21 de mayo de 2026 - 14:15

Oficial y confirmado: ARCA reporta a las personas que ingresen o retiren dinero en efectivo del cajero de esta forma

Las entidades financieras deben informar ciertas operaciones cuando superan los montos fijados por el organismo.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene un régimen de información para movimientos financieros relevantes. En el caso de los cajeros automáticos, las operaciones en efectivo pueden ser informadas a ARCA cuando superan determinados umbrales.

La clave es entender el alcance: no significa que cualquier extracción o depósito sea investigado ni que sacar efectivo sea ilegal. Lo que existe es una obligación de reporte para bancos y entidades cuando se alcanzan ciertos montos.

Qué operaciones en efectivo se informan

Según la información oficial publicada por el Gobierno, las extracciones en efectivo pasan a informarse desde los $10 millones, tanto para personas físicas como jurídicas.

Ese monto corresponde al total acumulado mensual de extracciones, no necesariamente a una única operación aislada. Puede incluir movimientos realizados por ventanilla, cajero automático u otros medios.

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En el caso de ingresos de dinero, depósitos o acreditaciones, el parámetro general informado para personas físicas es de $50 millones y para personas jurídicas, $30 millones, según los regímenes vigentes.

Los topes diarios de extracción en cajeros

En mayo de 2026, los bancos actualizaron los topes diarios de extracción en cajeros automáticos y recordó los montos que ARCA controla dentro de sus regímenes informativos.

Entre esos parámetros aparece el umbral de $10 millones para extracciones en efectivo y los topes de $50 millones o $30 millones para transferencias, acreditaciones y saldos, según tipo de contribuyente.

Es importante separar dos cosas: una cosa es el límite diario que permite retirar cada banco, y otra distinta es el monto a partir del cual una operación debe ser informada al organismo fiscal.

Superar el monto no implica sanción automática

ARCA aclaró en comunicaciones oficiales que estos cambios no afectan al consumidor común en forma directa: son regímenes informativos que deben cumplir las entidades.

Si un movimiento supera el umbral, la entidad puede informar la operación. Luego, si el organismo lo considera necesario, el contribuyente debe poder justificar el origen de los fondos.

Entre los respaldos habituales pueden aparecer recibos de sueldo, facturas, certificaciones contables, contratos, venta de bienes o documentación bancaria.

Qué conviene revisar antes de mover efectivo

  • Monto mensual acumulado: no mirar solo una operación aislada.
  • Tipo de movimiento: extracción, depósito, acreditación o transferencia.
  • Origen del dinero: guardar comprobantes si se manejan sumas altas.
  • Límite del banco: cada entidad fija topes propios de extracción diaria.
  • Situación fiscal: tener ingresos declarados evita problemas posteriores.

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