La restricción del gasto no corre para Zuccardi, el Gobierno dará $ 55 millones para un evento que se hará en su bodega

Entregarán los premios The World’s Best Vineyard 2022 el 26 de octubre. El empresario bodeguero fue exceptuado de los límites presupuestarios fijados.

José Zuccardi, titular de la Coviar y de la UVA. En su bodega harán un evento para el que el gobierno envió 55 millones de pesos. Foto: Orlando Pelichotti  / Los Andes
José Zuccardi, titular de la Coviar y de la UVA. En su bodega harán un evento para el que el gobierno envió 55 millones de pesos. Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

Corría la pandemia en 2020 y el Gobierno de Mendoza dispuso emitir el Decreto 1785 con el que restringió el gasto de la administración pública y su ritmo. Entre otras limitaciones se fijaba la prohibición de nombrar personal que no sea necesario para áreas claves, se le retiró el uso de celulares a funcionarios de menor rango y así con muchas otras cuestiones.

Pero, como en muchas cosas, hay excepciones y esta se produjo para el empresario bodeguero José Zuccardi, titular de la Corporación Vitivinícola y de la Unión Vitivnícola Argentina. También controla el Fondo Vitivinícola de Mendoza. En el decreto en el decreto 2403 del pasado miércoles 17 de agosto, el gobierno autorizó la entrega de 55 millones de pesos para que se realicen en la bodega Piedra Infinita de Zuccardi, ubicada en Tupungato, la entrega de los premios The World´s Best Vineyard 2022 que se realizarán el 26 de octubre próximo.

José Zuccardi en el Desayuno de la Coviar, junto a Daniel Filmus, Julián Domínguez y Rodolfo Suárez.
José Zuccardi en el Desayuno de la Coviar, junto a Daniel Filmus, Julián Domínguez y Rodolfo Suárez.

“Considerando que se encuentra la autorización expresa del señor Gobernador de la Provincia para hacer uso de la excepción al artículo N°7 del Decreto N° 1785/2020″, dice el decreto firmado el miércoles 17 de agosto por el gobernador Rodolfo Suárez, por el Ministro de Economía Enrique Vaquié y la de Turismo Nora Vicario.

El artículo 7 del decreto que restringe el gasto dice: “Suspéndase la firma de nuevos convenios con Universidades, Facultades, Fundaciones y otros organismos no Gubernamentales, que impliquen erogaciones económicas para la Provincia, salvo que cuenten con autorización expresa del Gobernador y aprobación del Ministro/a de Hacienda y Finanzas antes de la suscripción del convenio”.

La Unión Vitivinícola brindó por un mejor 2016
La Unión Vitivinícola brindó por un mejor 2016

Como con otras tantas medidas, se justifica el dinero considerando que “con el citado evento se va a promover la actividad vitivinícola provincial, haciendo conocer la misma a nivel mundial y la actividad turística, por lo que es de interés para el Ministerio de Economía y Energía la realización de la misma”.

Entre otras fundamentaciones Suárez decretó:

  • Artículo 1º - Apruébese el CONVENIO para la realización del Awards - The World’s Best Vineyards 2022 Top 50 announcement to be held in Mendoza, Argentina, celebrado entre WILLIAM REED INTERNATIONAL LTD, representado Director Ejecutivo señor Andrew Reed y la Provincia de Mendoza, representado por la entonces Ministra de Cultura y Turismo, Licenciada Mariana Juri, que en copia, junto a su traducción, forma parte del presente decreto como Anexo.
  • Artículo 2° - El gasto que demande lo dispuesto por el artículo anterior, que asciende a la suma de LIRAS ESTERLINAS CUATROCIENTOS MIL (£400.000,00) equivalentes a PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 55.472.000,-) según cotización del 30 de diciembre de 2021, será atendido por intermedio de la Tesorería General de la Provincia, con cargo al Presupuesto de Erogaciones vigente Ejercicio 2021, Unidad de Gestión de Crédito: C97001-413-02-000, Unidad de Gestión de Consumo: C00001.
Piedra infinita, la bodega de Zuccardi en Valle de Uco en donde se realizará el evento.
Piedra infinita, la bodega de Zuccardi en Valle de Uco en donde se realizará el evento.
  • Artículo 3° Autorícese a los Servicios Administrativos correspondientes a imputar, liquidar y pagar las diferencias que se produzcan entre el monto previsto en el artículo 2° y el que corresponde al momento de la liquidación, según el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina y de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° del presente decreto.

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