20 de febrero de 2025 - 10:30

Monotributo: nuevas escalas y cuotas desde febrero según ARCA

Estos cambios buscan ajustar el Monotributo a la inflación y optimizar el proceso de categorización para los contribuyentes.

Como cada año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), antes conocida como AFIP, estableció las nuevas escalas y valores del Monotributo que rigen desde febrero. En esta actualización, el tope de facturación anual aumentó un 2,7%, mientras que las cuotas mensuales se incrementaron en un 21%.

Estos cambios afectan a todos los monotributistas, quienes deberán revisar su categoría y realizar la recategorización si corresponde. Además, ARCA implementó un sistema de "Recategorización simplificada" para facilitar el trámite.

Ajustes en el Monotributo, Ganancias y jubilaciones a partir del IPC de diciembre. Foto: Imagen ilustrativa / Web
Ajustes en el Monotributo, Ganancias y jubilaciones a partir del IPC de diciembre. Foto: Imagen ilustrativa / Web
Ajustes en el Monotributo, Ganancias y jubilaciones a partir del IPC de diciembre. Foto: Imagen ilustrativa / Web

Ahora, al iniciar sesión en el portal oficial, el sistema muestra automáticamente la facturación anual, permitiendo confirmarla o modificarla si es necesario. Este proceso solo está disponible para quienes utilicen facturación electrónica y tengan al menos 12 meses dentro del régimen.

Monotributo 2025: cómo quedan las escalas y cuotas desde febrero

Desde febrero, las escalas del Monotributo se actualizaron con nuevos topes de facturación y valores de cuota según cada categoría:

  • Categoría A: $6.450.000 a $7.813.063,45. Cuota: $32.221,32
  • Categoría B: $9,45 millones a $11.447.046,44. Cuota: $36.679,00
  • Categoría C: $13,25 millones a $16,05 millones. Cuota: $42.951,26
  • Categoría D: $16,45 millones a $19,92 millones. Cuota: $55.047,33 (servicios) o $53.714,87 (venta de bienes)
  • Categoría E: $19,35 millones a $23,43 millones. Cuota: $77.946,73 (servicios) o $70.436,50 (venta de bienes)
  • Categoría F: $24,25 millones a $29,37 millones. Cuota: $98.096,95 (servicios) o $84.530,08 (venta de bienes)
  • Categoría G: $29 millones a $35,12 millones. Cuota: $149.836,63 (servicios) o $103.321,64 (venta de bienes)
  • Categoría H: $44 millones a $53.298.417,30. Cuota: $340.061,68 (servicios) o $206.815,64 (venta de bienes)
  • Categoría I: $49,25 millones a $59,65 millones. Cuota: $626.993,55 (servicios) o $309.020,04 (venta de bienes)
  • Categoría J: $56,4 millones a $68,31 millones. Cuota: $759.420,03 (servicios) o $377.851,82 (venta de bienes)
  • Categoría K: $68 millones a $82,37 millones. Cuota: $1.050.323,75 (servicios) o $456.773,19 (venta de bienes)
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Factores a considerar en la recategorización

Para definir la nueva categoría y cuota a pagar, se deben evaluar ciertos criterios:

  1. Composición de la cuota: incluye el impuesto integrado, el aporte al SIPA y la obra social.
  2. Método de cálculo: basado en la facturación de los últimos 12 meses.
  3. Recategorización simplificada: permite revisar y confirmar los ingresos desde el portal de ARCA.
  4. Excepciones: no es obligatoria si la facturación no cambió o si el contribuyente tiene menos de seis meses en el régimen.
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