19 de agosto de 2025 - 07:25

El Gobierno en modo "marketplace": Cornejo habilitó las compras digitales para el Estado mendocino

El Ejecutivo provincial fijó pautas para que organismos estatales puedan comprar bienes y servicios en plataformas digitales.

El Gobierno de Alfredo Cornejo oficializó este martes, mediante el Decreto 1673 publicado en el Boletín Oficial, la reglamentación del inciso “s” del artículo 144 de la Ley 8706, incorporado por la Ley 9625. La medida establece pautas procedimentales y administrativas para la realización de contrataciones directas a través de plataformas digitales y entornos de marketplace, especialmente vinculadas a bienes, servicios y tecnologías de la información.

Según el decreto, estas contrataciones se caracterizan por concretarse de manera digital, con condiciones predispuestas y sistemas de pago electrónicos, incluyendo garantías para el comprador como la posibilidad de revocatoria unilateral.

Frente a esta modalidad, el Ejecutivo dispuso lineamientos para garantizar eficiencia, trazabilidad y transparencia en el uso de fondos públicos. Entre los puntos centrales, se establece que:

  • El pago de las obligaciones seguirá lo previsto en la Ley de Administración Financiera y podrá realizarse mediante el sistema de Fondo Permanente.

  • Las adquisiciones deberán contar con un requerimiento de contratación aprobado por la autoridad competente y justificación documentada de la oferta seleccionada, incluyendo comparación de precios y condiciones.

  • En los casos donde exista un Acuerdo Marco vigente, el organismo podrá optar por la compra en plataformas digitales, siempre que se fundamente la conveniencia.

  • Los costos de envío o devoluciones deberán ser considerados en el monto total y podrán abonarse con los mismos medios de pago que la compra principal.

  • Estas contrataciones estarán exceptuadas de publicación previa.

  • Los organismos podrán utilizar los medios de pago disponibles en las plataformas, siempre que se respeten los principios de seguridad y legalidad.

Además, el decreto modificó el artículo 5º del Decreto 2587/24, autorizando el uso de tarjetas corporativas no solo para viáticos y anticipos, sino también para compras realizadas bajo la modalidad de contratación digital prevista por la Ley 8706.

Finalmente, se instruyó a los órganos rectores de Contabilidad, Tesorería y Contrataciones a dictar disposiciones complementarias que permitan aplicar de manera efectiva este mecanismo. El decreto lleva las firmas del gobernador y de sus siete ministros.

El decreto

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