Desde el próximo lunes 13 de abril se habilitaran las operaciones bancarias en las entidades para el público en general, pero el Banco Central dispuso que sólo podrán concurrir a las sucursales aquellas personas que tengan turno, y según un cronograma estipulado por la finalización del DNI de cada persona, o del CUIT si se tratara de operaciones de personas jurídicas.
El turno será un requisito obligatorio para poder ingresar al banco y también servirá como permiso de circulación.
Las entidades deberán poner a disposición de los clientes estos turnos por canales electrónicos a partir de este miércoles.
El lunes 13 podrán ir los terminados en 0 y 1
El martes 14, los terminados en 2 y 3
El miércoles 15, los terminados en 4 y 5
El jueves 16, los terminados en 6 y 7
El viernes 17, los terminados en 8 y 9.
¿Qué se podrá hacer en los bancos?
Los turnos habilitarán gestiones administrativas (por ejemplo, retiro de tarjetas, firma de documentación, acceso a cajas de seguridad). No habrá atención por ventanilla para depósitos, pagos o extracciones.
Depósitos y pagos se podrán gestionar a través de cajeros electrónicos, terminales de autoservicio, buzón de pago y transportadora de caudales.
Jubilados y pensionados
El pago de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) será conforme al cronograma que difunda la ANSES o el correspondiente ente administrador, no siendo necesaria la obtención de turno.
La atención por ventanilla queda exclusivamente reservada para el pago a beneficios de jubilaciones y pensiones.
Los bancos atenderán en horario extendido y deberán cumplir estrictamente las normas de seguridad e higiene para preservar la salud de los clientes y de los trabajadores bancarios.
Emisoras de tarjetas y casas de cambio
Las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y compra y los otros proveedores no financieros de crédito deberán abrir sus sucursales para la atención al público en general, entre el 13 y el 17 de abril, con el mismo esquema que los bancos. En este caso, clientes que sean beneficiarios de haberes previsionales y pensiones también deberán solicitar previamente los turnos para ser atendidos y concurrir a la sucursal.
Las casas de cambio no podrán atender al público en sus sucursales. Solo podrán operar en forma remota.