22 de abril de 2020 - 12:00

Una por una: estas son las 10 actividades que podrían reabrirse en Mendoza

Las posibles excepciones abarcan diversos rubros, y en algunos casos con la obligación de realizar entregas a domicilio.

En la última reunión que mantuvo el presidente con gobernadores e intendentes de todo el país se habilitó la posibilidad de extender las excepciones para otras actividades (además de farmacias, venta de alimentos y bancos) que podrían trabajar durante la cuarentena, con las debidas precauciones.

Pero los equipos del gobernador, Rodolfo Suárez, están trabajando en los protocolos para que puedan funcionar otros sectores económicos de la provincia.

 

Los rubros para Mendoza

Así, y aunque todavía no se ha tomado la decisión, y hasta ahora se han seguido únicamente los lineamientos nacionales,  los equipos de Suárez trabajan en protocolos que permitirían "reabrir" diez actividades más en nuestra provincia:

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  1. Construcción civil:
  2. Comercio y servicios que implican atención personalizada
  3. Industria manufacturera:
  4. Industrias alimenticias:
  5. Gastronomía:
  6. Hotelería
  7. Esparcimiento:
  8. Proveedores de servicios domiciliarios:
  9. Cosecha de diferentes producciones de la región.
  10. Transporte:

Actividades habilitadas por Nación

Quienes sí pueden abrir desde comienzos de esta semana, son los comercios que fueron habilitados por la Nación, pero tienen que atenerse a las reglas, como realizar sólo con envíos a domicilio, o funcionar con turno. En ningún caso, se permite que asistan varias personas y permanezcan dentro de un comercio o sala de espera de manera libre.

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10 rubros más:

1-Oficinas de rentas de las provincias, pero con sistemas de turnos y guardias mínimas.

2-Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos (se extendió el plazo máximo para registrar a un niño recién nacido a 60 días).

3-Venta de mercadería ya elaborada en comercios minoristas, a través de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con los clientes. Se utilizará la entrega a domicilio para la entrega, y continúa prohibida la opción de abrir las puertas del comercio para atender al público en general.

4-Atención médica y odontológica. Con turno, y para casos en los que se necesite un seguimiento de enfermedades crónicas, o situaciones impostergables.

5- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen (con turno previo).

6- Ópticas (con turno).

7- Peritos de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros. No podrán atender al público, y todos los trámites, incluyendo pagos, se deberán hacer de forma virtual.

8-Establecimientos que se encarguen de atender a víctimas de violencia de género.

9-Producción para la exportación (con previa autorización del Ministerio de Desarrollo Productivo).

10-Empresas de cobro de servicio: deberán restringir la presencia de personas dentro del local y disponer de personal para organizar la fila de clientes en el exterior.

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Bancos y cajeros 

Para acceder a la sucursal es necesario sacar un turno por los canales que el banco ponga a disposición (el sitio web y otros canales). El banco y el cliente podrán coordinar el turno para cualquier día de la semana. El comprobante del turno gestionado previamente sirve como permiso de circulación y se solicitará para ingresar al banco.

En las sucursales se puede realizar operaciones como la apertura de cuentas, gestionar un préstamo, presentar documentación, acceder a las cajas de seguridad, hacer gestiones vinculadas a las cuentas, tanto de personas como de empresas. Ahora se suma la posibilidad de realizar operaciones en dólares, tanto para el depósito como extracción, pero siempre con un turno asignado.

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Las operaciones de retiro y depósito en pesos se mantienen por los cajeros automáticos o terminales de autoservicios u otro sistema puesto a disposición por la entidad. En el caso grandes volúmenes de efectivo, cualquiera sea la actividad, se deberá acordar con la entidad la forma en que podrá depositar o extraer billetes.

Los cajeros automáticos tienen la obligación de expender como mínimo hasta $15.000 por día -y en una única operación, si el cliente así lo quisera- y su utilización no genera cargos ni comisiones, tanto para clientes como para no cliente de la entidad financiera, hasta el 30 de junio.

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También se puede retirar dinero en comercios o puntos de extracción adheridos, como supermercados o farmacias.

Las casas de cambio permanecerán cerradas para la atención al público presencial. No obstante, podrán operar en forma remota.

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