18 de marzo de 2026 - 11:19

El Gobierno derogó una normativa del kirchnerismo que limitaba las patentes farmacéuticas

La gestión de Javier Milei dio de baja la resolución de 2012 que facilitaba la producción de medicamentos genéricos. Sturzenegger impulsó la medida para "alinear al país con estándares internacionales".

Tras más de una década, el Gobierno nacional firmó este miércoles la derogación de la "resolución conjunta" de 2012. Esta normativa, creada bajo la presidencia de Cristina Kirchner, limitaba la variedad de productos químicos y biotecnológicos que podían ser patentados en el país, algunos del sector se quejaban argumentando que en la práctica permitía a las empresas locales copiar fórmulas extranjeras con mayor libertad.

La medida, adelantada por Clarín, responde a un pedido expreso de los Estados Unidos en el marco del reciente acuerdo de patentes. El cambio lleva la firma de tres áreas estratégicas: el Ministerio de Salud, el Ministerio de Economía y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).

El impulso de Sturzenegger y el factor Trump

La derogación contó con un fuerte empuje del ministro de Desregulación y Modernización, Federico Sturzenegger, quien celebró la decisión en sus redes sociales. Según fuentes oficiales, esta es la primera de una serie de modificaciones legales diseñadas para sintonizar con la administración de Donald Trump.

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Qué dice la nueva resolución

El Gobierno argumenta que el objetivo es mejorar la "seguridad jurídica" y promover la llegada de nuevas tecnologías en salud, sin afectar la continuidad de los productos ya disponibles en el mercado. Entre lo más destacado de la nueva normativa figura que se eliminan las pautas restrictivas que regulaban el examen de patentes químico-farmacéuticas en Argentina.

Además, introduce un esquema llamado transitorio, que en la práctica significa que no será retroactiva: si un medicamento ya se comercializa en el país al día de hoy, el dueño de la patente original no podrá impedir su venta ni reclamar compensaciones económicas por el pasado.

"Dispóngase que, para el caso de patentes concedidas a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución vinculadas a productos farmacéuticos que para dicha fecha estén siendo comercializados por terceros localmente, los titulares de las patentes no tendrán derecho a impedir la continuación de la comercialización ni a requerir una retribución", dice la resolución.

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