Empleados de comercio: cómo es la asistencia y el cobro por feriado de Carnaval según el CEC

El sindicato mercantil de Mendoza informó cómo será la modalidad de trabajo durante los feriados nacionales de Carnaval. La normativa establece derechos específicos para los empleados.

El Centro de Empleados de Comercio (CEC) de Mendoza informó cómo será la modalidad de trabajo para los empleados mercantiles durante los feriados de Carnaval, que este año cae el lunes 3 y martes 4 de marzo. Durante estas jornadas, se aplicarán normativas especiales que regulan la asistencia y el pago de los trabajadores del sector.

Según explicó el secretario general del sindicato, Fernando Ligorria, los empleados de comercio tienen la libertad de decidir si concurren o no a sus puestos. En caso de asistir, recibirán el pago de la jornada habitual más un adicional equivalente. Por otro lado, quienes elijan no trabajar no podrán ser sancionados y recibirán su sueldo sin descuentos.

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El CEC ratificó que la normativa vigente protege los derechos de los trabajadores mercantiles en estos feriados.

El CEC ratificó que la normativa vigente protege los derechos de los trabajadores mercantiles en estos feriados.

Cómo es la asistencia y el cobro por feriado de Carnaval para empleados de comercio en Mendoza

El CEC confirmó que los empleados mercantiles en Mendoza podrán optar por asistir o no a sus puestos durante los feriados de Carnaval del lunes 3 y martes 4 de marzo. Esta elección no afectará sus ingresos ni generará sanciones.

Quienes trabajen durante estos días recibirán el pago correspondiente a una jornada habitual más un adicional del mismo valor. En cambio, los empleados que decidan no asistir cobrarán su sueldo de manera normal, sin sufrir descuentos. Desde el gremio resaltaron que esta medida está respaldada por la normativa vigente, asegurando condiciones laborales equitativas.

Puntos clave sobre el trabajo en feriados de Carnaval

  • Días feriados: lunes 3 y martes 4 de marzo
  • Asistencia opcional: cada trabajador puede decidir si concurre o no sin recibir sanciones
  • Pago doble para quienes trabajan: se abona el día normal más un adicional equivalente
  • Salario garantizado para quienes no asisten: se cobra sin descuentos ni penalizaciones
  • Respaldo del CEC: el sindicato confirma que esta normativa se ajusta a la legislación vigente
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