El próximo 6 de noviembre, los regantes y usuarios que estén en condiciones de participar, deberán votar en un elección democrática, a las autoridades que administrarán el agua en los próximos 4 años.
El próximo 6 de noviembre, los regantes y usuarios que estén en condiciones de participar, deberán votar en un elección democrática, a las autoridades que administrarán el agua en los próximos 4 años.
Regulados por la Ley 5.302 y su modificatoria la Nº5.664, en estos comicios se renuevan Inspectores de Cauce y Delegados para el período 2023-2026, bajo la modalidad de simple mayoría de votos emitidos y por el sistema de lista completa.
Las Elecciones de Inspecciones de Cauce son de vital importancia, ya que las Inspecciones son organizaciones conformadas por los propios usuarios, quienes eligen a los encargados de la distribución del agua, administrando los canales secundarios y terciarios. Su máxima autoridad, el Inspector de Cauce, es quien realiza los cuadros de turno y elabora los presupuestos de gastos que anualmente se requieren, para la conservación de las tomas, obras y distribución del agua.
Además, es responsable de los fondos que administra y de los cuales rinde cuenta a Irrigación y a los regantes que los eligieron, anualmente. Asimismo, cumplen funciones de vigilancia y policía en la red que administra la Inspección, tiene facultades sancionatorias, pudiendo imponer multas a los usuarios que infrinjan las prescripciones de la normativa vigente.
Aquellos propietarios de inmuebles de 1.000 m2 o más, beneficiarios de concesiones para uso de agua pública superficial, empadronados en el cauce cuyas autoridades se elijan.
El voto es obligatorio y el incumplimiento es sancionado con una multa equivalente a tres veces la cuota de sostenimiento del Departamento General de Irrigación, correspondiente a una hectárea de riego. Se vota en los establecimientos ubicados en la zona de influencia del cauce, cuyo detalle se publicará próximamente.
Pueden postularse regantes de la Inspección, argentinos y con una residencia permanente de por lo menos cinco años en Mendoza, mayores de edad que posean un inmueble con concesión para uso de agua pública superficial para 1.000 m2 como mínimo, empadronados en el cauce al que se presenten como candidatos.
No deben tener inhabilitaciones legales, y haber regularizado el pago de los tributos de riego. También pueden presentarse personas jurídicas que cumplan con los requisitos anteriormente expresados y el cargo será ejercido por su representante legal.
Según lo normado por Resolución N°383/10 y su modificatoria del Honorable Tribunal Administrativo se estableció el siguiente cronograma:
Quienes deseen obtener más información deberán contactarse con: