El cacao, el café y otros productos vinculados a materias primas agrícolas afrontan nuevas reglas de trazabilidad en la Unión Europea. El objetivo no es modificar su receta, sabor o composición nutricional, sino exigir a las empresas que puedan demostrar que los productos comercializados no proceden de terrenos deforestados ni están asociados a degradación forestal.
La Comisión Europea confirmó en julio de 2026 una actualización del alcance del Reglamento europeo contra la deforestación, conocido como EUDR. El café soluble fue incorporado expresamente entre los productos derivados alcanzados, mientras que el cacao y el café como materias primas ya formaban parte del esquema.
Qué cambia para el cacao y el café que ingresan a Europa
Las empresas deberan demostrar que las materias primas utilizadas no provienen de zonas deforestadas.
Las empresas que coloquen estos productos en el mercado de la Unión Europea o los exporten deberán contar con información que permita rastrear su origen y demostrar que son libres de deforestación. El sistema también exige que la producción respete la legislación vigente en el país de origen.
El reglamento alcanza siete grandes materias primas asociadas al riesgo de deforestación: ganado, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera, además de numerosos productos elaborados a partir de ellas. La actualización de 2026 amplió o redujo algunas categorías derivadas para evitar vacíos regulatorios.
El café soluble entra al listado, pero no desde la misma fecha
La principal novedad para el sector cafetero es la inclusión de los extractos, esencias y concentrados de café, categoría que comprende al café soluble. La Comisión consideró que dejar afuera este producto generaba una diferencia difícil de justificar frente al café verde o tostado, que ya estaba dentro del reglamento.
Los extractos, esencias y concentrados de café fueron incorporados al reglamento europeo contra la deforestación.
Sin embargo, hay una diferencia de calendario. El EUDR comenzará a aplicarse el 30 de diciembre de 2026 para grandes y medianos operadores y más adelante para determinadas micro y pequeñas empresas. Los nuevos productos incorporados por la actualización de julio, incluido el café soluble, tendrán que cumplir estas obligaciones desde el 30 de diciembre de 2027.
Qué significa en la práctica para una empresa
- Trazabilidad del origen: identificar la zona de producción de las materias primas alcanzadas.
- Debida diligencia: evaluar el riesgo de que el producto esté vinculado con deforestación o degradación forestal.
- Declaraciones en el sistema europeo: los operadores deben presentar la información requerida antes de comercializar o exportar.
- Cumplimiento legal en origen: además del criterio ambiental, la producción debe respetar la normativa del país productor.
El cambio puede tener impacto fuera de Europa porque muchas cadenas de café y cacao son internacionales. Productores y exportadores de América Latina, África y Asia deberán aportar datos a los compradores europeos cuando sus productos estén destinados a ese mercado.