Estos son los montos mínimos que hay que declarar en AFIP para la venta de automóviles e inmuebles

Se actualizaron los importes por el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), suministrado por el Instituto de Estadística y Censos (INDEC).

La agencia actualizó los valores mínimos a partir de los cuales se debe solicitar el CETA y el COTI para la compraventa de vehículos y la transferencia de inmuebles. Foto: Jose Gutierrez/ Los Andes
La agencia actualizó los valores mínimos a partir de los cuales se debe solicitar el CETA y el COTI para la compraventa de vehículos y la transferencia de inmuebles. Foto: Jose Gutierrez/ Los Andes

Este último jueves, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentó los montos mínimos para declarar la compraventa de inmuebles y automóviles y motos nuevas o usadas.

Los importes a partir de los que los ciudadanos deben solicitar el CETA y el Código de oferta de transferencia de inmuebles (COTI), fueron actualizados por el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), suministrado por el Instituto de Estadística y Censos (INDEC), según informó Noticias Argentinas.

Es la primera vez que se emplea esta metodología para la actualización, establecida en mayo de 2023 a través de la Resolución General 5362/2023, que fija una actualización anual, con vigencia a partir del 1 de abril de cada año.

Se deberá obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) cuando el precio consignado resulte igual o superior a $ 22.810.177. Foto: Imagen ilustrativa - Gustavo Rogé / Los Andes.
Se deberá obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) cuando el precio consignado resulte igual o superior a $ 22.810.177. Foto: Imagen ilustrativa - Gustavo Rogé / Los Andes.

¿Cuál es el monto mínimo para autos?.

Se deberá obtener el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) cuando el precio pactado de la venta o, de existir, su valor según la tabla de valuaciones, para el cálculo de aranceles, el mayor de ellos, resulte igual o superior a $ 10.919.766.

En el caso de los vehículos y las motos usadas, las operaciones de intermediación y compraventa de vehículos automotores usados deberán ser informadas a partir de los $ 2.669.276 y las de motovehículos, desde los $ 1.091.977.

¿Cuál es el monto mínimo para Operaciones inmobiliarias?

Se deberá obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) cuando el precio consignado o la base imponible fijada para el pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares, o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate, cualquiera de ellos, resulte igual o superior a $ 22.810.177.

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