22 de julio de 2026 - 21:15

Las claves del proyecto de Ley de Inocencia Fiscal para incentivar el uso de los "dólares del colchón"

El ministro de Economía, Luis Caputo, adelantó que “el espíritu de la ley no cambia absolutamente nada”. Afirmó que habría US$170 mil millones ahorrados por los argentinos.

El Gobierno presentó este miércoles el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, iniciativa que será enviada al Congreso con el fin de incentivar que más gente incorporen al sistema financiero los llamados "dólares del colchón". La propuesta mantiene el espíritu del régimen vigente, pero incorpora cambios para ampliar su alcance.

Durante el anuncio, el ministro de Economía, Luis Caputo, afirmó que en Argentina habría alrededor de US$170.000 millones ahorrados fuera del sistema financiero, según estimaciones del Banco Central. Además, confirmó que el proyecto ingresará al Congreso este jueves para comenzar su tratamiento.

La presentación estuvo encabezada por Caputo junto a la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, María Ibarzabal Murphy. También participaron contadores y especialistas tributarios que acercaron propuestas para modificar algunos puntos de la ley aprobada en diciembre del año pasado.

“La ley es la misma”, afirmó Caputo

Caputo aclaró que la esencia de la ley sigue siendo la misma, que es permitirle a la gente poder formalizar sus ahorros en el sistema financiero.

“Hay más de 4 veces la cantidad de depósitos en dólares metidos en el colchón”, precisó Caputo en base a estimaciones del (BCRA). Y agregó: “Tampoco nos sirve como país que estén debajo del colchón. Necesitamos que la economía crezca y necesitamos recaudar más”.

Según explicó, tener los dólares guardados "es muy mal negocio". "Pierden valor, aunque la gente no lo crea", afirmó el titular del Palacio de Hacienda, y sumó que el objetivo del Gobierno es aumentar el nivel de inversión.

"Necesitamos que (los dólares) se vuelquen al sistema financiero para que el país crezca nuevamente, genere mayores recursos y un mayor superávit que nos permita seguir bajando impuestos", agregó.

"El espíritu de la ley no cambia absolutamente en nada. El objetivo sigue siendo permitirle a la gente que en el pasado se vio forzada a informalizar sus ahorros, porque estaba prohibido el acceso libre a la compra de dólares e incluso penado, que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad", sostuvo.

El detalle de las modificaciones

Tal como había adelantado Noticias Argentinas, los ejes principales estuvieron enfocados en ampliar el universo de contribuyentes al Régimen Simplificado de Ganancias y alivianar las dicrepancias significativas, entre otros cambios.

Ampliación del universo: se eliminan los topes o barreras patrimoniales y de ingresos. El régimen queda abierto para todas las personas humanas y sucesiones indivisas. Quienes revistan las categorías de “Grandes Contribuyentes” podrán adherir a la “modalidad simplificada” a los fines prácticos de el que fisco les pre-liquide el impuesto y para efectuar el pago, aunque no gozarán de las presunciones, efectos liberatorios ni demás beneficios previstos en la ley.

Discrepancia significativa: se configura una discrepancia si ARCA detecta un incremento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos (lo cual implica una mejora técnica respecto del texto actual que hablaba de “saldos”) por un porcentaje inferior al 15%. Aún superando el 15%, no habrá exclusión del régimen si la diferencia nominal reclamada no alcanza el equivalente al 5% del monto de evasión previsto ($5 millones).

Inversión de la carga probatoria y salvataje por rectificativa: se invierte la carga de la prueba hacia ARCA. Para sostener una discrepancia significativa, el fisco no podrá utilizar presunciones sino que solo podrá valerse de la información declarada, sus propios sistemas o datos de terceros. Se otorga una oportunidad al contribuyente para no perder el régimen. No se considerará configurada la discrepancia si el contribuyente presenta una declaración jurada rectificativa y cancela o regulariza la diferencia (más intereses) en un plazo no mayor a 15 días hábiles tras ser notificado de la liquidación administrativa (por ingresos directos) o de la determinación de oficio. En el texto actual solo se permitía en el caso de uso de facturas apócrifas.

Restablecimiento de la presunción y reintegro con intereses en plazo expedito: si el contribuyente paga el ajuste para no perder el régimen y posteriormente se revoca la impugnación de ARCA, se le restablece plenamente la presunción de exactitud. En este escenario, ARCA está obligada a reintegrar los importes con intereses de repetición en un plazo no mayor a 45 días hábiles desde la notificación de la resolución firme.

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