17 de julio de 2026 - 12:20

El Gobierno eliminó el límite de valor para exportaciones comerciales por correo y bajó impuestos para importaciones

La medida se oficializó este viernes en el Boletín Oficial. Se unificó el régimen de importaciones postales sin fines comerciales con una franquicia de hasta US$400 por envío.

El Gobierno nacional modificó el régimen aduanero para los envíos postales y habilitó las exportaciones comerciales por vía postal sin límite de valor, además de unificar las condiciones para las importaciones sin fines comerciales con una franquicia de hasta US$ 400 por envío.

Las medidas fueron oficializadas este viernes mediante el Decreto 604/2026, publicado en el Boletín Oficial, y buscan simplificar el comercio exterior para particulares, productores y pequeños comerciantes.

Exportaciones sin tope de valor

Uno de los principales cambios establece que las exportaciones comerciales realizadas por correo ya no tendrán un límite de valor.

Hasta ahora, este tipo de operaciones carecía de una reglamentación específica, lo que, en la práctica, dificultaba que productores y comerciantes argentinos accedieran a los procedimientos simplificados previstos por la Unión Postal Universal, organismo del que Argentina forma parte desde 1887.

Las exportaciones comerciales no tendrán límite de valor.

Las exportaciones comerciales no tendrán límite de valor.

Con la nueva normativa, se incorpora un artículo al decreto reglamentario del Código Aduanero que dispone que las exportaciones comerciales realizadas por vía postal "no estarán sujetas a límites de valor". Además, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de dictar las normas operativas para implementar el nuevo sistema.

Cambios para las importaciones

El decreto también modifica el régimen de importaciones postales sin finalidad comercial.

A partir de ahora, todos los envíos tendrán una franquicia de hasta US$400, con un máximo de cinco despachos por año por persona, independientemente de si ingresan mediante el operador postal oficial o por empresas de courier.

Se unificó el régimen de importaciones postales.

Se unificó el régimen de importaciones postales.

La medida elimina la diferencia que existía hasta el momento entre ambos sistemas.

Mientras los couriers privados ya contaban con una franquicia de US$400 por envío, las compras realizadas a través del operador postal oficial estaban alcanzadas por una tasa del 50% sobre el valor de la mercadería, gravamen que fue eliminado mediante la derogación del artículo 8° del Decreto 161/99.

Envíos familiares al exterior

La normativa también incorpora un régimen específico para las exportaciones postales destinadas a ayuda familiar u obsequios personales.

En estos casos, los envíos estarán exentos de derechos de exportación siempre que el valor total remitido por cada persona no supere los US$5.000 mensuales.

Otro de los cambios establece que el operador postal quedará habilitado automáticamente para representar al destinatario durante el despacho aduanero.

Solo si el destinatario manifiesta expresamente su intención de realizar el trámite por cuenta propia antes del ingreso del envío al país, esa representación no será aplicada.

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