En base a fotos y videos de testigos enviados por WhatsApp, la Municipalidad de Las Heras aplicará multas a quienes cometan infracciones en las rutas provinciales y nacionales que atraviesen su territorio, especialmente la RN7, principal corredor a Chile y escenario de múltiples denuncias en los últimos meses.
Así lo definió el decreto municipal N° 240/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial con la firma del intendente Francisco Lo Presti. La comuna se apoyó en la Ley Provincial Nº 9.024, que delega en los municipios el poder de policía dentro de sus territorios, incluso en rutas de jurisdicción nacional o provincial, "siempre limitándose a la potestad de control y juzgamiento administrativo de infracciones cometidas dentro del territorio municipal".
Basándose en la misma norma provincial, Las Heras multará las maniobras de adelantamiento en doble línea amarilla; sobrepaso en curva, puente o intersección señalizada; circulación en contramano; y otras maniobras expresamente prohibidas por la Ley 9.024 que generen riesgo cierto e inmediato para terceros.
Más de 6 horas de espera en el paso hacia Chile: habilitaron los paradores. | Foto: Los Andes
La Ruta 7 hacia Chile, con videos de vecinos y mensajes por WhatsApp para multar infracciones
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"Quedan expresamente excluidas infracciones que requieran medición técnica o instrumental, tales como exceso de velocidad, alcoholemia, pesaje o verificación mecánica específica", aclaró el municipio sobre los alcances de las infracciones tipificadas en el nuevo decreto.
Para denunciar, los usuarios deberán comunicarse a través de un número por WhatsApp (a definir) destinado exclusivamente a la recepción de registros gráficos. Según Las Heras, "el canal tendrá carácter meramente operativo y preventivo, y el envío del material no constituye denuncia formal ni genera infracción automática".
"El tratamiento de los datos personales contenidos en los registros se ajustará a la Ley 25.326, garantizando confidencialidad, uso exclusivo para fines administrativos y acceso restringido. La remisión maliciosa de registros falsos podrá dar lugar a las responsabilidades legales correspondientes", agregó.
Después vendrá el turno del funcionario, que interceptar al vehículo a los fines de identificación y labrado del acta. Sólo procederá actuación cuando se advierta infracción tipificada; existan elementos de juicio suficientes para identificar al infractor; y exista contemporaneidad razonable.
Para evitar malentendidos, el funcionario deberá dejar constancia en el acta del archivo visualizado, indicando fecha, hora, formato y medio de recepción.
Una vez constatada la infracción, la persona recibirá un acta en la que aparecerá explícito que fue a partir de un registro gráfico como elemento probatorio digital.
"Los registros serán almacenados en soporte digital institucional con mecanismos de seguridad que aseguren integridad, inalterabilidad y trazabilidad, debiendo conservarse por un plazo mínimo de dos años o hasta la firmeza de la resolución administrativa", señalaron desde Las Heras.
"Se garantiza el pleno ejercicio del derecho de defensa, presunción de inocencia y debido proceso conforme Ley 9003", insistieron.