El Banco Central inspecciona nueve fintech por sospechas de intermediación con criptomonedas

La autoridad monetaria anunció los controles. Si se comprueba la intermediación no autorizada, habrá una denuncia penal contra los dueños y empleados de estas firmas.

Sede en Buenos Aires del Banco Central de la República Argentina. Foto: Gentileza BCRA.
Sede en Buenos Aires del Banco Central de la República Argentina. Foto: Gentileza BCRA.

El Banco Central anunció que inició inspecciones en nueve fintech que se ofrecen como vínculo para financiar proyectos de inversión utilizando criptoactivos como canalizador del ahorro, para determinar si están realizando intermediación financiera no autorizada.

La ley de Entidades Financieras delega en el Banco Central la potestad de requerir información cuando existe la sospecha de que una persona o empresa está realizando tareas de intermediación financiera y, de corresponder, disponer el cese inmediato y definitivo de la actividad y aplicar sanciones.

La inspección abarca a nueve fintech que realizan captación de depósitos que se convierten en criptoactivos, en particular criptomonedas, que luego son aplicados al financiamiento tanto de inversiones como de consumo, ofreciendo una retribución, informó la autoridad monetaria en un comunicado.

Si las investigaciones determinan indicios de intermediación financiera sin autorización, el Central realizará las correspondientes denuncias penales en los términos del artículo 310 del Código Penal. En su comunicado, la autoridad monetaria no precisó cuáles son las empresas sospechadas.

Criptomonedas
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Ese artículo dice que serán reprimidos con prisión de uno a cuatro años, multa de dos a seis veces el valor de las operaciones e inhabilitación de hasta seis años, los empleados y funcionarios de instituciones financieras y de aquellas que operen en el mercado de valores que insertando datos falsos o mencionando hechos inexistentes, documentaren contablemente una operación crediticia activa o pasiva o de negociación de valores negociables, con la intención de obtener un beneficio o causar un perjuicio, para sí o para terceros.

La “intermediación bancaria o financiera” se encuentra descripta en la Ley de Entidades Financieras 21.526 e identifica a esta actividad con la realización de dos tareas bien diferenciadas e inseparables en el funcionamiento de los bancos.

Por un lado reciben depósitos del público asumiendo el riesgo de restituir los fondos en las condiciones pactadas (depósitos en caja de ahorro, cuenta corriente o plazo fijo) mientras que por otro lado asumen el riesgo de incobrabilidad de los préstamos que otorgan utilizando esos recursos.

La conexión de ambas actividades y los riesgos asociados, tienen una clara connotación jurídica que es inseparable del negocio bancario. Los bancos toman riesgo y obtienen una recompensa por ello.

Ahora, el Central está intentando saber si las nueve fintech investigadas intermedian y afrontan tales riesgos. Puntualmente, si asumen el riesgo de restituir los fondos o el riesgo de incobrabilidad, o si sólo son los inversores los que invierten su dinero a riesgo con el objeto de otorgar préstamos a otras personas.

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