañoseando a los mendocinos, confundiendo y presionando a sus correligionarios bien intencionados, y atacando un proceso transparente y legítimo, sin siquiera hacer el mea culpa de lo que ella hizo muy mal en la Segunda Ronda Licitatoria que preadjudicó, después de perder la UCR las elecciones de 2007, transfiriendo el paquete y las consecuencias, con moño atado y sin margen de acción, a Jaque, herencia que Mendoza y la propia YPF padecen.
Para todos los que opinan sobre el viaje a EEUU: no fuimos ingenuamente a Houston a buscar nuevos inversores para este concurso, con un cronograma licitatorio muy próximo a abrir ofertas. Fuimos a esa meca de los negocios petroleros para mostrar, con él en la mano, que Mendoza estaba nuevamente activa, a anunciar la posibilidad de una segunda licitación para octubre de 2013 y a comprometernos a volver periódicamente a ofrecer oportunidades. No se puede estar ausente de ese ámbito.
No se confundan los mendocinos. Jugamos este proceso con las cartas abiertas y reglas claras. Algunos intentan poner a Mendoza, su Gobierno, a la promisoria Emesa, que no es sólo hidrocarburos, y a este concurso, como chivos expiatorios; a la YPF nacional -enseña de la soberanía energética- como enemiga, olvidando que todo esto en verdad es una discusión mucho más profunda e intensa, que excede a Mendoza en todo sentido, iniciada en un territorio al sur del río Colorado, que lleva a sus provincias hermanas una gran diferencia en cuanto a la posesión de ingentes tesoros hidrocarburíferos, estimados para más de 100 años. Los poderes políticos de la Nación y las provincias son los que deben tener finalmente la palabra.