El Gobierno de Alfredo Cornejo dispuso la continuidad automática de distintas modalidades de contratación y prestación de servicios dentro del Poder Ejecutivo provincial hasta el 31 de marzo de 2026. La medida quedó formalizada a través del Decreto 2736, publicada en el Boletín Oficial y cuenta con la firma de todo el gabinete.
La decisión extiende, desde el 1 de enero y hasta el 31 de marzo del próximo año, la vigencia de contratos, designaciones interinas, adscripciones y otros vínculos laborales que se encontraban activos al 31 de diciembre de 2025, siempre que las erogaciones correspondientes sean afrontadas con partidas financiadas por Rentas Generales o Recursos Afectados de origen provincial o nacional, en la medida en que la recaudación efectiva lo permita.
El decreto alcanza a agentes que se desempeñan bajo diferentes figuras, entre ellas adscripciones, designaciones interinas conforme a la Ley 9015, contratos de planta temporaria previstos en el Decreto Ley 560/73, y personal que percibe adicionales o suplementos de cualquier naturaleza.
También incluye a personas contratadas mediante locación de obras o servicios y honorarios determinados en horas módulo deportivo.
Además, la norma contempla la prórroga automática de contratos correspondientes a la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI), cuyos vencimientos operaban el 31 de diciembre de 2025 y que se encuentran financiados con fondos provenientes de organismos de crédito internacional. Según se detalla en el decreto, el objetivo es facilitar la continuidad de obras que dependen de este tipo de financiamiento.
La continuidad de las prestaciones se realizará en las mismas condiciones vigentes al cierre de 2025, incluyendo funciones, horarios y honorarios habituales, y estará supeditada a la efectiva prestación de los servicios.
El decreto aclara que no será necesaria la firma de nueva documentación, cláusulas adicionales ni la emisión de actos administrativos específicos para hacer efectiva la prórroga.
No obstante, se establece que los ministros del Poder Ejecutivo y las autoridades superiores de los entes descentralizados podrán disponer modificaciones o el cese de las adscripciones y prestaciones durante el período de prórroga, mediante la emisión de la norma legal correspondiente, en aquellos casos que lo consideren necesario.
Finalmente, el decreto fija como fecha límite e improrrogable de la continuidad automática el 31 de marzo de 2026 y encomienda a los servicios administrativos de cada organismo la adecuación de las partidas presupuestarias y la registración de las distintas etapas del gasto, en caso de corresponder.
El decreto