27 de julio de 2026 - 07:22

ATM definió la tasa de interés para quienes paguen en cuotas el Impuesto Inmobiliario y Automotor

La Administración Tributaria Mendoza fijó en 1,75% mensual el interés de financiación para los contribuyentes que no opten por el pago anual.

La Administración Tributaria Mendoza (ATM) estableció este lunes la tasa de interés de financiación que se aplicará a los contribuyentes que opten por abonar en cuotas el Impuesto Inmobiliario y el Impuesto a los Automotores, en lugar de realizar el pago anual total.

La medida quedó oficializada mediante la Resolución Nº 34, publicada en el Boletín Oficial, y determina que el interés mensual será del 1,75%, en línea con la tasa fijada previamente por el Ministerio de Hacienda y Finanzas para los planes de facilidades de pago.

La resolución se sustenta en las disposiciones del Código Fiscal, la Ley Impositiva vigente y la Resolución Nº 95-HyF-26 del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Además, recuerda que la normativa provincial faculta a ATM a establecer el interés de financiación para quienes no elijan la modalidad de pago anual de los tributos patrimoniales.

Cómo será la financiación del Impuesto Inmobiliario

Para el Impuesto Inmobiliario, la normativa dispone que quienes no cancelen el tributo en un único pago no abonarán intereses sobre la primera cuota, con vencimiento en febrero. A partir de allí, la financiación tendrá un interés mensual del 1,75%.

De acuerdo con el cronograma establecido, el interés acumulado será del 3,5% para la segunda cuota, correspondiente a abril; del 7% para la tercera cuota, con vencimiento en junio; y alcanzará el 10,5% en la cuarta y última cuota, prevista para agosto.

Esquema para el Impuesto Automotor

En el caso del Impuesto a los Automotores, la primera cuota, con vencimiento en marzo, tampoco tendrá intereses de financiación. Desde abril comenzará a aplicarse la tasa mensual del 1,75%.

Según la resolución, la segunda cuota acumulará un interés del 3,5%; la tercera, del 7%; mientras que la cuarta cuota llegará a un interés acumulado del 10,5%, conforme al calendario de vencimientos previsto por el organismo recaudador.

El decreto y puesto en vigencia

La resolución establece que las nuevas condiciones de financiación entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Asimismo, dispone su difusión a través del sitio web de la Administración Tributaria Mendoza para conocimiento de los contribuyentes y de las distintas áreas del organismo.

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