La política exterior de un Estado no se mide solamente por sus declaraciones oficiales, sino también por la coherencia entre los principios que proclama, las acciones que toma y las decisiones que adopta en los organismos internacionales
La reciente abstención argentina en las Naciones Unidas abre un interrogante que trasciende una votación: ¿puede nuestro país sostener con firmeza su reclamo de soberanía sobre las islas Malvinas y defender nuestros recursos ante la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, mientras se distancia de iniciativas de nuestra diplomacia contra el colonialismo, todo a la misma vez?
La política exterior de un Estado no se mide solamente por sus declaraciones oficiales, sino también por la coherencia entre los principios que proclama, las acciones que toma y las decisiones que adopta en los organismos internacionales
La decisión de la República argentina, de abstenerse en la votación realizada el 15 de octubre de 2026 en la Cuarta Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre un proyecto destinado a combatir las formas contemporáneas de colonialismo, constituye un acontecimiento diplomático que merece una reflexión profunda y un análisis jurídico y político particularmente cuidadoso.
La iniciativa identificada como proyecto A/C.4/81/l.5, propuesta por Federación de Rusia obtuvo 85 votos favorables, 49 negativos y 23 abstenciones, entre ellas Argentina. Países como Brasil, Uruguay, México, Sudáfrica e India acompañaron la iniciativa.
La cuestión no puede reducirse a una controversia entre oficialismo y oposición. Lo que está en discusión es algo más importante: la coherencia de una política exterior que debe sostener, por encima de las diferencias ideológicas y de los gobiernos de turno, los principios permanentes del interés nacional.
La Argentina tiene una responsabilidad histórica particular en esta materia. No solamente porque ha acompañado durante décadas los procesos de descolonización impulsados por Naciones Unidas, sino porque mantiene una controversia de soberanía con el Reino Unido que constituye uno de los casos más relevantes de descolonización pendientes de solución.
Por ello, la pregunta resulta inevitable:
¿Qué consecuencias diplomáticas puede tener que la Argentina se abstenga ante una iniciativa internacional vinculada con la lucha contra el colonialismo?
La respuesta exige distinguir entre la libertad de un Estado para definir su posición frente a un texto determinado y la necesidad de preservar la continuidad de sus intereses nacionales permanentes.
La causa de Malvinas no constituye simplemente una controversia territorial entre dos Estados. Su tratamiento internacional está estrechamente vinculado con el proceso de descolonización impulsado por Naciones Unidas desde mediados del siglo XX.
La Resolución Nº1514(XV), aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1960, proclamó la necesidad de poner fin al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones.
Este instrumento representó un cambio fundamental en el orden jurídico internacional, al consagrar la descolonización como uno de los grandes objetivos de la comunidad internacional.
Cinco años después, mediante la Resolución Nº2065 (XX), del16 de diciembre de 1965, la Asamblea General reconoció expresamente la existencia de una disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido respecto de la Islas Malvinas e invitó a los gobiernos a entablar negociaciones para encontrar una solución pacífica.
Naciones Unidas no consideró a Malvinas como una cuestión exclusivamente interna del Reino Unido, sino como una controversia internacional de soberanía con Argentina, que requiere de una solución negociada.
Además, la Cuestión Malvinas presenta características especiales y particulares dentro del proceso de descolonización. La posición argentina sostiene que no corresponde aplicar mecánicamente el principio de libre determinación de los pueblos, porque debe considerarse también el principio de integridad territorial y el origen histórico de la controversia.
Por ello la Resolución 2065 constituye uno de los pilares esenciales de nuestra estrategia diplomática.
Su importancia reside es que la comunidad internacional reconoció la existencia de una controversia jurídica y política que debía resolverse mediante negociaciones entre las partes, teniendo en cuenta las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, la Resolución 1514 y los intereses de los habitantes de las islas.
A este marco, se suma la Disposición Transitoria Primera de nuestra Constitución Nacional, que ratifica “la legítima e imprescriptible soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes” y establece que “su recuperación, conforme al derecho internacional, constituye un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.
No estamos entonces, ante una simple preferencia de política exterior. Estamos frente a un mandato constitucional que nos interpela y cada gobierno deberá cumplir.
Una abstención no equivale jurídicamente a votar contra una resolución y tampoco implica por sí misma, renunciar a un derecho soberano o modificar la posición histórica de un Estado.
Pero en las relaciones internacionales, las decisiones no producen únicamente efectos jurídicos, también trasmiten señales políticas. Y esas señales pueden fortalecer o debilitar la credibilidad de una posición nacional.
La Argentina ha construido durante décadas una importante red de respaldos internacionales a nuestro reclamo sobre Malvinas.
Ese acompañamiento se expresa en ámbitos multilaterales, regionales y bilaterales, particularmente entre países que atravesaron procesos de dominación colonial o que sostienen una posición favorable a la descolonización.
En este contexto, abstenerse frente a una iniciativa relacionada con el colonialismo puede generar interrogantes entre aquellos Estados cuya solidaridad diplomática resulta valiosa para nuestra causa.
Lo que creemos corresponde decir, es que la acumulación de decisiones diplomáticas contradictorias puede afectar la previsibilidad y la coherencia de un gobierno y de la política exterior que diseña.
La diplomacia requiere de reciprocidad, continuidad y confianza.
Argentina necesita que otros Estados acompañen su reclamo cuando se debate la cuestión Malvinas. Por ello, debe prestar especial atención a las posiciones que adopta cuando esos mismos países impulsan iniciativas vinculadas con principios que también integran nuestra tradición jurídica internacional.
Todo gobierno tiene derecho a definir sus prioridades internacionales, establecer alianzas y orientar su política exterior conforme a su visión del escenario mundial y es así, como lo hace el presidente Milei.
Sin embargo, el gobierno nacional debe tener presente que existe una diferencia sustancial entre las preferencias ideológicas y los intereses permanentes del Estado argentino. La soberanía sobre las Islas Malvinas pertenece a esta segunda categoría.
La Disposición Transitoria Primera de la Constitución implica un mandato constitucional que trasciende a los períodos presidenciales e impone una responsabilidad en la defensa de la soberanía de nuestras Islas.
En esta inteligencia, consideramos que el proyecto identificado precedentemente y respecto del cual Argentina se abstuvo de votar, debe ser examinado en su contenido cuidadosamente, porque pueden existir disposiciones discutibles, ambiguas o consecuencias jurídicas que justifiquen reservas.
Precisamente por ello consideramos frente a una abstención de esta naturaleza, que resulta indispensable que la Cancillería Argentina explique públicamente cuales fueron los fundamentos jurídicos y diplomáticos de su decisión.
La transparencia no debilita la política exterior, por el contrario, permite comprenderla y defenderla.
Argentina necesita desarrollar una estrategia internacional que combine la defensa jurídica de sus derechos soberanos, la protección de los recursos naturales, la consolidación de alianzas regionales y la presencia permanente de la cuestión Malvinas en los organismos multilaterales.
En este sentido, creemos que el presidente Milei debe instruir al Canciller Quirno para fortalecer el trabajo diplomático ante el Comité Especial de Descolonización de las Naciones Unidas, profundizar el trabajo diplomático a fin de obtener un relacionamiento que apoye nuestro reclamo con América Latina, África y Asia y promover una coordinación diplomática sostenida con aquellos Estados que históricamente han acompañado nuestra posición.
La abstención argentina en Naciones Unidas no modifica los derechos soberanos que nuestro país reivindica sobre las Islas Malvinas, ni extingue los efectos de las Resoluciones de Naciones Unidas mencionadas.
Pero si plantea una cuestión de mayor profundidad: la necesidad de preservar la coherencia de nuestra política exterior.
Los derechos soberanos argentinos, no se pierden por una abstención. Sin embargo, la fortaleza diplomática de una Nación también depende de la confianza que inspira, de la continuidad de sus posiciones y de la capacidad de construir consensos internacionales. Significa ejercer una diplomacia inteligente, capaz de distinguir entre los aspectos objetables de un proyecto y los principios permanentes que nuestro país debe preservar.
* El autor es presidente del IARI (Instituto Argentino de Relaciones Internacionales).