Aguinaldo en diciembre: qué pasará con el Impuesto a las Ganancias

Una resolución de la AFIP elevó el piso hasta los $175.000 brutos a partir del cual se empieza a pagar el tributo.

Impuesto a las Ganancias.
Impuesto a las Ganancias.

A fines de septiembre, la resolución 5076 emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que el medio aguinaldo que debe llegar en estos días al bolsillo está exento del pago de Ganancias si en el segundo semestre la remuneración bruta promedio no supera los $175.000 (eso incluye los sueldos de julio a diciembre). Es el mismo umbral que define, desde septiembre, si el salario mensual queda o no exento.

Por otro lado, con la cuota del SAC correspondiente a la primera parte del año el impuesto no alcanzó a quienes tenían un salario bruto no mayor a los $150.000, mientras que con salarios por arriba de ese monto sí se tributó. Eso no se corregirá, según aclara la normativa de la AFIP, dado que lo dispuesto para la última mitad del año no tiene efecto retroactivo.

Según destaca La Nación, quienes hayan tenido durante todo el año una remuneración inferior a $150.000, no tienen la carga de Ganancias ni por el salario ni por el aguinaldo en ninguna de las dos cuotas. En cambio, alguien que, por ejemplo, tuvo una remuneración inferior a $150.000 en la primera parte del año, pero en la segunda superó los $175.000 (en el promedio mensual), quedó liberado de la carga fiscal por la primera cuota del salario anual complementario, en tanto que sí tributará por la segunda.

También podría darse el caso de alguien que cobró, en promedio, más de $150.000 entre enero y junio y que en los seis meses siguientes tuvo una remuneración inferior a $175.000; entonces, habrá pagado el impuesto por la primera cuota y queda ahora liberado por lo correspondiente a la segunda. Y quien tiene un salario que en todo el año superó los $175.000 mensuales, tributa por el SAC completo.

Desde hace unos años, en los casos en que corresponde el pago del impuesto el empleador va haciendo las retenciones correspondientes al aguinaldo mes a mes, es decir, de forma distribuida durante todo el año. Por eso, si el salario es superior al umbral dispuesto para no pagar, los descuentos ya comenzaron a hacerse antes y no debería verse un “salto” de la carga tributaria en este último mes del año.

El SAC equivale al 50% de la mayor remuneración mensual del período al que corresponde la cuota a percibir; en este caso, del segundo semestre de este año.

Las deducciones que rigen para el impuesto a las ganancias y que determinan cuál es el salario más bajo alcanzado (el llamado mínimo no imponible) habían sido actualizadas al comenzar este año en un 35,37%. Ese índice corresponde al incremento que había tenido la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) entre octubre de 2019 y ese mismo mes de 2020; esa es la variable que se utiliza para el reajuste anual del esquema del impuesto desde 2018.

En forma previa a la vigencia de esa regla el esquema dependía de la discrecionalidad de los funcionarios y, principalmente entre 2013 y 2015, se habían generado fuertes distorsiones que llevaban a que, por ejemplo, tributaran personas que tenían un ingreso inferior al de otras que quedaban liberadas.

En abril de este año el Congreso aprobó una ley que establece un mecanismo especial de deducciones, para dejar al margen del impuesto a quienes tienen una remuneración inferior a un determinado monto: esa cifra se fijó en un primer momento en $150.000 y luego, en septiembre, se la llevó a $175.000 (en este segundo caso, fue una actualización sin vigencia para la totalidad de 2021, sino solo a partir del noveno mes). Las cifras se corresponden con salarios netos de $124.500 y $145.250.

Según aclara la ley, para determinar si se llega o no a esos montos se deben considerar todos los conceptos de pago, con la única excepción del aguinaldo. Dentro de la reciente reforma legal, que complejizó mucho el cálculo del impuesto al quebrar el esquema antes vigente, se estableció que, para los salarios superiores al umbral que define la exención pero inferiores a una determinada cifra, rijan deducciones especiales para aliviar la carga respecto de lo que se pagaba antes, con el objetivo de evitar que alguien con un determinado salario bruto termine recibiendo menos dinero en el bolsillo que alguien con una remuneración inferior (y exenta de Ganancias).

Actualmente, eso alcanza a quienes tienen una remuneración de entre $175.000 y $203.000. Esa disposición no impidió, de todas formas, que se generaran distorsiones en las escalas salariales de las empresas, porque en los casos en que no alcanza la medida, se sigue pagando Ganancias igual que antes (lo cual disminuye las diferencias entre los ingresos de bolsillo).

A partir de enero próximo, las deducciones del impuesto deberán incrementarse en un 50,62%, porque ese es el porcentaje en que avanzó el Ripte entre octubre de 2020 y ese mes de este año. La AFIP todavía no oficializó los números ni detalló cómo se hará la actualización. Pero, siguiendo la letra de la normativa, el salario más bajo alcanzado pasaría de $175.000 a $263.593, aproximadamente.

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