Juicios contra Anses: la Justicia federal tiene más de 1.700 causas en trámite

Pueden pasar dos años antes de que un jubilado comience a cobrar su reajuste de haberes, porque el ente previsional utiliza todos los recursos establecidos por la ley, y los procesos judiciales se dilatan.

Fila de Jubilados esperando cobrar sus haberes.
Fila de Jubilados esperando cobrar sus haberes.

En los últimos siete meses Anses apeló 1.700 fallos resueltos en primera instancia a favor de jubilados por haberes mal calculados, de acuerdo con datos de la Secretaría Federal de la Cámara de Apelaciones de Mendoza. Casi la totalidad de las apelaciones serán rechazadas, y si bien a la jurisdicción Cuyo no le toma más de 20 días analizar cada expediente, el organismo previsional tiene la opción de utilizar el “recurso de queja” para que la Corte Suprema de Justicia tenga la decisión final y así, estirar el caso por dos años más.

Desde enero hasta el 15 de mayo de este año, Anses sumó más de 81.500 juicios con sentencia firme por reajuste de haberes a nivel nacional. A este número se sumarán los de la jurisdicción local y los del resto de las cámaras federales del país. Sin embargo, el presupuesto para el pago de las sentencias es finito: este año asciende a $ 49.313,3 millones. Por esto, hay jubilados que están a la espera hace meses, y tal vez hasta años, de que el organismo les liquide el retroactivo y el nuevo haber.

El Presupuesto del organismo no alcanza. Todos los años se acumula stock de deuda y se suman nuevos fallos de primera instancia de las secretarías previsionales de cada jurisdicción por cálculos mal hechos. Durante el Gobierno de Mauricio Macri se hicieron 180.000 pagos judiciales, unos 45.000 por año, y para mediados de 2019, el entonces jefe de Gabinete, Marcos Peña, informó en la Cámara de Diputados que había 279.682 juicios más contra la Anses pendientes de resolución.

Más tarde, en mayo de 2020, el actual jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, señaló en su informe al Senado que el stock de juicios por reajuste de jubilaciones y pensiones sin sentencia firme ascendía a 277.180.

El inicio del proceso

Las causas contra Anses se inician en la Justicia Federal, y en su mayoría corresponden a reclamos por haberes mal calculados. En cada juzgado hay secretarios que se dedican al tema previsional, y si se comprueba que hubo un error de cálculo, el juez dicta sentencia para que se realice un reajuste. Luego, la Anses apela dicha sentencia.

El siguiente paso le corresponde a la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, que tiene competencia sobre los Juzgados de Primera Instancia de Mendoza, San Rafael, San Juan y Villa Mercedes. Ahí es donde ingresaron los 1.700 expedientes mencionados anteriormente. La Secretaría Federal de la Cámara de Apelaciones de Mendoza brindó los datos a Los Andes. “La Cámara está al día”, explicaron. De hecho, han sido reconocidos por haber resuelto más expedientes que circunscripciones comparables por tamaño, como son Córdoba, La Plata, Salta o Rosario (con 1.342 expedientes resueltos entre febrero y julio), y a pesar de la pandemia, no han dejado de trabajar.

No obstante, desde la Secretaría señalaron que podrían sumarse más reclamos en los próximos días, porque siempre, antes de cada feria judicial, ingresan cerca de 2.000 expedientes. Alrededor del 95% de las veces, los jueces en primera instancia fallan a favor del jubilado, y la experiencia muestra que el cálculo de la determinación del haber inicial estuvo mal hecho.

Los jubilados pueden reclamar por los haberes mal liquidados de hasta dos años hacia atrás desde el momento en que se presentan a la Justicia, si hubiera errores anteriores, ya no se podrán tener en cuenta. Esto hace que muchas veces, si la diferencia no es muy grande, prefieran no iniciar reclamos para no enfrentarse a estos trámites que deben hacerse de forma personal (no colectiva), y que pueden tomar dos años o más.

“El juez debe expedirse sobre temas planteados”, indicaron. Es decir, que no pude ordenarle a Anses reajustar sus cálculos sin un reclamo previo. Tampoco se puede iniciar una acción colectiva, porque cada causa es diferente, tanto como lo es el historial de un jubilado (los años de aporte que tuvo y el salario que percibió mientras se encontraba en actividad, entre otros ítems que se consideran).

La Cámara tiene competencia en todas las causas que apele Anses correspondientes a los Juzgados de Primera instancia mencionados. Desde allí advirtieron que es más común que los regímenes especiales (docentes y petroleros, por ejemplo), tengan sus haberes bien calculados, pero en el grueso del universo previsional, es más común ver un error de cálculo.

Una vez que la Cámara recibe la apelación, tiene que pedir a Anses que “exprese agravio”, es decir que explique en qué manera la sentencia judicial le produce un perjuicio. Si esto se rechaza, el juez queda en posición de dictar sentencia. Es en ese punto en que Anses siempre presenta un recurso extraordinario, que puede ser rechazado como “inadmisible”, ya que los jueces sacan sentencias “en uniformidad de criterio con la Cámara”. Aún así, el organismo puede “irse en queja a la Corte” y así iniciar un trámite que demora unos dos años.

Sentencia firme

Todos los meses, pese a la cuarentena, se cancelan sentencias. Se da prioridad a los jubilados de mayor edad, o a quienes tienen enfermedades crónicas o terminales.

Las demandas judiciales alcanzaron su pico con los fallos de la Corte Suprema por los casos Badaro (2007) y Elliff (2009), que ajustaron la variación de las jubilaciones y de los sueldos que se toman como referencia para el cálculo del haber inicial. Más tarde, con el caso Lucio Blanco, que ratificó el índice Isbic -no Ripte- para los reajustes de haberes anteriores a febrero de 2018, se unificaron los criterios judiciales a la hora de resolver las demandas.

De manera adicional, en 2014, por el caso Pedraza contra Anses, la Corte dispuso la competencia de las cámaras federales de todo el país para agilizar las causas de los jubilados, y la jurisdicción local llegó a recibir 14.000 expedientes que llevaban años sin sentencias. El número que hoy exhibe la Justicia Federal de Mendoza ha llegado a un equilibrio entre lo que ingresa, y lo que se resuelve.

En 2018 se agregaron nuevos reclamos resonantes, como fue la causa Fernández Pastor Miguel c/Anses, que declaró inconstitucional el aumento del 5,71% que recibieron los jubilados en marzo de acuerdo a la ley de movilidad que hoy está suspendida, y se ordenó que se utilizara el cálculo anterior con el 14,5%. Anses apeló el fallo, pero el Procurador de la Corte dictaminó a favor del reclamo de Fernández Pastor, y otros jubilados siguieron el mismo camino para reclamar una adecuación.

Ahora, con la fórmula de movilidad suspendida (al menos hasta fin de año), es de esperar que se presenten nuevos reclamos. Es que se decretaron subas mayores a las que correspondían para quienes menos cobran, pero se recortan los incrementos que hubieran recibido los beneficiarios de haberes medios y altos.

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