19 de enero de 2026 - 15:59

Con gastos a cargo de los municipios, arrancó la campaña para las elecciones del 22 de febrero

Luján de Cuyo, Maipú, Santa Rosa, Rivadavia, La Paz y San Rafael iniciaron el período proselitista bajo el cronograma de la Junta Electoral provincial.

Este lunes comenzó la campaña electoral en los seis departamentos que elegirán concejales en los comicios del próximo 22 de febrero. A partir de ahora, las distintas fuerzas políticas con oficialismos municipales podrán realizar tanto actos de proselitismo como actividades de gestión. Los gastos estarán a cargo de los municipios.

En este contexto electoral, la Suprema Corte de Justicia deberá pronunciarse esta semana sobre si habilita o no la postulación de tres candidatas que buscan retener su banca por un tercer mandato consecutivo.

Los vecinos de Luján de Cuyo, Maipú, Santa Rosa, Rivadavia, La Paz y San Rafael comenzarán a ver desde esta semana a los candidatos a concejales en sus barrios, en redes sociales y en distintos puntos de cada departamento, a través de cartelería y folletería de las fuerzas políticas.

En el caso de San Rafael, además de la elección de concejales, los votantes deberán elegir a 28 convencionales constituyentes que tendrán a su cargo la redacción de la nueva carta orgánica municipal.

Al igual que en las últimas elecciones provinciales, el sistema de votación será mediante Boleta Única, en la que figurará únicamente la categoría de concejales. La excepción será San Rafael, donde se sumará la categoría de convencionales.

El cronograma electoral

Según el cronograma establecido por la Junta Electoral provincial, los intendentes de estos departamentos podrán realizar actos de gobierno hasta 15 días antes de la jornada electoral. En consecuencia, el jueves 5 de febrero será el último día en que los jefes comunales podrán poner en valor sus gestiones en beneficio de sus candidatos.

En cambio, los actos de campaña de partidos y alianzas estarán habilitados hasta el jueves 19 de febrero. Otras restricciones contemplan la publicación y difusión de propaganda en medios de comunicación, así como de encuestas y sondeos preelectorales, que quedarán prohibidas durante las 48 horas previas al inicio de la votación.

En cuanto a la de propaganda de campaña, desde la Junta Electoral indicaron que la mensajes en medios audiovisuales de todos los candidatos deberán correr por cuenta de cada municipio, que definirá los espacios y nivel de gastos conforme su presupuesto en publicidad del año anterior. Esto no ocurre en elecciones concurrentes, cuando esos gastos son absorbidos por la Nación y la Provincia.

Respecto de la publicidad de los candidatos en gráfica e internet, eso lo tiene que pagar cada partido.

En cuanto a la realización de eventos, regirá la legislación provincial vigente para jornadas electorales, aunque en este caso será de aplicación exclusiva en estos seis municipios. La normativa establece la prohibición de venta de bebidas alcohólicas desde las 12 horas previas al inicio de la elección.

Asimismo, quedarán prohibidos los espectáculos populares, tanto al aire libre como en recintos cerrados, las funciones teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no estén vinculadas al acto electoral, durante el desarrollo de los comicios y hasta tres horas después de su finalización.

Un fallo de la Corte en plena campaña

Con la campaña ya en marcha, la Suprema Corte deberá resolver esta semana si avala o no el reclamo de tres candidatas a concejal que buscan una reelección consecutiva por tercera vez.

Se trata de Déborah Quiroga (Ahora Santarrosinos), quien aspira a un nuevo mandato en Santa Rosa; Paloma Scalco (Frente Patria), que busca lo mismo en Luján de Cuyo; y Romina Barrera (Frente Elegía Gestión La Paz), que pretende continuar en el HCD de La Paz.

Tras el rechazo de la Junta Electoral, las dirigentes del peronismo recurrieron a la Justicia. La estrategia de las tres postulantes no es aislada.

En las elecciones de octubre pasado, el concejal de Godoy Cruz Martín González presentó un planteo de inconstitucionalidad y solicitó una medida cautelar luego de que la Junta Electoral no convalidara su candidatura, al considerar que ya había cumplido dos períodos consecutivos.

En aquel caso, el máximo tribunal de la provincia hizo lugar a la cautelar y, con una Corte dividida, el dirigente kirchnerista pudo presentarse en los comicios y retener su banca en Godoy Cruz.

Suprema Corte de Justicia
Los siete miembros de la Suprema Corte de Justicia, que está presidida por el juez Dalmiro Garay.

Los siete miembros de la Suprema Corte de Justicia, que está presidida por el juez Dalmiro Garay.

Para los jueces Dalmiro Garay, María Teresa Day y Norma Llatser, no correspondía conceder la medida cautelar. En cambio, Mario Adaro, Omar Palermo, Julio Gómez y José Valerio consideraron que debía habilitarse la candidatura, al sostener que “la retroactividad de la ley es una excepción que debe ser expresa”.

El eje del conflicto está en la modificación introducida en 2024 a la Ley Orgánica de Municipalidades, que limitó las reelecciones de concejales y equiparó las reglas a las de los intendentes: un mandato y una sola reelección.

Sin embargo, la reforma no resulta del todo clara respecto de los casos en los que los ediles ya se encontraban transitando un segundo período.

“El artículo 44 establece que los concejales durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, salvo integraciones extraordinarias, que lo serán por el resto del período respectivo. Podrán ser reelegidos por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos, no podrán ser elegidos sino con el intervalo de un período”, señala textualmente la norma tras los cambios introducidos.

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