31 de enero de 2025 - 21:07

PAMI vuelve a dar medicamentos gratuitos en toda la provincia de Mendoza: los motivos

El PAMI aceptó la cautelar que se negaban a aplicar en Mendoza. Debían publicar la medida en el Boletín Oficial y en un medio masivo. Curiosa elección.

Además la Justicia impuso una multa de $100.000 por día al PAMI Mendoza por cada jornada que pase sin cumplir con la medida cautelar.

Lo cierto es que el organismo hizo las publicaciones correspondientes en el Boletín Oficial y en un medio de circulación masiva. Lo curioso es que eligieron el portal Minuto YA. Guido Ignacio Carcedo, apoderado judicial y patrocinante legal del PAMI se lo hizo saber al juez federal ayer 30 de enero.

"En ese sentido, conforme lo requerido por la actora y por VS, adjunto constancia de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza, donde surge la comunicación de la Medida cautelar dictada por VS, en un medio de comunicación digital de circulación masivo y legal de la Provincia de Mendoza, conforme lo establecido por el CPCCN. Asimismo, mi mandante publicó la referida Medida cautelar en un medio de comunicación digital de circulación masiva - https://www.minutoya.com/- , tal como lo solicito la parte actora y lo ordeno VS. (se agrega respaldo documental)", dice parte del escrito enviado.

El director de Pami en Mendoza, el abogado David Litvinchuk
El director de Pami en Mendoza, el abogado David Litvinchuk
El director de Pami en Mendoza, el abogado David Litvinchuk

Por otra parte, indica que "en ambas publicaciones, se publicó la Medida Cautelar con la primera parte de los considerandos (de donde surge una síntesis de la acción de amparo), y por otro lado, se incluyó la parte resolutiva, a los fines de evitar opiniones subjetivas sobre la medida cautelar dictada por VS, que pueden llegar a confundir a los afiliados de mi representado. Por todo lo expuesto, se solicita a VS, tenga a bien tener por cumplida el emplazamiento de marras, y se dejen sin efecto la posibilidad de aplicar astreintes a mi mandante, en particular contra el Dr. David Litvinchuk -Director Ejecutivo UGL IV Mendoza- y el Dr. Esteban Leguizamo -Director Ejecutivo- del INSSJP PAMI".

Luego, en el petitorio, deja en claro que los actos útiles permiten tender cumplida "la Medida cautelar dictada contra mi mandante", además de haber cumplido con el emplazamiento notificado.

Escrito PAMI

El litigio con PAMI

Un festival de presentaciones judiciales se realizaron en Tribunales Federales, desde que el juez Quirós falló a favor del planteo impulsado por Jubypen Mendoza (Asociación de Jubilados y Pensionados de Mendoza), el pasado 26 de diciembre.

Luego del planteo de los abogados kirchneristas Marisa Uceda y Carlos Blanco, Quirós suspendió la resolución 2431/2024 del PAMI que modificaba el vademécum de medicamentos esenciales y el procedimiento de acceso a los mismos, con alcance para todo el territorio provincial.

Además, el juez Quirós habilitó la feria judicial para tratar los cuestionamientos de fondo que impulsa la organización de adultos mayores.

Lo cierto es que, el abogado Guido Carcedo, en su rol de apoderado judicial y patrocinante legal del PAMI Mendoza, presentó el viernes 3 de enero un recurso de apelación contra la resolución del Juzgado Federal Nº 2, argumentando que incurrió en agravios que constan de “vicio de nulidad absoluta”.

“Mi mandante jamás dejó de brindar a sus afiliados –en la Provincia de Mendoza y en la República Argentina- la cobertura de medicamentos al 100 %”, afirmaron desde el organismo que conduce Litvinchuk en la provincia.

Mediante la accesibilidad a un subsidio social, conforme parámetros de validación que son contemplados teniendo en cuenta aspectos de vulnerabilidad que pueden afectar a sus beneficiarios, y aún en el caso en que cierta molécula dejará de contar con la cobertura al 100%, existen parámetros de porcentajes de cobertura mayores a los de la norma habitual”, argumentó también el PAMI.

Y agregó: “Las coberturas son de “hasta el 80%” y el precio de mercado es “30% más económico que el de acceso por cualquier otra cobertura médica asistencial”.

La decisión de Garnica

Cuestionando la resolución del juez Quirós de “arbitrariedad”, desde el PAMI solicitaron su revocación y que “se conceda el recurso de apelación interpuesto, con efecto suspensivo, debiéndose elevar las actuaciones al superior en forma de estilo”.

El juez Garnica respondió ese mismo día, concediendo el recurso. Además, dispuso que se amplíe la habilitación de feria judicial para que la Cámara Federal de Apelaciones lo trate. Pero no avaló la suspensión temporal que pedía el PAMI.

El PAMI no se quedó de brazos cruzados y volvió a la carga solicitando que “se revoque el efecto devolutivo de la concesión del recurso de apelación presentado, estableciendo el efecto suspensivo”.

El juez Garnica mantuvo su decisión inicial y le respondió casi inmediatamente: “Rechácese el recurso interpuesto contra el decreto de fecha 03/01/2025”, dispuso el magistrado.

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