4 de febrero de 2026 - 12:41

Hasta 50 años de cárcel: la escala de condenas para todos los "culpables" del juicio a Walter Bento

La escala penal abstracta de condenas de cárcel para los delitos por los cuales el TOF2 declaró culpables a los imputados del juicio a Bento.

Hoy comienza el "juicio de cesura" en el que se resolverán los montos de las condenas para Walter Bento y todos los implicados en la asociación ilícita que, según resolvió este martes el Tribunal Oral Federal Número 2, el exjuez federal comandaba.

Hasta el viernes se discutirán los años de cárcel que le corresponderán a cada uno de los "culpables", desde dos de los familiares de Bento hasta los organizadores y miembros de la asociación ilícita.

Finalmente el TOF2 dictará las condenas, que se construirán a partir de las escalas penales en abstracto. Esas escalas establecen penas de cárcel mínimas y máximas para los delitos que el tribunal le asignó a cada uno.

En el caso de Bento, la escala penal abstracta oscila entre los 5 y 50 años de prisión. El exjuez era el máximo responsable, pero hay otra persona que está sujeta a la misma escala de hasta 50 años. Se trata del abogado Luciano Ortego, a quien el TOF 2 ubicó entre los organizadores de la asociación ilícita.

Las escalas para fijar condenas

A continuación, las escalas de condenas a las que están sujetas todas las personas que consideró culpables el tribunal:

-Walter Bento: entre 5 y 50 años de cárcel.

Esto debido a que, según el fallo del TOF2, fue declarado culpable "por el delito de asociación ilícita en calidad de jefe, en concurso real con el delito de cohecho pasivo por ocho hechos en calidad de autor, todos a su vez en concurso real entre sí -en relación a los casos N° 1, 2, 3, 4, 6, 7, 9 y 10- en concurso real con el delito de enriquecimiento ilícito, en calidad de autor, en concurso real con el delito de lavado de activos agravado por haber sido cometido como miembro de una banda y por haberlo cometido en ejercicio u ocasión en su carácter de funcionario público; en concurso real con el delito de falsedad ideológica por dos hechos en concurso real entre sí -estos tres últimos delitos en grado de coautor- y, a su vez, en concurso real con el delito de ocultamiento e inutilización de un objeto destinado a servir como prueba, en carácter de autor.

-Luciano Ortego: entre 5 y 50 años de cárcel.

Según la letra del fallo, Ortega cometió "el delito de asociación ilícita en carácter de organizador, en concurso real con el delito de cohecho pasivo en calidad de partícipe necesario, por cuatro hechos -en relación con los casos N° 1, 2, 3 y 4- todos a su vez en concurso real entre sí".

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-Jaime Alba: entre 5 y 22 años de cárcel.

De acuerdo con la letra del fallo, "por el delito de asociación ilícita en carácter de organizador, en concurso real con el delito de cohecho pasivo en calidad de partícipe necesario, por un hecho en relación al caso N° 7".

-Walter Bardinella Donoso: entre 4 y 34 años de cárcel.

Culpable "por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con el delito de cohecho pasivo en calidad de partícipe necesario por dos hechos, ellos a su vez en concurso real entre sí, en relación con los casos N° 2 y 3, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, en calidad de autor por un hecho, en relación al caso N° 1", según se lee en el fallo.

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-Leopoldo Antonio Ríos: de 2 a 28 años y 8 meses de prisión.

En la sentencia se lee que el TOF2 lo consideró culpable "por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con el delito de cohecho pasivo en calidad de partícipe necesario por dos hechos, ellos a su vez en concurso real entre sí -en relación con los casos N° 1 y 3-, en concurso real con el delito de cohecho activo en calidad de coautor por un hecho, en relación al caso N° 8".

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-Alejandro Matías Aramayo: de 2 a 22 años y 8 meses de cárcel.

Culpable "por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con el delito de cohecho pasivo en calidad de partícipe necesario por dos hechos, ellos a su vez en concurso real entre sí, en relación con los casos N° 1 y 3", dice el fallo.

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-Luis Francisco Álvarez: entre 4 y 22 años de prisión.

Culpable "por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con el delito de cohecho pasivo en calidad de partícipe necesario por un hecho, en relación con el caso N° 10", según el fallo.

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-José Gabriel Moschetti: entre 3 y 12 años de cárcel.

Culpable "por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con el delito de violación de secretos, éste a su vez en concurso ideal con el delito de violación de deberes de funcionario público", de acuerdo con la sentencia.

-Marcos Calderón: de 1 a 4 años de prisión.

Culpable "por el delito de cohecho activo agravado en calidad de autor por un hecho, en relación con el caso N°4".

-Daniel Martínez Pinto: entre 2 y 6 años de cárcel.

Culpable "por el delito de cohecho activo agravado por un hecho en calidad de autor en relación con el caso N°10".

-Eugenio Javier Nasi: de 2 a 6 años de prisión.

Culpable "por el delito de cohecho activo agravado por un hecho en calidad de autor en relación con el caso N°10".

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-José María Sanguedolce: de 2 a 6 años de prisión.

Culpable "por el delito de cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor en relación con el caso N° 9".

-Martín Bazán: entre 2 y 6 años de cárcel.

Culpable "por el delito de cohecho activo en calidad de coautor por un hecho, en relación al caso N° 8".

-Alfredo Aliaga: entre 2 y 6 años de cárcel.

Según el fallo, culpable "por el delito de cohecho activo agravado, en calidad de coautor, por un hecho respecto del caso N°7".

-Juan Carlos Molina: entre 2 y 6 años de prisión.

De acuerdo con la sentencia, culpable "por el delito de cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor en relación con el caso N° 3".

-Marta Boiza: de 4 años y seis meses a 25 años y cuatro meses.

Según el fallo, Boiza es culpable "por el delito de enriquecimiento ilícito, en calidad de partícipe necesaria, en concurso real con el delito de lavado de activos agravado por haber sido cometido como miembro de una banda, en carácter de coautora, en concurso real con el delito de falsedad ideológica por dos hechos -a su vez, en concurso real entre sí- en calidad de coautora".

-Nahuel Bento: entre 4 años y seis meses y 13 años y 4 meses.

De acuerdo con la sentencia, culpable "por el delito de lavado de activos agravado por haber sido cometido como miembro de una banda, en calidad de coautor".

El fallo completo:

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