El Gobierno Provincial determinó un nuevo incremento en la tarifa de luz de Mendoza, con subas que serán del 7% promedio, según informó el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE), y que regirán a partir de este mes de septiembre.
El Gobierno Provincial determinó un nuevo incremento en la tarifa de luz de Mendoza, con subas que serán del 7% promedio, según informó el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE), y que regirán a partir de este mes de septiembre.
El ajuste proviene de los componentes nacionales y también el provincial. Por un lado, con nuevos precios estacionales, que fueron establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación. En tanto, también actualizó la Provincia -de forma trimestral- el Valor Agregado de Distribución (VAD).
La Secretaría de Energía de la Nación estableció los nuevos precios estacionales correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, a través de la Resolución 234/2024, publicada en el Boletín Oficial de la Nación el pasado 30 de agosto.
Esta medida impacta en el componente de la tarifa “Costo de Abastecimiento” de jurisdicción nacional.
En este sentido, continuarán las bonificaciones de subsidios para los usuarios residenciales Nivel 2 y Nivel 3 y nuevos topes.
Para los usuarios categorizados en Nivel 2 (ingresos bajos) siguen con una bonificación del 72% respecto del precio de la energía del Nivel 1, con un tope de consumo subsidiado hasta los 700 kWh/Bimestrales (350kWh/mes), tal como explicó el EPRE.
En tanto, para los usuarios categorizados en Nivel 3 (ingresos medios), la bonificación será del 56% sobre el mismo precio, con un tope de consumo subsidiado hasta los 500 kWh/bimestrales (250 kWh/mes). El consumo excedente, se abonará al precio del Nivel 1.
Por otro lado, se actualizará para este mes el Valor Agregado de Distribución (VAD), el otro componente de la tarifa de energía eléctrica, de jurisdicción provincial de acuerdo con el Decreto 1680/2024, correspondiente al mes de agosto, que se implementa de manera proporcional en los meses de septiembre y octubre.
Recordamos que esta adecuación del VAD, surge de los estudios presentados en la Audiencia Pública del pasado 7 de julio y corresponde a las estructuras de costos de las distribuidoras, cuyo objeto es “acompañar los precios de los costos de la economía”, los cuales varían como consecuencia de la inflación.
En este marco, el impacto promedio en Tarifa a Usuario Final (costo de abastecimiento + VAD) con impuestos es del orden del 7% a partir de los consumos registrados desde el 1 de septiembre, de acuerdo con el consumo del usuario y su categoría tarifaria.
El Impacto promedio para los Usuarios Residenciales es:
Residenciales T1R1 (hasta 299kWh bimestrales)
Residenciales T1R2 (desde 300 a 599kWh bimestrales)
Residenciales T1R3 (mayores a 600kWh bimestrales)
Los interesados en acceder al subsidio del Estado Nacional deberán ingresar al siguiente sitio Web: www.argentina.gob.ar/subsidios o mediante el sitio web del EPRE https://epremendoza.gob.ar/segmentacion-tarifaria/# y completar el formulario. Es importante que antes de empezar el trámite el usuario tenga a mano la siguiente documentación:
1. Número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red.
2. DNI (Último ejemplar).
3. CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
4. Ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
5. Dirección de correo electrónico.
6. Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tener a mano el número de registro.
Recordamos que la segmentación está organizada en tres niveles:
Segmento de ingresos altos (N1): Hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
Segmento de ingresos medios (N3): Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
Segmento de menores ingresos (N2): Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones: