Encerrar adolescentes no es política criminal

La Ley 27.801, promulgada en marzo de 2026, baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Con eso, un adolescente que todavía cursa el primer año del secundario puede ser procesado penalmente, privado de su libertad y sometido a un sistema carcelario que -siendo honestos- no rehabilita ni a los adultos. El Gobierno lo presentó como un acto de justicia hacia la sociedad. Yo me pregunto: ¿justicia para quién, y a qué costo?

    Argentina acaba de dar un paso que muchos celebran como un triunfo del sentido común y que, para quienes conocemos el sistema penal desde adentro, representa algo muy distinto: la renuncia del Estado a su obligación más básica frente a la infancia vulnerable.

    La Ley 27.801, promulgada en marzo de 2026, baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Con eso, un adolescente que todavía cursa el primer año del secundario puede ser procesado penalmente, privado de su libertad y sometido a un sistema carcelario que -siendo honestos- no rehabilita ni a los adultos. El Gobierno lo presentó como un acto de justicia hacia la sociedad. Yo me pregunto: ¿justicia para quién, y a qué costo?

    El problema no es la ley. El problema es la realidad que la ley ignora

    Cuando hablamos de delito juvenil en Argentina, estamos hablando casi siempre del mismo perfil: chicos de barrios populares, con trayectorias de abandono escolar, violencia doméstica, pobreza estructural y ausencia del Estado en sus vidas desde la primera infancia. No son niños monstruos. Son, en la gran mayoría de los casos, el producto más visible de décadas de desigualdad acumulada. Condenarlos a los 14 años no borra esa realidad. La entierra un poco más hondo.

    La criminología lo viene demostrando desde hace décadas con datos consistentes: el endurecimiento de las penas no reduce la criminalidad juvenil. Lo que sí funciona -y hay evidencia internacional sólida que lo respalda- es la intervención temprana: educación de calidad, contención familiar, acceso a salud mental, programas de inclusión comunitaria. Nada de eso aparece en esta ley como política central. Aparece mencionado, tangencialmente, como un deseo.

    Lo que nadie pregunta: ¿dónde van a estar esos chicos?

    Acá viene la parte que incomoda. Argentina no tiene infraestructura adecuada para alojar, tratar y rehabilitar a adolescentes privados de libertad. Los institutos de menores existentes -muchos de ellos en condiciones deplorables, denunciados reiteradamente por organismos de derechos humanos- no son centros de resocialización. Son, en los hechos, escuelas de perfeccionamiento delictivo. Un chico de 14 años que entra ahí con una condena leve sale a los 17 con una red criminal consolidada y sin ninguna herramienta para reintegrarse.

    ¿La nueva ley contempla esta realidad? No de manera seria. Hay menciones a la supervisión por profesionales especializados, a informes sobre la situación educativa y social del adolescente. Pero sin inversión real, sin recursos concretos asignados, esas palabras son solo eso: meras palabras.

    El derecho penal no puede hacer lo que la política social no hizo

    Este es, quizás, el error conceptual más grave detrás de esta reforma. Se le pide al sistema penal que resuelva un problema que el sistema penal no puede resolver. La criminalidad juvenil es un síntoma. El delito que comete un chico de 14 años es el último eslabón de una cadena larguísima de omisiones estatales: el jardín de infantes que no existió, la maestra que nunca tuvo, el médico al que no pudo acceder, la vivienda digna que le fue negada.

    Castigarlo penalmente por haber llegado al final de esa cadena no es justicia. Es, en el mejor de los casos, una respuesta tardía y equivocada. En el peor, es una hipocresía institucionalizada.

    La Convención sobre los Derechos del Niño -que Argentina incorporó a su Constitución en 1994 y tiene rango constitucional- establece con claridad que la privación de libertad de un adolescente debe ser una medida de último recurso posible, por el período más breve, y orientada a su reinserción social. Bajar la edad de imputabilidad como política principal de seguridad juvenil va, cuando menos, en dirección contraria a ese principio.

    No es una defensa del delito. Es una defensa del futuro

    Que quede claro, porque en este debate la demagogia aparece rápido: nadie que se opone a esta ley está diciendo que un adolescente que comete un delito grave no debe tener consecuencias. El debate no es impunidad versus responsabilidad. El debate es qué tipo de respuesta estatal es eficaz, justa y compatible con los compromisos internacionales que el país ganó libremente.

    Y la respuesta no es simple ni cómoda: requiere invertir, planificar, sostener políticas a largo plazo que no dan crédito electoral inmediato. Requiere tratar a un chico de 14 años no como un enemigo al que hay que neutralizar, sino como un ciudadano al que el Estado le falló primero.

    Encerrar adolescentes es fácil. Construir las condiciones para que no lleguen a esa situación es difícil. Y es, precisamente, lo que esta ley no hace.

    * La autora es abogada (Egresada de la Universidad de Mendoza, integrante del MPF).

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