El ministro de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad, presentó los proyectos de ley de Avalúo e Impositiva y Presupuesto 2026 en la Legislatura este miércoles y anunció que el Impuesto Inmobiliario tendrá ajustes en la valuación de las zonas rurales.
El ministro de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad, presentó los ejes de las leyes Avalúo e Impositiva 2026. Los propietarios de zonas rurales cotizadas sufrirán aumentos importantes.
El ministro de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad, presentó los proyectos de ley de Avalúo e Impositiva y Presupuesto 2026 en la Legislatura este miércoles y anunció que el Impuesto Inmobiliario tendrá ajustes en la valuación de las zonas rurales.
La ley aplicará la “recategorización de parcelas” conforme a la Ley N° 8051 de Ordenamiento Territorial de Mendoza, la Ley N° 8999 de Plan Provincial de Ordenamiento Territorial y las ordenanzas municipales. Las modificaciones incluyen el pasaje de “parcelas suburbanas a urbanas, de rurales a de interfaz y de secanas a rurales o de interfaz”.
Además, se mantendrá la metodología de valuación masiva introducida en 2024 por el Observatorio del Mercado Inmobiliario de la Dirección de Catastro, y se actualizarán los tramos de avalúos para conservar las alícuotas efectivas vigentes.
El ministro Fayad explicó que el impuesto inmobiliario tiene dos componentes: el valor de la tierra y el valor de la mejora. En el caso de las zonas urbanas, se aplicó la actualización desde hace dos años, a valores del mercado. Entonces, lo que se proponen en esta etapa es ampliar el concepto a las tierras rurales.
“Incorporamos mejoras no declaradas de la zona urbana a las bases imponibles y lo que pretendemos hacer el año que viene es actualizar a valor de mercado, las propiedades rurales”, anunció.
Fayad explicó que en la ley de Avalúo actual se consideraban valores de mercado de “hace 30 años”, lo que generaba distorsiones en sectores rurales que ahora están mucho más cotizados.
El funcionario puso de ejemplos dos zonas del Valle de Uco que están altamente cotizadas, pero tributan un impuesto inmobiliario mucho más bajo que otras de menor valor de mercado.
Una hectárea de Gualtallary (Tupungato) paga un 40% menos que una hectárea en Nueva California (San Martín), porque “hace 30 años esta zona era más valiosa”, aseguró. O el caso de una hectárea en Los Chacayes (Tunuyán) que tributaba el 50% menos que una de Los Barriales (Junín) y con este ajuste, pasará a pagar 3 veces más que este distrito.
“Eran valores de hace 30 años y lo único que se ha hecho es actualizar según inflación. Entonces se generan estas distorsiones, que cuando nosotros empezamos a cruzarlas con la nueva metodología de valuación, que son conformes a los valores de mercado como usamos en el urbano, surgen estos nuevos valores”, anticipó Fayad.
También la ley impositiva contempla una exención del pago del impuesto inmobiliario para aquellos contribuyentes que hayan sufrido una usurpación de un inmueble.
Aquel que haya sido desposeído ilegítimamente de un inmueble por causas ajenas a su voluntad, podrá solicitar la exención del tributo correspondiente, siempre que cumpla con los requisitos: