El artículo 38 de la Constitución Nacional les da rango constitucional a los partidos políticos con esta redacción: “Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas. El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio.”
El que esto escribe, inicia esta columna con el texto del artículo 38 porque tanto en el oficialismo, en parte de la oposición, en discursos en el recinto como en colaboraciones a medios de prensa muchos opinan sin leer la Constitución Nacional. Como nota al margen, tampoco conocen el reglamento de la Cámara de Diputados que prohíbe leer los discursos. Si los que presiden el Congreso fueran más estrictos nos ahorrarían escuchar exposiciones farragosas que solo contribuyen el desprestigio del poder legislativo.
El gobierno propone eliminar las PASO, pero ante la imposibilidad de lograr su aprobación transó obteniendo su suspensión. El propósito del gobierno y de Cristina Fernández ha sido manejar discrecionalmente la digitación de las candidaturas. Es cierto que el sistema fue impulsado por el gobierno de Cristina después de la derrota en la provincia de Buenos Aires en 2009, pero casi no fue utilizado por el peronismo salvo en la provincia de Buenos Aires en 2015 cuando Aníbal Fernández venció a Julián Domínguez por la candidatura a gobernador.
El sistema necesita mejorarse, por ejemplo, evitando la obligatoriedad de ir a comicios cuando no hay competencia por las candidaturas. Sin embargo, las Paso molestan a los oficialismos pues demostraron que posibilitaban la organización de la oposición, como lo vimos en el triunfo de Macri en 2025. La supresión buscaba eliminar mecanismos que pueden facilitar la recomposición de coaliciones alternativas a las tendencias hegemónicas que comparten tanto el cristinismo como el mileismo con sus escasos apegos a la institucionalidad.
Es razonable, en cambio, la idea de concluir con los sellos de goma y las “pymes electorales”, elevando los requisitos para constituir un partido político. Ya se puede avanzar caducando todos los padrones partidarios y exigiendo que se inicie un nuevo proceso de afiliaciones controlando que sean genuinas.
En cuanto al financiamiento la iniciativa del gobierno es violatoria del artículo 38 de la Constitución al proponer eliminar el aporte estatal. Como dijera Adenauer cuando alguien cuestionó los fuertes aportes al financiamiento de la política del estado en Alemania, “el nazismo nos salió más caro”.
También propone la elevación de los topes para el financiamiento privado de la política. En los Estados Unidos la Corte Suprema hace un año suprimió los topes establecidos en los años 70 para reducir la influencia de las corporaciones en las campañas y los compromisos de los candidatos; el resultado es que personajes como Musk han aportado más de doscientos millones de dólares y acceden a manejar el gobierno además de haberle impuesto a Trump su vicepresidente.
En un gobierno donde se designa en la Procuración del Tesoro, que debe defender los intereses públicos, a los abogados que participan en el juicio de YPF patrocinando a los que reclaman 16 mil millones de dólares al estado argentino, no son sanas estas propuestas a la que se agrega el riesgo del financiamiento proveniente del narcotráfico, algo que ya se sospecha en varias provincias del norte y de no pocas intendencias del conurbano de Buenos Aires.
Necesitamos profundas reformas más trascendentes en el mejoramiento de las instituciones, algunas de las cuales requieren acuerdos con las provincias. Por ejemplo, la inclusión en las constituciones provinciales de la cláusula anti nepotismo, que rige en Mendoza, que impide la sucesión dinástica de los gobernadores, violando la esencia de la república. La Cámara de Diputados de la Nación está conformada violando la Constitución que establece que los diputados se eligen en proporción a los habitantes y no fija un mínimo de bancas por distritos. Este dislate fue fijado por un decreto ley de un gobierno de facto.
En numerosas provincias se han establecido sistemas electorales que violan el principio de “igual valor del voto”. Por ejemplo, los senados de Salta, Santa Fe y San Luis eligen un senador por departamento. Rosario o la ciudad de San Luis tienen la misma representación que departamentos municipales con unos pocos miles de electores.
También es necesario separar la justicia electoral de la federal. La permanencia en funciones de personajes controvertidos como Servini de Cubría o el escandaloso caso del juez Bento en Mendoza solo se explican por la doble función y los vínculos de favores mutuos que se establecen en connubios espurios entre política y justicia.
* El autor es presidente de la Academia Argentina de la Historia.