El Gobierno de Alfredo Cornejo oficializó este martes, mediante el Decreto 1673 publicado en el Boletín Oficial, la reglamentación del inciso “s” del artículo 144 de la Ley 8706, incorporado por la Ley 9625. La medida establece pautas procedimentales y administrativas para la realización de contrataciones directas a través de plataformas digitales y entornos de marketplace, especialmente vinculadas a bienes, servicios y tecnologías de la información.
Según el decreto, estas contrataciones se caracterizan por concretarse de manera digital, con condiciones predispuestas y sistemas de pago electrónicos, incluyendo garantías para el comprador como la posibilidad de revocatoria unilateral.
Frente a esta modalidad, el Ejecutivo dispuso lineamientos para garantizar eficiencia, trazabilidad y transparencia en el uso de fondos públicos. Entre los puntos centrales, se establece que:
Además, el decreto modificó el artículo 5º del Decreto 2587/24, autorizando el uso de tarjetas corporativas no solo para viáticos y anticipos, sino también para compras realizadas bajo la modalidad de contratación digital prevista por la Ley 8706.
Finalmente, se instruyó a los órganos rectores de Contabilidad, Tesorería y Contrataciones a dictar disposiciones complementarias que permitan aplicar de manera efectiva este mecanismo. El decreto lleva las firmas del gobernador y de sus siete ministros.
El decreto