El Gobierno de Mendoza envió a la Legislatura el proyecto para ratificar la Declaración de Impacto Ambiental del emprendimiento minero Don Luis y Otros, ubicado en San Rafael y Malargüe. La iniciativa representa un paso clave para habilitar la exploración de litio en la provincia.
El expediente reúne evaluaciones técnicas, dictámenes sectoriales y participación ciudadana, y ahora deberá ser analizado por ambas cámaras. La definición legislativa será central para el desarrollo de la minería en Mendoza bajo el marco de la normativa vigente.
Cómo se elaboró la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Don Luis y Otros
La ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, detalló el proceso técnico que permitió avanzar con la presentación del proyecto en la Legislatura. “El Gobierno de Mendoza ingresó formalmente la DIA luego de un trabajo extenso de análisis, con la participación técnica de organismos sectoriales como la Dirección de Minería, la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria de la UNCuyo, el Departamento General de Irrigación, Vialidad Provincial, municipios, áreas de biodiversidad, patrimonio cultural e INAI”, explicó.
Don Luis y otros
En esa línea, la funcionaria subrayó el cumplimiento de las instancias previstas por la normativa ambiental. “El proceso incluyó evaluaciones técnicas, dictámenes de múltiples organismos sectoriales, una visita técnica al yacimiento y dos Audiencias Públicas: una en San Rafael y otra en Malargüe”, destacó. Además, remarcó: “Es producto de un trabajo extenso y sigue todos los pasos marcados por la Ley 7722 y las leyes ambientales”.
El proyecto corresponde a la etapa de exploración de minerales de primera categoría, principalmente litio, y contempla un área de más de 234 mil hectáreas, con intervención de organismos provinciales, municipales y nacionales.
Qué implica la aprobación legislativa para la minería en Mendoza
La Declaración de Impacto Ambiental ya cuenta con la aprobación técnica de la Autoridad Ambiental Minera, pero su aplicación plena depende de la ratificación de la Legislatura. Este paso es obligatorio según la normativa vigente y definirá si el proyecto puede avanzar en su fase de exploración.
El documento establece exigencias estrictas: actualización de la línea de base ambiental, monitoreo permanente de agua, aire, suelo, flora y fauna, planes de contingencia y seguros ambientales. También incorpora medidas vinculadas a la protección de la biodiversidad, la gestión de residuos y el cuidado del recurso hídrico.
Además, se prevé un esquema de control continuo con informes periódicos, inspecciones sin previo aviso y sanciones en caso de incumplimientos. A esto se suma la obligación de realizar una actualización ambiental del proyecto cada dos años y la elaboración de una línea de base social indígena para evaluar impactos culturales y sociales.