Por decisión del Lula da Silva, el expresidente Bolsonaro se queda fuera del indulto de Navidad
Mientras el expresidente sufre complicaciones de salud, el actual mandatario firmó el decreto y excluyó a los condenados por tentativa de golpe de Estado. Quiénes sí tienen el perdón.
Lula da Silva y Jair Bolsonaro, actual y ex presidente de Brasil respectivamente.
El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, firmó el decreto del indulto de Navidad que concede “perdón de la pena a presos” que cumplen criterios específicos. Sin embargo, uno de ellos fue excluido y resonó a nivel mundial: los condenados por tentativa de golpe de Estado.
En tanto, así como lo informó el Diario Oficial, la decisión deja fuera de cualquier perdón a los implicados en el intento de tomar el poder en enero 2023, donde Jair Bolsonaro y sus aliados fueron protagonistas.
En aquel entonces, simpatizantes del expresidente brasileño, Jair Bolsonaro (2019-2022), invadieron entonces las sedes de los Poderes públicos en la ciudad de Brasilia con graves destrozos, lo que el Supremo Tribunal Federal tomó como tentativa de golpe de Estado.
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El Supremo Tribunal Federal tomó como tentativa de golpe de Estado la invasión de simpatizantes del expresidente brasileño, Jair Bolsonaro (2019-2022) en las sedes de los Poderes públicos en la ciudad de Brasilia con graves destrozos.
Quiénes reciben perdón en Navidad
El decreto del indulto de Navidad concede perdón a presos que recibieron una sentencia de hasta ocho años o cumplieron al menos una quinta parte de la misma. Entre los impedimentos destacados figuran los delitos contra el Estado democrático de derecho.
El decreto del indulto excluye también a internos condenados por abuso de autoridad, tráfico de drogas y delitos sexuales. De igual manera, se excluye del beneficio a quienes hayan hecho uso de delación premiada, integrantes de facciones criminales o quienes cumplan su pena en centros penitenciarios de máxima seguridad.
Se concedió también el perdón por razones humanitarias a personas con discapacidades graves como ceguera y tetraplejía, a pacientes con el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) en etapa terminal o enfermedades graves, además de mujeres con embarazos de alto riesgo y personas con trastorno del espectro autista severo.
Podrán verse beneficiadas las personas mayores de 60 años, padres o madres con hijos que padezcan enfermedades graves o discapacidades y aquellos que resultan imprescindibles para el cuidado de dependientes.
La medida constituye una atribución legal y exclusiva del presidente de la República, amparada por la Constitución y puede ser suscrita de manera anual.