22 de junio de 2025 - 06:00

"Negligencia": habrá sanciones económicas para funcionarios que no cumplan con sus obligaciones

En la Legislatura hay dos proyectos de leyes con media sanción que buscan sancionar con multas patrimoniales la negligencia de los funcionarios.

La Legislatura está a punto de dar sanción definitiva a dos proyectos de leyes que buscan mejorar la performance del Estado provincial ante las demandas que recibe. Las iniciativas apuntan a que la Provincia brinde respuestas más eficientes, frente los reclamos judiciales y a sancionar a los funcionarios que incumplan con sus obligaciones administrativas.

Ambas propuestas, presentadas por el senador del Partido Demócrata, Armando Magistretti y que cuentan con media sanción de la Cámara Alta por unanimidad, están enfocadas en combatir la demora injustificada o el silencio de los organismos públicos frente a peticiones formales de la ciudadanía.

“Estos proyectos vienen a terminar con la negligencia por parte de los funcionarios en el ejercicio de sus competencias y que estos actos no queden impunes. Esto sin importar el color político del gobierno de turno”, comentó el senador provincial a Los Andes.

El primero de los proyectos, que ya fue tratado en Diputados y ahora vuelve al Senado para su revisión, propone incorporar un artículo 38 bis al Código Procesal Administrativo (Ley 3918). El objetivo de la propuesta es establecer una responsabilidad concreta para quienes incumplen los plazos administrativos y evitar que el silencio del Estado afecte los derechos de la ciudadanía.

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El senador provincial del Partido Demócrata, Armando Magistretti.

El senador provincial del Partido Demócrata, Armando Magistretti.

El texto establece que, en casos de admisión formal de Acciones Procesales Administrativas (APA) por denegación tácita, el tribunal deberá identificar en su resolución al funcionario negligente y requerir a la autoridad administrativa que le aplique las sanciones correspondientes.

La figura de la “denegación tácita” se configura cuando la administración no responde a una petición dentro del plazo legal, y la ley interpreta ese silencio como una negativa.

“Se trata de una práctica que vulnera el derecho de defensa y genera indefensión para el ciudadano, que termina conociendo los argumentos del Estado recién cuando este contesta la demanda judicial”, sostiene el proyecto.

“Al quedar identificados pueden ser sancionados por su mal proceder o su inacción. Creo que ayudan a terminar con la impunidad, protegiendo a los ciudadanos”, sostuvo Magistretti.

Según datos aportados por el legislador provincial, durante 2024 se dictaron unas 200 sentencias en procesos administrativos, de las cuales casi 50 se iniciaron por denegación tácita. En lo que va de 2025, esa proporción se mantiene, con 10 casos entre 40 sentencias.

Sin embargo, en ninguno de estos casos se sancionó al funcionario responsable, pese a que los tribunales constataron la falta disciplinaria prevista en la normativa vigente.

PROYECTO DENEGACIÓN TÁCITA 80417.pdf

El llamado de atención de Diputados

Durante el debate en Diputados, se introdujo una modificación al texto originalmente aprobado por el Senado, que regula las consecuencias de la denominada “denegación tácita” por parte de la administración pública.

La iniciativa modifica el artículo 38 de la norma vigente, que establece que la Suprema Corte de Justicia de Mendoza debe resolver sobre la admisión formal de una acción judicial una vez reunidos los antecedentes.

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La Cámara de Diputados durante la sesión del proyecto de denegación tácita.

La Cámara de Diputados durante la sesión del proyecto de denegación tácita.

Esa admisión puede basarse en una resolución administrativa o en la falta de respuesta por parte del Estado, lo que se conoce como denegación tácita. Según los fundamentos del proyecto, este tipo de silencio administrativo vulnera el derecho de defensa y deja al ciudadano en una situación de indefensión.

Por ello, la modificación incorporada en la Cámara Baja propone que, en los casos en que se admita una acción judicial por denegación tácita, el tribunal identifique en su resolución al funcionario o agente responsable de la demora.

De este modo, se podrá solicitar al organismo correspondiente que aplique las sanciones previstas en el artículo 2° de la Ley 9003, que regula las faltas disciplinarias.

El proyecto de amparo por "urgimiento"

La segunda iniciativa, que también cuenta con media sanción y fue enviada a la Cámara de Diputados, modifica el artículo 219 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario (Ley 9001).

Allí se establece que, cuando prosperen los amparos por mora —también conocidos como “de urgimiento”—, las costas del proceso no solo sean impuestas al Estado, sino también, en forma solidaria, al funcionario individualmente identificado como responsable de la demora.

La medida busca aplicar de forma efectiva el artículo 2 de la Ley 9003 de Procedimientos Administrativos, que considera la negligencia en el ejercicio de la competencia como una falta disciplinaria sancionable.

PROYECTO AMPAROS POR MORA.pdf

“El objetivo es terminar con la impunidad de los funcionarios que, por omisión o negligencia, causan daño al ciudadano y al propio Estado”, explicó Magistretti en los fundamentos del proyecto.

Entre febrero y mayo de 2024 se dictaron 55 sentencias por amparo por mora en juzgados civiles, de las cuales 40 fallaron a favor de los ciudadanos con imposición de costas al Estado, según los datos presentados por el legislador.

Según el presidente del Partido Demócrata de Mendoza, ambos proyectos comparten el mismo espíritu: identificar responsables y reducir el margen de impunidad dentro del Estado.

Para Magistretti, la clave está en “moralizar la función pública” y establecer consecuencias reales para los actos u omisiones de quienes integran la administración.

La millonaria cifra que pagó el Gobierno en 2024

Según el informe anual de la Fiscalía de Estado, en 2024 la Provincia pagó más de 6.915 millones de pesos en cumplimiento de sentencias judiciales. De ese total, el 75% correspondió a intereses: 5.156 millones de pesos, producto de demoras administrativas del Gobierno en responder las demandas.

De acuerdo con la Fiscalía, órgano extrapoder encargado de cancelar los juicios, el monto representa un crecimiento del 188% en relación con lo abonado en 2023.

La incidencia de los intereses en las sentencias de 2024 se explica, principalmente, porque hasta mediados de mayo se utilizó para calcularlos la tasa UVA (Unidad de Valor Adquisitivo). Es decir, se ajustaban por inflación, la cual creció en los últimos años en el país.

Por otra parte, el presupuesto 2025 de la Fiscalía de Estado prevé una erogación de $3.097 millones para la cancelación de 373 juicios con sentencia firme en contra del Estado.

En el listado se destacan 48 fallos por daños y perjuicios, 71 acciones procesales y administrativas, 27 acuerdos transaccionales, y 40 amparos sindicales y expropiaciones, entre otros.

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