Devolución del IVA, ¿Hasta cuándo se podrá recuperar $18.800?

El “Régimen de reintegros” tiene fecha de vencimiento y el límite temporal no fue ampliado por el presidente hasta el momento. ¿Cómo aprovecharlo?

Devolución del IVA, ¿Hasta cuándo se podrá recuperar $18.800?
¿Qué pasa con los $18.800 de la devolución del IVA?: se pueden aprovechar para Navidad/ Foto: José Gutierrez / Los Andes

El 16 de septiembre se publicó la ampliación del Régimen de Reintegros, que significa la devolución del Impuesto al Valor Agregado (21%) en las compras que hacen trabajadores con ingresos iguales o inferiores a 6 salarios mínimos, pero en la resolución se incluyó una fecha límite. ¿Hasta cuándo se podrá recuperar el IVA por las compras?

Con el aumento de los precios y las Fiestas de Fin de Año tan cerca, es importante tener en cuenta que la devolución del IVA se dispuso “hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive”.

De esta manera, cualquier compra de alimentos y bebidas que se haga en los comercios habilitados (supermercados, carnicerías y panaderías), con la con la tarjeta de débito correspondiente a la cuenta sueldo registrada en AFIP, permitirá recuperar el 21% de la compra.

Por ejemplo, una compra realizada con débito en un mayorista, por $52.121,12, significó un reintegro de $10.945,43, que resulta ser incluso superior al 21% que ya tenía aplicada esa compra porque por normativa no se devuelve el IVA, sino el 21% del total.

Ahora bien, el consumidor anterior tendrá que tener en cuenta que solo le restan recuperar $7.854,56, por lo que la próxima compra debería ser de $37.402,67 para recuperar el total del programa antes de su vencimiento.

Acreditación del reintegro

El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria cuya CBU informada en AFIP, dependiendo del horario en que se realizó la compra:

Para las compras que se realicen hasta las 17:00 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.

Para las compras hechas luego de las 17:00 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.

Aclaraciones deA FIP sobre la cuenta bancaria

  • Solo se realizará el reintegro por las compras realizadas con la tarjeta asociada a la CBU informada en la AFIP.
  • Para este programa se recibe información de diversos organismos, con el fin de nutrir las base de datos. Por este motivo, es posible que la CBU que la persona vea cuando realiza la consulta con clave fiscal, no sea la que está asociada a la tarjeta con la que está realizando las compras. Ante tal situación, se podrá empezar a usar la tarjeta asociada a dicha CBU o ingresar al servicio con clave fiscal “Declaración de CBU” e informar una nueva.
  • La guía paso a paso “¿Cómo declaro la CBU?” explica en detalle el procedimiento.
  • La nueva CBU declarada se incorporará al padrón en el próximo envío de información.

Seguí leyendo:

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA