AFIP extiende el plazo de recategorización para monotribustas, ¿cuál es la fecha límite?

Cómo se realiza el trámite de recategorización y cuáles son los montos de facturación para ver si debo pasarme de categoría.

Afip. Monotributo. (Web)
Afip. Monotributo. (Web)

Quienes facturan con Monotributo se encuentran obligados a realizar una revisión de sus ingresos cada seis meses para determinar si deben mantener o cambiar de categoría. En una reciente comunicación, la AFIP informó la extensión del plazo para la primera recategorización del 2024.

Inicialmente establecida para el 22 de enero, la fecha límite para la recategorización se modificó, y se extendió el plazo hasta el 5 de febrero.

Este procedimiento debe llevarse a cabo dos veces al año, en enero (este año en febrero) y julio. Además, es importante tener en cuenta que los límites y cuotas se han incrementado en promedio un 49% y un 111%, respectivamente, en comparación con los montos de 2023.

Recategorización, imagen ilustrativa. (Foto: web)
Recategorización, imagen ilustrativa. (Foto: web)

Cómo puedo hacer la recategorización

  1. Ingresa al sitio de AFIP (www.afip.gob.ar) y con tu número de CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal entra a web principal.
  2. Busca en la lupa la opción de recategorización y escoge “Recategorizarme”.
  3. Visualiza tu categoría actual y los límites para cada parámetro. Antes de continuar, revisa todas las categorías vigentes haciendo clic en “Escalas vigentes”. Luego, procede a la recategorización al presionar “Continuar recategorización”.
  4. Ingresa el monto facturado en los últimos 12 meses y responde las preguntas sobre la posesión de un local.
  5. Proporciona los datos de tu actividad para determinar tu nueva categoría.
  6. Verifica la categoría sugerida, acepta la validación y confirma la categoría.
  7. Una vez hecho, el sistema te informará que la transacción se ha realizado correctamente y podrás imprimir tu nueva credencial.

¿Qué se debe tener en cuenta para saber si tenes que recategorizarte?

La recategorización es obligatoria, incluso si no se identifican cambios en los parámetros actuales. Los ingresos de los últimos 12 meses son el primer criterio a considerar.

En caso de tener menos de 12 meses como monotributista, simplemente suma los meses facturados. Luego, compara tus ingresos con la siguiente tabla:

  • Categoría A: Ingresos brutos anuales hasta $2.108.288,22
  • Categoría B: Ingresos brutos anuales hasta $3.133.941,71
  • Categoría C: Ingresos brutos anuales hasta $4.387.518,35
  • Categoría D: Ingresos brutos anuales hasta $5.449.094,70
  • Categoría E: Ingresos brutos anuales hasta $6.416.528,89
  • Categoría F: Ingresos brutos anuales hasta $8.020.661,11
  • Categoría G: Ingresos brutos anuales hasta $9.624.793,31
  • Categoría H: Ingresos brutos anuales hasta $11.916.410,77
  • Categoría I: Ingresos brutos anuales hasta $13.337.213,22
  • Categoría J: Ingresos brutos anuales hasta $15.285.088,04
  • Categoría K: Ingresos brutos anuales hasta $16.957.968,71

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