Adiós Ley de Alquileres: se elimina el aumento cada 3 meses y los inquilinos podrán negociar con el propietario

Para los contratos nuevos ya no existe una fórmula única obligatoria: plazo, moneda, índice y periodicidad quedan sujetos al acuerdo entre partes.

La Ley de Alquileres quedó derogada en Argentina y los contratos nuevos ya no tienen una regla única sobre aumentos. Esto significa que el aumento cada 3 meses no funciona como una obligación general: inquilino y propietario pueden negociar la periodicidad, el índice y la moneda del contrato.

El cambio surge del DNU 70/2023, que derogó la Ley 27.551 y modificó artículos del Código Civil y Comercial vinculados a los contratos de locación. Desde entonces, el eje pasó a ser la libertad contractual.

Qué pasa con los aumentos cada 3 meses

En los contratos nuevos, no hay una fórmula oficial única que obligue a actualizar el alquiler cada tres meses. Esa modalidad puede pactarse, pero también pueden acordarse otros plazos.

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Desde la entrada en vigencia del DNU 70/2023, las condiciones del contrato de alquiler dependen de lo acordado por las partes, incluyendo plazo de duración y actualización.

Qué pueden negociar inquilinos y propietarios

Las partes pueden definir el plazo del contrato, la moneda de pago, el mecanismo de actualización y la frecuencia de los aumentos. También pueden pactar índices públicos o privados.

El DNU modificó el artículo 1199 del Código Civil y Comercial para permitir que los alquileres se establezcan en moneda de curso legal o extranjera, al libre arbitrio de las partes.

En la práctica, esto abrió contratos con ajustes mensuales, trimestrales, cuatrimestrales, semestrales o por otros esquemas, según lo que se firme.

Qué contratos siguen con reglas anteriores

Los contratos firmados antes del DNU no cambian automáticamente. Si fueron celebrados bajo la Ley de Alquileres anterior, mantienen las condiciones pactadas hasta su vencimiento.

Por eso, en 2026 todavía conviven contratos viejos con ajustes por ICL, contratos posteriores con IPC y acuerdos privados con distintas periodicidades.

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El dato clave es la fecha de firma. No se puede aplicar la regla de un contrato nuevo a uno viejo si el acuerdo vigente dice otra cosa.

El punto que más puede beneficiar al inquilino

La posibilidad de negociar puede abrir margen cuando el mercado se enfría, aumenta la oferta o el propietario prefiere sostener un buen inquilino antes que dejar la vivienda vacía.

Un inquilino puede proponer ajustes más espaciados, un índice alternativo, una rebaja inicial o condiciones más claras sobre expensas y reparaciones.

Sin embargo, esa negociación depende del poder real de cada parte. En zonas de alta demanda, el propietario puede imponer condiciones más duras.

Qué conviene revisar antes de firmar

Antes de aceptar un contrato, hay que mirar cuatro puntos: cada cuánto aumenta, con qué índice, en qué moneda se paga y qué pasa si una parte quiere rescindir.

También conviene pedir que todo quede por escrito. Un acuerdo verbal sobre aumentos puede generar conflictos si después no coincide con lo firmado.

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