26 de enero de 2026 - 11:30

Quita de subsidios: cómo quedó el nuevo esquema tras la reglamentación

El Gobierno reglamentó el decreto que modifica la clasificación y el registro de los subsidios a la energía. Quiénes deben reempadronarse.

El Gobierno Nacional implementó el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que reemplaza la segmentación tarifaria y establece nuevos criterios para la asignación del beneficio. Así lo informó el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) a través de un comunicado.

La medida se enmarca en la política oficial de reducción del gasto público y ordenamiento del esquema tarifario y alcanza a todo el país, incluida Mendoza. Con este nuevo modelo, se crea un registro único de beneficiarios, denominado Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). Allí se concentrará la información de todos los hogares que reciben asistencia del Estado en el pago de la electricidad. Según lo dispuesto por la Secretaría de Energía, quienes ya estaban anotados en el anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) no deberán volver a realizar el trámite.

Sin embargo, podrán actualizar sus datos a través del formulario disponible en el sitio web oficial www.argentina.gob.ar/subsidios o de manera presencial en las oficinas de ANSES. De este modo, los que hayan formulado la solicitud en su momento y no hayan modificado su situación general, no deben volver a ingresar sus datos. Sin embargo, si ha habido cambios en sus niveles de ingresos pueden realizar la corrección correspondiente.

Cuáles son los cambios

Según informó el EPRE la reglamentación del decreto formaliza la eliminación de la segmentación por niveles (N1, N2 y N3) y su reemplazo por un esquema binario: hogares con subsidio y hogares sin subsidio. La asignación del beneficio estará determinada por el ingreso total del grupo conviviente, que no deberá superar el equivalente a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2, según los valores que publica el Indec.

Este nuevo umbral implica un recorte respecto del sistema anterior, ya que el tope para los usuarios de ingresos medios (Nivel 3) era de 3,5 CBT. Según los datos de diciembre de 2025 el valor de esta canasta fue de $1.308.713 por lo que para recibir algún tipo de subsidio, las familias no deberán superar ingresos en total por $4.580.496.

Las boletas de la luz llegan con una suba que promedia el 20%

En línea con el objetivo de avanzar en la reducción gradual de los subsidios, el decreto establece que los usuarios que califiquen dentro del régimen focalizado recibirán una asignación base del 50% sobre el costo de la energía. A ese descuento se sumará, de manera transitoria, una bonificación adicional del 25% que se registrará únicamente durante el primer año de vigencia del esquema.

Ese refuerzo extraordinario se irá reduciendo de forma progresiva hasta desaparecer por completo, profundizando así el sendero de eliminación de subsidios. Con la puesta en funcionamiento del SEF y su reglamentación, el Gobierno busca concentrar la asistencia en los sectores de menores ingresos y, al mismo tiempo, avanzar hacia una mayor cobertura de los costos reales del servicio por parte de los usuarios, en un contexto de reordenamiento del sistema energético y de las cuentas públicas.

Cómo quedan las bonificaciones y quiénes pueden acceder

Según la información publicada por el EPRE, las bonificaciones tendrán los siguientes topes:

  • Verano (diciembre, enero y febrero) El consumo subsidiado es hasta 300kWh/ mes. El consumo excedente se abonará a tarifa de usuario sin subsidio.
  • Invierno (mayo, junio, julio y agosto) El consumo subsidiado es hasta 300kWh/ mes. El consumo excedente se abonará a tarifa de usuario sin subsidio.
  • El resto del año el consumo subsidiado es hasta 150kWh/ mes. El consumo excedente se abonará a tarifa de usuario sin subsidio.

En tanto, los hogares que pueden acceder al subsidio en función del conjunto a los integrantes del hogar, que cumplan las siguientes condiciones:

  • Hogares con ingresos netos hasta 3 Canastas Básicas Totales (hogar tipo 2).
  • Hogares que tengan al menos un integrante con: Un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP, un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

En tanto, no podrán acceder al subsidio:

  • Hogares cuyos integrantes posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a 3 años. Este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular con Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.
  • Hogares cuyos integrantes posean, en conjunto, 3 o más inmuebles.
  • Hogares en los que al menos un integrante posea una embarcación de lujo, aeronaves o activos societarios.
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