El largo litigio judicial entre la UNCuyo y la familia Vila por terrenos sumó esta semana un nuevo capítulo, a partir de un dictamen de la Procuración General de la Nación que favoreció al reclamo de la casa de altos estudios.
La Procuración General de la Nación aceptó un recurso de la UNCuyo contra un fallo de la Cámara Federal que permitía a privados conservar una parte de los terrenos. No es vinculante y la Corte tiene la última palabra.
El largo litigio judicial entre la UNCuyo y la familia Vila por terrenos sumó esta semana un nuevo capítulo, a partir de un dictamen de la Procuración General de la Nación que favoreció al reclamo de la casa de altos estudios.
El dictamen, que lleva la firma de la Procuradora Laura Mercedes Monti, sostiene que el planteo de la UNCuyo contra un fallo anterior de la Cámara Federal de Mendoza, que favorecía a los Vila, es procedente. Monti señala que, en consecuencia, se debe hacer lugar a la queja ante la Corte Suprema de la Nación para asegurar el cumplimiento integral del desalojo en los terrenos en disputa.
La decisión de la Procuración General es una opinión técnica, no vinculante, pero se trata del paso previo al fallo definitivo y se convierte en un antecedente de peso para la resolución del pleito en la Corte nacional.
El conflicto es antiguo y comenzó cuando el empresario Alfredo Luis Vila promovió una demanda de usucapión (conseguir el dominio de un bien por el paso del tiempo) contra el Estado Nacional para obtener la posesión de una fracción de terreno ubicada al oeste de la Avenida Champagnat.
El 18 de septiembre de 2012, la Corte nacional rechazó esta demanda y ordenó el desalojo del actor. La Corte determinó que los terrenos en disputa son de dominio público y que no se había acreditado que el Estado Nacional hubiera realizado actos para desafectarlos de ese régimen.
Pero luego, en la etapa de cumplimiento de la sentencia, surgió una controversia porque solo se restituyó una parte del terreno (aproximadamente 6,7 hectáreas). La Cámara Federal de Mendoza consideró que el resto (alrededor del 40% del total) estaba ocupado por terceros que no fueron parte del juicio y que no podían ser desalojados sin un nuevo proceso que garantizara su derecho de defensa.
Aquel fallo rechazaba extender la sentencia a los socios de Dalvian S.A. mediante el levantamiento del velo societario.
La UNCuyo entonces apeló esa sentencia para que el desalojo fuera total y que el fallo de la Corte resultara obligatorio para todos los ocupantes, no solo para el actor original. Interpuso un recurso de queja sosteniendo que la decisión de la Cámara violaba la cosa juzgada y se apartaba de lo dispuesto por la Corte Suprema.
Pidió la institución que la restitución de terrenos fuera total e ineludible y advirtió que la porción ya entregada era algo "inútil", dado que carecía de acceso propio sin la posesión de la parte restante.
Esta semana, en su dictamen de 8 páginas, la Procuradora Monti dictaminó que este recurso era procedente, que la sentencia de la Cámara se apartaba de lo resuelto por la Corte y que limitar el desalojo sólo al actor original frustraría la solución real del pleito.
"No parece razonable considerar que la sentencia que condenó al desalojo comprendía solamente al actor y que se ha tornado imposible de cumplir en su totalidad ante la supuesta existencia de terceros poseedores –que no participaron en el proceso- en una porción de los terrenos a desalojar. De seguirse este criterio, se estaría haciendo prevalecer el texto formal del fallo soslayando así la solución real adoptada con sustento en que se trata de bienes del dominio público, la que se vería frustrada de no procederse al desalojo de la totalidad del predio en desmedro de los derechos de sus legítimos propietarios", dice uno de los últimos párrafos del dictamen.
Concluyó entonces que "corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia" de la Cámara Federal de Mendoza.
Las autoridades de la UNCuyo -hoy en pleno proceso electoral- fueron consultadas por este diario sobre el dictamen judicial, pero al cierre de la nota, no habían emitido opinión.